Sobre el feriado del 1 de diciembre

Agradecemos a los colegas del Equipo Laboral Luis Sánchez por el excelente resumen que nos compartieron sobre el  Día de la Abolición del Ejército en Costa Rica y los criterios que existen sobre la forma en que debe producirse su pago al tratarse de un feriado de pago no obligatorio. Propiamente en cuanto a su […]

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Consultor especialista en materia laboral empresarial. Actualmente brinda asesoría a empresas y organizaciones internacionales en materias laboral, de seguridad social, migratoria y otras afines. Representa a clientes ante las autoridades administrativas (migratorias, laborales y de seguridad social) y ante los tribunales laborales costarricenses. Ha formado parte de equipos interdisciplinarios en la ejecución de proyectos de recursos humanos, relaciones laborales y en auditorías de valoración de compañías. Posee conocimiento sobre la legislación laboral y de seguridad social centroamericana y ha coordinado proyectos legales – laborales de clientes a nivel regional, manteniéndose como asesor legal laboral de compañías transnacionales en la región de Centro América y el Caribe. Además, es profesor de Abogados en Materia Laboral en el Colegio de Abogados de Costa Rica y en la Universidad Fidélitas. También presta funciones Abogado laboralista de la firma Facio Cañas, también ejerció funciones como Superintendente de Relaciones Labores de Corporación Del Monte, y la dirección académica de la comunidad de Recursos Humanos Costa Rica que cuenta con 181 mil miembros. Licenciado en Derecho, Universidad de Latina Costa Rica, Máster en Derecho Laboral, Especialista en Derecho del Trabajo en español por parte de la Universidad de Salamanca de España, especialista en Derecho Laboral del Colegio de Abogados de Costa Rica y posee estudios avanzados de Maestría en Recursos Humanos y Gestión del conocimiento por parte de la Universidad del Pacifico de España y la Universidad Iberoamericana de México.

4 de 4 Comentarios

  1. Rolando • 09 enero, 2023

    Buenas , queria hacer una consulta
    Que sucede si un empleado que labora de lunes a viernes falta el viernes y el lunes, se le rebajan 2 dias (Viernes y lunes) o 4 dias, de viernes a lunes ?

    Les agradezco muchisimo su conclusion

    • Silvia Pacheco • 09 enero, 2023

      En nuestra opinión el patrono solamente podría rebajar lo correspondiente a los dos días de trabajo efectivo, o sea, el viernes y el lunes. Sábados y domingos son días de descanso que no tendrían por qué serles rebajados. Sin embargo no somos expertos en materia laboral. Le recomendamos elevar la consulta directamente al Ministerio de Trabajo.

  2. Silvia Rojas • 17 diciembre, 2022

    Hola! Una consulta: cuando el disfrute de un día feriado se traslada, el día del disfrute se considera como día hábil?

    Muchas gracias

    • Silvia Pacheco • 20 diciembre, 2022

      Si un feriado que caía por ejemplo un sábado se traslada su disfrute para un lunes, ese feriado que se disfruta el lunes se considera como una día inhábil. Por este motivo al momento de aprobarse ese transitorio al art. 148 del Código de Trabajo sobre el traslado del disfrute de feriados, muchos diputados se opusieron pues provocaba que en la industria, en el comercio y en general en todas las actividades, se perdiera un “día hábil” con todo el impacto económico que eso puede tener para los empresarios y patronos. También a nivel de gobierno, significa una pausa en las labores de los funcionarios públicos, con el impacto que ello tiene en los servicios a los ciudadanos. Concretamente se ponía el ejemplo del aumento ya de por sí existente, en las listas de espera de pacientes para recibir procedimientos en la CCSS.