Documentos notariales también podrán apostillarse en Correos de Costa Rica

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«Gracias al convenio suscrito entre Correos de Costa Rica y el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, toda persona que requiera apostillar o legalizar un documento podrá tramitarlo en cualquiera de las 110 sucursales de Correos en todo el país.    Correos de Costa Rica se encargará de trasladar tus documentos al departamento de autenticaciones de la Cancillería de la República y una vez concluido el proceso lo entregará al usuario en la sucursal donde se tramitó.»

Así reza el comunicado que aparece en la página web de Correos de Costa Rica

Se trata de una excelente noticia para el gremio notarial del país que el año pasado sufrió ante la dificultad de conseguir citas en el Ministerio de Relaciones Exteriores para lograr  la apostilla de sus documentos.

Desde hace algunos meses, Correos de Costa Rica había iniciado este servicio pero únicamente para algunos tipos de certificaciones del Tribunal Supremo de Elecciones, vacunación Covid, y de antecedentes penales.  Los documentos autenticados notarialmente no podían ser tramitados en Correos.

Dichosamente, a partir de ayer lunes 17 de enero, se amplía esta alternativa para todo tipo de  documentos suscritos por notarios, y que cuenten con la debida autenticación  de la Dirección Nacional de Notariado.

«En el caso de los documentos emitidos por un Notario Público, es requisito que la firma del profesional esté autenticada ante la Dirección Nacional de Notariado y acreditada ante el Departamento de Autenticaciones de la Cancillería para el otorgamiento de Apostillas y Legalizaciones.»

Es importante por lo tanto que los notarios cumplan con los requisitos establecidos en la DNN para la autenticación de sus firmas.   (Ver requisitos)

¿Cuáles documentos se pueden apostillar?

  • Certificaciones del TSE (Nacimiento, Estado civil o Defunción).
  • Certificaciones del Ministerio de Salud.
  • Certificación de antecedentes penales (3 folios, uso internacional).
  • Traducción de documentos.
  • Documentos  notariales autenticados por la Dirección Nacional de Notariado.
  • Documentos académicos (Títulos, notas y certificaciones de educación primaria y secundaria, tanto de instituciones públicas como privadas).

El trámite lo puede solicitar cualquier persona aunque no sea la que se detalle en la certificación.

¿Qué debo presentar para hacer el trámite?

  • Certificación o certificaciones para apostillar.
  • Entero bancario, tasación o timbres; uno por cada certificación. (Timbre Parques nacionales ₡500, Timbres Fiscales ₡125). Ejemplos:

¿ Tarifas? 

El costo total del traslado oscila entre los ₡5.000 y los ₡8.000 dependiendo del peso del sobre o paquete y la distancia. El documento con su respectiva apostilla se entrega al cliente en un plazo de 10 días hábiles en la misma sucursal donde presentó la solicitud.

 

 

¿Cuánto tardan en entregar de vuelta el documento debidamente apostillado? 

El documento apostillado será entregado al cliente en un plazo de 8 a 10 días hábiles, aplican excepciones.

 

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

6 de 6 Comentarios

  1. MARIA LOURDES DELGADO JIMENEZ • 24 enero, 2022

    Muy buen día mi estimada Licenciada Pacheco. Me queda una duda, se puede seguir haciendo el apostillamiento como se hacia hasta ahora, ante Relaciones exteriores, o solamente ante Correos de CR, es que me parece que el tramite hasta la entrega se demora mucho. Saludos.

    • Lic. Silvia Pacheco. Editora General • 24 enero, 2022

      Queda a criterio de los interesados acudir al sistema tradicional de citas ante la Cancillería, o bien utilizar el servicio de Correos de Costa Rica. Ambas alternativas seguirán coexistiendo.

  2. Alex Arce • 18 enero, 2022

    cuando menciona que el Notario debe tener su firma acreditada ante el Departamento de Autenticaciones de la Cancillería para el otorgamiento de Apostillas y Legalizaciones; dicho tramite donde se debe hacer o basta con el ya hecho ante la DNN, Gracias

    • Lic. Silvia Pacheco. Editora General • 18 enero, 2022

      En relación al notario, lo único que se requiere es que su firma sea autenticada por parte de la Dirección Nacional de Notariado. La firma que debe estar acreditada ante el Departamento de Autenticaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores es la de los funcionarios que en representación de la DNN autentican la firma de los notarios cuando requieren dicho servicio.

      Efectivamente no resulta clara la redacción de ese párrafo que aparece en la explicación en la página de Correos de Costa Rica, y que transcribimos a continuación: «En el caso de los documentos emitidos por un Notario Público, es requisito que la firma del profesional esté autenticada ante la Dirección Nacional de Notariado y acreditada ante el Departamento de Autenticaciones de la Cancillería para el otorgamiento de Apostillas y Legalizaciones.»

  3. Laura • 18 enero, 2022

    Buen día. ¿Cual es procedimiento de acreditación ante el Departamento de Autenticaciones?

    • Lic. Silvia Pacheco. Editora General • 18 enero, 2022

      No conocemos cuál sea el procedimiento de acreditación ante el Departamento de Autenticaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores. Pero los notarios no tienen que realizarlo, pues su firma únicamente debe ser autenticada por la Dirección Nacional de Notariado.