Documentación relevante sobre el tema de las Licencias B-1 y B-2
Agradecemos a los más de cincuenta y cinco colegas que opinaron en nuestro blog sobre este tema tan polémico, y a quienes gentilmente nos remitieron la documentación que ponemos ahora a disposición de todos:
Ø Carta del Director General de Educación Vial del MOPT al Director General de la Policía de Tránsito en la que lo insta para que gire instrucciones a sus subalternos a fin de evitar situaciones inconvenientes a conductores por la interpretación del término “peso” en la Ley de Tránsito. DESCARGAR AQUÍ
Ø Decreto Ejecutivo No. 22851-MOPT. Reglamento sobre los tipos de vehículos a utilizar en la realización de exámenes prácticos para la obtención de licencias para conducir. DESCARGAR AQUÍ
Ø Decreto Ejecutivo No. 25860-MOPT Sustituyó el concepto de “peso bruto” por el de “carga útil” en el Decreto Ejecutivo No. 22851-MOPT Reglamento sobre los tipos de vehículos a utilizar en la realización de exámenes prácticos para la obtención de licencias para conducir. DESCARGAR AQUÍ
La Licenciada Mónica Zamora nos informó esta tarde que con base en estos documentos, logró que el Instituto Nacional de Seguros aceptara cubrir el accidente que sufrió el conductor de un vehículo de doble tracción que portaba Licencia tipo B-1. En principio, el INS se negaba a brindar la cobertura argumentando que la licencia del conductor tenía que ser tipo B-2.
Confiemos que los señores diputados aprovechen el proyecto de reforma que se encuentra pendiente de ser aprobado en relación con la Ley de Tránsito, para incorporar el concepto de “carga útil” en el art. 69, en sustitución del de “peso”. Verdaderamente que la solución definitiva a esta problemática del tipo de licencia que debemos utilizar los conductores, se encuentra en la propia Ley de Tránsito.
Esperamos que esta información les sea de ayuda.
Ing. Leonel Granera • 11 junio, 2010
tengo entendido que una de las trabas para obtener la B1, es que hay que hacer la prueba en un vehículo de carga (entiéndase camión) de más de 1.5 TM, la pregunta es: dónde lo consigo?, estarían estos señores que defienden el tener que obtener la licencia en cuestión, dispuestos a conseguirme uno. Por mi trabajo, tengo más de 40 años de movilizarme en vehículos de doble tracción y ahora resulta que personas que no tienen ni noción de lo que es andar por malos caminos, me van a decir que necesito otra licencia, por favor, no digan estupideces.