¿Deben las sociedades disueltas cumplir con el RTBF?
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EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
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Estimado don Alvaro, efectivamente el Registro de Personas Juridicas emitió una Circular con el procedimiento que pueden seguir las sociedades que ya se encuentra disueltas para solicitar que sean declaradas como LIQUIDADAS sin tener que recurrir a todo el proceso de liquidación. Puede verlo en la siguiente nota que publicamos en este blog: https://puntojuridico.com/sociedades-ya-disueltas-tambien-pueden-pedir-declaratoria-de-liquidadas/
Parece que la terminolgía usada no es la más precisa, esto al equipar sociedades con “plazo social vigente” al de sociedades no disueltas. Hay sociedades que se disuelven porque se les vence el plazo social, pero no todas las sociedades se disuelven lo es por ese motivo. En fin, confuso.
Buenas Licenciada con respecto a todo esta corrupción que se tiene Ministerio de Hacienda con las Sociedades Inactivas Disueltas y ya Liquidadas que cada rato les pide hacer las Declaraciones D-195 porque en el sistema aparece Omisas ni ellos saben que hacer.
La pregunta es como una Sociedad Inactiva Liquidada va a presentar una Declaración si el mismo Sistema no lo permite ya uno al Ministerio de Hacienda y te selen todo es por medio digital no tiene que hacer nada presencial, en cer de estar molestando a un muerto que dejó todo en Orden porque no se ponen a investigar a las grandes Sociedades Activas que todos los años indican 0 ganancias para no pagar impuestos y tras de eso están atrasados en varias Declaraciones y a ellos no los pasan molestando.
Gracias y disculpe las molestias Licenciada
ALVARO JIMENEZ CUBERO • 09 abril, 2025
Buenas tardes doña Silvia. Aún no se ha pronunciado el Registro Público con el trámite para liquidar sociedades que presentaron sólo la disolución, según las nuevas regulaciones y no tener que nombrar Liquidador si no tiene pasivos y estaba al día con las obligaciones. Gracias.