El exterminio del trabajador independiente
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EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
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Estimado don Jorge, En un documento de respuesta que la CCSS ofreció en atención a varias consultas formuladas por un grupo de profesionales, se respondió de la siguiente manera a la obligación que tienen las personas pensionadas de asegurarse igualmente como trabajadoras independientes:
Sobre el aseguramiento de profesionales que ya cotizan bajo otras modalidades
“1) El aseguramiento por la condición de trabajador asalariado, no exime la obligación de aseguramiento como trabajador independiente para aquellas personas que simultáneamente con su contrato laboral, realizan una actividad económica de forma autónoma, según lo dispuesto en el artículo 2 del Reglamento para la Afiliación de los Trabajadores Independientes;
2) Las personas que ostentan la condición de pensionados por vejez, se encuentran facultados para realizar una actividad económica de forma independiente y les subsiste la obligación de afiliarse como trabajadores independientes, pero solamente cotizando para el seguro de salud;
3) Las personas pensionadas por regímenes nacionales distintos al Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte, tendrán la cobertura del Seguro de Salud de la CCSS, debiendo contribuir de acuerdo con el monto de pensión que reciban;
4) La disposición de cotizar al Seguro de Salud en condición de pensionado por vejez y en condición de
trabajador independiente cuando ambas circunstancias concurran, no constituye una doble cotización por cuanto la obligación se origina por actividades distintas.” (Tomado textual ver pag. 5)
Puede leer más sobre el particular en nuestra nota en este mismo blog: https://puntojuridico.com/ccss-responde-consultas-sobre-seguro-de-trabajadores-independientes/
Estimada Licenciada Pacheco.
Gracias a este espacio he podido recabar información valiosísima con respecto del cobro retroactivo de cuotas del Seguro de Trabajador Independiente, que, según figura en el Reglamento de la CCSS, es de carácter obligatorio para cualquier persona que preste sus servicios profesionalmente recibiendo a cambio honorarios.
Ahora bien, mi caso es que hace más de 10 años (cuando todavía era estudiante y económicamente dependiente de mis padres) comencé a pagar un Seguro Voluntario que no continué pagando desde aproximadamente el 2007/2009
Cuando inicié una actividad económica de manera Liberal (2004), me inscribí como contribuyente y comencé a presentar mis declaraciones de renta en 0 (pues mis ingresos nunca estuvieron ni cerca del mínimo). Ahora hay sitios donde me ofrecen “contratar” mis servicios solamente si cuento con el Seguro de trabajador Independiente y con la póliza de riesgos del Trabajo del INS. Mi derecho al trabajo se esta viendo cohartado por no contar con estos dos “requisitos”.
Las 3 razones fundamentales por las que no me acerco a la CCSS para solicitar el Seguro de Trabajador Independiente son:
1. He preguntado a conocidos de mi misma actividad económica y el cobro mensual mínimo que fijan (10,5% del ingreso bruto) es insostenible para mí. Mis ingresos netos son como de la mitad del salario mínimo pues soy mamá y no me dedico a tiempo completo a mi actividad económica.
2. Temo que al llegar a solicitarlo, me cobren multa, intereses y retroactivo el Seguro Voluntario que dejé de pagar cuando era estudiante.
3. Temo que al llegar a solicitarlo, me cobren las cuotas no pagadas de Seguro de Trabajador Independiente desde que me inscribí en Hacienda como contribuyente.
Si pudiera ayudarme con algún consejo se lo agradezco muchísimo!
Buen día, la CCSS me está cobrando tres cuotas porque no me inscribí de inmediato cuando inicié, pero no toman en cuenta que yo me inscribí, y ellos iniciaron a cobrar un mes después. Lo importante es que cuando uno se inscribe no le dan la información debida sobre la obligación de notificarles los ingresos netos cada año para ajustar la cuota, y más grave aún es que existe una plataforma virtual para enviar las planillas de las empresas, pero no una para los trabajadores independientes, que tendríamos que hacer fila y perder tiempo, para actualizar ese dato en sus oficinas. Además, si usted un año ganó menos, la CCSS se hace la sorda y no reconoce esos montos que se pagaron de más en esas cuotas.
La CCSS se da la atribución de estafarnos con licencia.. En un negocio de 22 años que tengo, yo les pagaba a mis empleadas el seguro voluntario pues se trata de puesto de lotería y obviamente el margen de un 11% (es para ambulantes y yo tengo un localito en un Mercado y debo pagar: alquiler, luz, agua, internet, comisiones, entonces el 11% se vuelve un 6%) no da para más. Siendo que en el pais, SOLO LA MUNICIPALIDAD DE LIMON NOS COBRA PATENTE.
Entonces hace un año llegó una inspectora de la CCSS (entrevistó a mi empleada como 2 horas) -ATRASANDO AL PERSONAL EN HORAS LABORALES… la cosa es que me exigió PAGARLES RETROACTIVO 1.5 años, más ₡ 1,500.000 de multa.
Si ponen la multa, porqué cobrar retroactivo? Dice que es que ahora no se aceptan los voluntarios. (Antes siempre se aceptó) entonces TODOS LOS MESES ESTOY MOROSA porque aunque PAGUÉ AL DÍA LA PLANILLA *SIEMPRE ESTARÉ MOROSA* hasta que no termine de pagar esos 3,000.000 originales. Y la muchacha va al seguro QUE ME LO COBRAN COMO MÉDICO PRIVADO, y lo suman ( pero esas planillas están al día. Cada 15 días paso y abono que 300 mil y NUNCA BAJA porque a la vuelta de visita, VOLVIÓ A SUBIR EL MONTO MUCHÍSIMO POR LOS % altos.. Es un círculo vicioso… nunca acaba y si no voy un mes. Me cae un cobro judicial y tuve que pagar 250.000 al abogado de ellos… y de pronto tengo otra multa (adicional) de 1,500.000. Estoy desesperada porque encima me amenazan con cerrar el localito porque me quieren obligar a pagar el independiente para mi, Que estoy sin seguro por falta de recursos y yo no trabajo en el local.. pero insisten en querer sacarme a mí lo que YA NO ME DA.
Cuando les dije: entonces yo estaría pagando por mi empleada DOBLE SEGURO. ( deberían reconocerme o rebajarme lo que pagué de voluntario ya que ADEMÁS DE 1.500.000 ME COBRARON RETROACTIVO EL SEGURO NUEVO.. Como si ella se va a enfermar para atrás . Y encima como lo tengo que pagar en partes, si ella usa la CCSS, NO LA ESTÁ CUBRIENDO !!!! Hello es UNA GRAN ESTAFA!!! Esa CCSS ES UNA GRAN FINANCIERA !!!! Auxilio!!!
Increíble que, que como gran concesión, la CCSS dice que va a condonar multas e intereses por 4 años. Reconocer el “principal” es reconocer la legalidad de sus negligentes y abusivas actuaciones.
Para el caso de los profesionales cuyo ingreso no es un “sueldo o salario” (hecho generador según lo define el artículo 3 de la Ley Constitutiva de la Caja Costarricense del Seguro Social), sino un honorario, en contra el principio de reserva de ley que rige en materia tributaria, por la vía reglamentaria la Junta Directiva de la Caja los convirtió en contribuyentes. Esto ha contado con la complacencia de los tribunales de justicia, pero no le quita su ilegalidad. Como desgraciadamente sucede en todos los entes que actúan como administraciones tributarias, existe una “mentalidad de agencia”, se crea una obsesión por la recaudación y se pierde de vista la realidad del contribuyente.
Buenas tardes. Excelente artículo, y como no me enteré antes, de que la CCSS, actuó en forma arbitraria con respecto a mi pago como asegurada independiente. Desde el año 2008 al 2018, coticé a la Caja, después de “realizarme unos estudios, con la renta, número de escrituras en el protocolo, y recibos inscritos en Tributación, inicié cancelando mes a mes el seguro independiente”. Cada año subía tanto, que en diciembre de 2018 decidí pensionarme, ya que estaba cancelando ¢140 mil colones de cuota, y la pensión que me asignaron es de ¢211 mil colones. Pero ahora pago un seguro de ¢14 mil colones (y coticé como abogada y notaria) por 20 años. No sé si reír o llorar, pero le relato un caso de la vida real, y eso que la Caja, según ellos, yo tenía que ganar un monto de un millón de colones por mes. Desproporcionado y arbitrario, y sin poder refutarlo, porque ellos siempre tienen la razón.
Don Adrian, para agregar argumentos, en el transcurso de los años la CCSS ha desarrollado diferentes métodos en cada región para calcular estas “cuotas” , hasta hace un par de años uniformaron criterios, (produciendo con esto falta de certeza y daños entre los involuntarios cuotistas) y aun hoy existe contradicción por zonas, desgraciadamente la Constitución Política otorga un poder absoluto a la CCSS, claro que ningún poder puede estar por encima de la justicia, hasta ahora y creo que con muchos recursos planteados, unos fallados y otros en tramite, la Caja sigue haciendo como quiere, y me parece pensando en forma pesimista que esta línea va a continuar, no creo que prospere en reglamento nuevo que presenta el colegio y mucho menos una toma de conciencia por parte de la CCSS, el recurso de inconstitucionalidad tampoco va a prosperar, bueno mi punto es negativo dada la experiencia que he enfrentado con esa noble institución, aun hoy la considero noble, espero realmente estar equivocado en cuanto al futuro de los trabajadores independientes.
Ing. Jorge Eduardo Solís vásquez M.Sc. • 11 julio, 2019
Excelente aporte, adicionalmente pregunto , tendré problema (s) al por ser pensionado por invalidez y vender servicios profesionales como trabajador independiente, saludos.