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	Comentarios en: Nuevas regulaciones para sustitución de libros contables legalizados	</title>
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	<description>EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA</description>
	<lastBuildDate>Thu, 03 May 2018 19:24:25 +0000</lastBuildDate>
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		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-53557</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 03 May 2018 19:24:25 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-53554&quot;&gt;MARITZA ROJAS&lt;/a&gt;.

Estimada doña Maritza, Le recomendamos la lectura de la siguiente nota en este mismo blog: 	&lt;li&gt;LEGALIZACIÓN DE LIBROS PODRÁ GESTIONARSE EN PAPEL SIMPLE&lt;/li&gt;  Solamente tome en cuenta que actualmente el costo de los timbres para este acto es de 17,150 de timbre de REgistro Nacional y 75 de timbre de Colegio del Colegio de Contadores Privados]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-53554">MARITZA ROJAS</a>.</p>
<p>Estimada doña Maritza, Le recomendamos la lectura de la siguiente nota en este mismo blog: 	</p>
<li>LEGALIZACIÓN DE LIBROS PODRÁ GESTIONARSE EN PAPEL SIMPLE</li>
<p>  Solamente tome en cuenta que actualmente el costo de los timbres para este acto es de 17,150 de timbre de REgistro Nacional y 75 de timbre de Colegio del Colegio de Contadores Privados</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: MARITZA ROJAS		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-53554</link>

		<dc:creator><![CDATA[MARITZA ROJAS]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 03 May 2018 13:56:38 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[POR FAVOR ME PUEDEN INDICAR EL PROCEDIMIENTO PARA LEGARLIZAR LOS LIBROS ENFORMA DIGITAL]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>POR FAVOR ME PUEDEN INDICAR EL PROCEDIMIENTO PARA LEGARLIZAR LOS LIBROS ENFORMA DIGITAL</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Yamileth		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-50686</link>

		<dc:creator><![CDATA[Yamileth]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 17 Aug 2017 16:14:53 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[una vez que uno de los libros físicos se termina, es obligatorio empezar con los digitales?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>una vez que uno de los libros físicos se termina, es obligatorio empezar con los digitales?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Bernal Ríos Robles, Ctdcm		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-48054</link>

		<dc:creator><![CDATA[Bernal Ríos Robles, Ctdcm]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 15 Nov 2016 16:33:01 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-48051&quot;&gt;carlos andres a.&lt;/a&gt;.

Si ya cuentas con el numero de legalización el tramite, según la normativa, es responsabilidad de la sociedad y en especial del secretario si es una S.A. 
Al tratarse de una reposición el numero de tomo será siempre el mismo que el que va ser repuesto Vg. Tomo 1 Reposición. Esto a los efectos de que en una auditoria no se interprete que existe un tomo uno completo.
Posterior, en lo personbal siempre confección un acta de apertura, que en lo esencial dice:
Que la entidad xxxxxxxxxx, SOCIEDAD ANÓNIMA fue inscrita ante el Registro de Personas Jurídicas, Sección Digitalizada, al tomo xxxx, asiento xxxxx, y de conformidad con el Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles se hace constar que por extravió el día xx del mes xx del año xxxxx le fue asignado el Número de Legalización de Libros:
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
Que aquí da inicio el Libro de Reposición, Número xxxxxxxx, tipo xxxxxxx (Vg.REGISTRO DE ACCIONISTAS O SOCIOS). Que éste Libro consta de DOSCIENTAS páginas útiles en perfecto estado de conservación y limpieza. Se le ha puesto el número de legalización, ubicado en el primer folio; asimismo numeración, denominación de la sociedad y cédula (artículo 263 del Código de Comercio). Se deja constancia que el timbre fue cancelado por entero de reposición No. xxxxxxxxxxxxxxxxx. En la ciudad de San José, el día de hoy xx de xxxxxxxxxx de xxxx se apertura el presente Libro conforme a la Ley. 
__________________________________
SECRETARIO]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-48051">carlos andres a.</a>.</p>
<p>Si ya cuentas con el numero de legalización el tramite, según la normativa, es responsabilidad de la sociedad y en especial del secretario si es una S.A.<br />
Al tratarse de una reposición el numero de tomo será siempre el mismo que el que va ser repuesto Vg. Tomo 1 Reposición. Esto a los efectos de que en una auditoria no se interprete que existe un tomo uno completo.<br />
Posterior, en lo personbal siempre confección un acta de apertura, que en lo esencial dice:<br />
Que la entidad xxxxxxxxxx, SOCIEDAD ANÓNIMA fue inscrita ante el Registro de Personas Jurídicas, Sección Digitalizada, al tomo xxxx, asiento xxxxx, y de conformidad con el Reglamento del Registro Nacional para la Legalización de Libros de Sociedades Mercantiles se hace constar que por extravió el día xx del mes xx del año xxxxx le fue asignado el Número de Legalización de Libros:<br />
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx<br />
Que aquí da inicio el Libro de Reposición, Número xxxxxxxx, tipo xxxxxxx (Vg.REGISTRO DE ACCIONISTAS O SOCIOS). Que éste Libro consta de DOSCIENTAS páginas útiles en perfecto estado de conservación y limpieza. Se le ha puesto el número de legalización, ubicado en el primer folio; asimismo numeración, denominación de la sociedad y cédula (artículo 263 del Código de Comercio). Se deja constancia que el timbre fue cancelado por entero de reposición No. xxxxxxxxxxxxxxxxx. En la ciudad de San José, el día de hoy xx de xxxxxxxxxx de xxxx se apertura el presente Libro conforme a la Ley.<br />
__________________________________<br />
SECRETARIO</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: carlos andres a.		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-48051</link>

		<dc:creator><![CDATA[carlos andres a.]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 15 Nov 2016 14:50:12 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Buenas tardes,
Cual es el trámite completo para la reposición de libros contables los cuales fueron ya fueron legalizados?

Agradezco mucho cualquier ayuda]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes,<br />
Cual es el trámite completo para la reposición de libros contables los cuales fueron ya fueron legalizados?</p>
<p>Agradezco mucho cualquier ayuda</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Eliana V		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-30627</link>

		<dc:creator><![CDATA[Eliana V]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 28 May 2013 21:18:43 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Yo acostumbro rotular los de actas así:

REGISTRO DE SOCIOS

ACTAS DE ASAMBLEA DE SOCIOS

ACTAS DE CONSEJO DE ADMINISTRACION]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Yo acostumbro rotular los de actas así:</p>
<p>REGISTRO DE SOCIOS</p>
<p>ACTAS DE ASAMBLEA DE SOCIOS</p>
<p>ACTAS DE CONSEJO DE ADMINISTRACION</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-26771</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 20 Feb 2013 20:34:43 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-26768&quot;&gt;Marjorie Q&lt;/a&gt;.

Con el número de autorización de legalización de libros que da el Registro, los personeros de la sociedad deberán confeccionarlos  tres libros de actas de hojas removibles con un máximo de 200 por libro.   En el primer folio deberán indicar el nombre del libro, por ejemplo, ACTAS DE ASAMBLEA DE ACCIONISTAS o ACTAS DE JUNTA DIRECTIVA y el número de tomo por el que se vaya.   Además en el margen superior izquierdo de ese primer folio deberá consignarse el número de autorización que el Registro asignó.  Se trata del mismo número para los tres libros.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-26768">Marjorie Q</a>.</p>
<p>Con el número de autorización de legalización de libros que da el Registro, los personeros de la sociedad deberán confeccionarlos  tres libros de actas de hojas removibles con un máximo de 200 por libro.   En el primer folio deberán indicar el nombre del libro, por ejemplo, ACTAS DE ASAMBLEA DE ACCIONISTAS o ACTAS DE JUNTA DIRECTIVA y el número de tomo por el que se vaya.   Además en el margen superior izquierdo de ese primer folio deberá consignarse el número de autorización que el Registro asignó.  Se trata del mismo número para los tres libros.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Marjorie Q		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-26768</link>

		<dc:creator><![CDATA[Marjorie Q]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 20 Feb 2013 20:25:19 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Buenas tardes, despues de obtener el numero de legalizacion que da el Registro, cual es el paso siguiente, no me queda claro, ademas existe algun machote uniforme para los nuevos libros o es a libre criterio. Gracias.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas tardes, despues de obtener el numero de legalizacion que da el Registro, cual es el paso siguiente, no me queda claro, ademas existe algun machote uniforme para los nuevos libros o es a libre criterio. Gracias.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: RODOLFO CORRALES		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-26532</link>

		<dc:creator><![CDATA[RODOLFO CORRALES]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 15 Feb 2013 00:14:13 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Gracias por la informacion es muy util.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Gracias por la informacion es muy util.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: michelle garcia		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/dgt-emite-circular-sobre-vigencia-y-requisitos-de-nuevos-registros-contables/#comment-26524</link>

		<dc:creator><![CDATA[michelle garcia]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 14 Feb 2013 21:29:08 +0000</pubDate>
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					<description><![CDATA[Hola, cuando se habla de registros especiales, esta refiriéndose a Fundaciones y asociaciones.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Hola, cuando se habla de registros especiales, esta refiriéndose a Fundaciones y asociaciones.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
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