Despachos judiciales todavía piden timbre fiscal en certificaciones

Nos han comunicado estimados suscriptores que al momento de solicitar ejecutorias o certificaciones de piezas judiciales,  los despachos siguen exigiendo aportar timbre fiscal. El pasado 4 de diciembre, mediante la Ley 10586 Simplificación de impuestos para levantar la eficiencia y competitividad (Fase 1) se derogaron los artículos 239, 240, 241, 242, 243, 244, 245, 246,247,248,272,273 […]

Para ver el texto completo se debe estar suscrito.

SEGUIR LEYENDO

Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

4 de 4 Comentarios

  1. CAROLINA SALAS GAMBOA • 27 febrero, 2025

    Alguna novedad sobre este tema? Al día de hoy siguen los despachos previniendo los timbres y con multa.

    Responder
    • Silvia Pacheco • 27 febrero, 2025

      Elevamos la consulta sobre este tema al Consejo Superior del Poder Judicial y la respuesta que nos brindaron fue la siguiente:

      Se acordó: 1.) Tener por recibido el correo electrónico del 16 de enero de 2025, suscrito por el licenciado Gerardo Calero Miranda, y el correo electrónico de 22 de enero de 2025, suscrito por la licenciada Silvia Pacheco Alfaro, respecto a la Ley Simple I: Simplificación de impuestos para levantar la eficiencia y la competitividad (Fase I). 2.) Trasladar la presente gestión a la Dirección Jurídica para que realice un estudio de lo expuesto e informe a este Consejo. 3.) Hacer de conocimiento el presente acuerdo del licenciado Gerardo Calero Miranda y la licenciada Silvia Pacheco Alfaro.”

      Vemos entonces que apenas el tema va a ser conocido por la Dirección Jurídica del Poder Judicial. En cuanto tengamos alguna respuesta , se las compartiremos por este medio.

      Responder
  2. Jaime López Moya • 21 enero, 2025

    De casualidad conocen la posición de los despachos judiciales, en caso que se les presente una cesión de derechos hereditarios, ¿se debe cancelar el timbre fiscal correspondiente, aún?. Gracias.

    Responder
    • Silvia Pacheco • 22 enero, 2025

      Lamentablemente no se ha producido una comunicación por parte del Poder Judicial sobre este tema. Consideramos que si la cesión de derechos hereditarios se otorgó con posterioridad al 4 de diciembre de 2024, no debería exigirse el pago de timbre fiscal. Esperemos que pronto se emita alguna Circular al respecto. Les mantendremos informados.

      Responder

Dejar un comentario