DNN iniciará procesos disciplinarios por incumplimiento en cuotas e índices

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En respuesta del Dr. Carlos Manuel Rodríguez, Director Ejecutivo de la Dirección Nacional de Notariado a inquietudes varias sobre el Fondo de Garantía Notarial, nos aclara que dicha dependencia cuenta ya con recursos tanto de personal como de equipo,  para retomar la tramitación de procesos disciplinarios contra los notarios que se encuentren atrasados en el pago de sus cuotas o en la presentación de índices al Archivo Nacional.

Señala don Carlos Manuel que el pago de las cuotas al Fondo es un requisito para ejercer el notariado y por ende, para mantener la condición de notario activo. Si el cartulario no se encuentra al día es factible iniciar un proceso para decretar su cese forzoso.

La morosidad en las cuotas también tiene como consecuencia el que le sean rechazados al Notario, una serie de trámites en la DNN, como la apertura de protocolos y la autenticación de firma en documentos para el extranjero.

Igualmente el incumplimiento en la presentación de los índices de instrumentos públicos al Archivo Nacional será sancionado con la inhabilitación temporal para el ejercicio del notariado.

Para conocer la cantidad de cuotas atrasadas, los notarios pueden ingresar sin ningún costo a nuestra página www.index.co.cr  y pulsar donde aparece la siguiente imagen:

Fondo de Garantia Notarial

Aparecerá una ficha en la que será suficiente con que digite su número de carné y luego haga clic sobre su nombre.  Podrá consultar su expediente digital con varias cejillas que contienen sus datos de contacto, cantidad de cuotas pagadas y atrasadas,  y hasta su fotografía.

Si ya usted cumplió con la presentación de la fórmula de actualización de datos a la DNN y  encuentra información no vigente en su expediente digital, no se preocupe pues según nos indica don Carlos Manuel se encuentran todavía en proceso de actualización del sistema.

Si todavía debe la presentación de la fórmula de actualización de datos, también puede descargarla sin ningún costo en nuestra página www.index.co.cr.  Solamente haga clic en la siguiente imagen, complete la información e imprímala en una hoja de papel blanco normal.  No olvide adjuntar copia de su fotografía.  Puede ser escaneada.  Así como copia de su cédula de identidad y de su carné profesional.

Aviso Importante

En otro orden de ideas,  consultamos igualmente al Dr. Rodríguez sobre el dictamen emitido recientemente por la Procuraduría General de la República en cuanto establece la obligación de los notarios de obtener la firma de las partes en todas las notas de corrección en el Protocolo, incluyendo aquellas de simples errores materiales.   Nos indicó que hoy miércoles, el Consejo Superior Notarial se reunirá para analizar el dictamen y emitir alguna decisión al respecto.

Confiamos poderles informar esta misma semana lo acordado por este Consejo en relación con este tema que tanta preocupación ha suscitado en el medio notarial.

Descargar

Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

3 de 3 Comentarios

  1. Alberto Rojas • 04 junio, 2011

    Lo de las firmas de las partes en las notas de correción de escrituras a que obliga la Procuraduría, significa nada menos que negar la fe pública notarial. Sería un atopello a la profesión. ARL

  2. Jose Juan Sanchez Ch • 01 junio, 2011

    Lo del indice, debería ser obligatorio enviarlo digitalmente pero acomodando el costo a la economia de escala. Asi todos se ahorraran el tiempo y recurso del envio en papel.

  3. Jose Juan Sanchez Ch • 01 junio, 2011

    Es el colmo que operen Notarios que ni siquiera pagan una cuota que es reembolsable al 100 por ciento, que clase de profesional es esa? Si no tienen voluntad de pagar siete mil colones, tampoco tiene voluntad para invertir en la profesion. Como es que la DNN permite que operen Notarias en esa precariedad?