<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	
	>
<channel>
	<title>
	Comentarios en: CSN emite Lineamientos para la aplicación Ley de Estupefacientes al ejercicio notarial	</title>
	<atom:link href="https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/</link>
	<description>EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA</description>
	<lastBuildDate>Tue, 26 Mar 2019 14:55:25 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	
	<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-55247</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 26 Mar 2019 14:55:25 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=9410#comment-55247</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-55244&quot;&gt;E JIMENEZ&lt;/a&gt;.

En el Decreto Ejecutivo 41016, Reglamentación de los artículos 15 bis y 15 ter de la Ley de Estupefacientes publicado en abril del 2018, se dispone que la Dirección Nacional de Notariado dictará las medidas de debida diligencia que deberán cumplir los notarios en relación a los usuarios o personas requirentes de sus servicios para:

a) Identificar sin lugar a dudas a todo usuario o requirente de los servicios notariales con base en los documentos legalmente previstos para el efecto.

b) Acreditar la representación cuando el usuario o requirente de los servicios notariales actúe en nombre de otra persona, física o jurídica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 84 del Código Notarial.

c) Identificar al beneficiario final, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 9416, “Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal” del 30 de diciembre de 2016, y sus reglamentos.

d) Asegurar y mantener los documentos, datos o información recopilada en virtud de un proceso de debida diligencia del usuario o persona requirente de conformidad con lo establecido en los lineamientos relacionados con el archivo de referencias, emitidos por la Dirección Nacional de Notariado.

A la fecha no tenemos conocimiento de que se hayan producidos esas directrices por parte de la DNN.  
Lo que se publicó hace unos días fue el borrador de una resolución del BCCR en el que sí se detallan los cuidados que deben tener los abogados y otras personas obligadas a cumplir con la Ley de Estupefacientes para llevar a cabo esa debida diligencia.  Estamos por publicar una nota en este mismo blog sobre el particular.  Si bien dichas disposiciones, una vez que sean oficialmente publicadas en La Gaceta, no aplicarán a los notarios, sí podrían servir de orientación, por lo menos , en tanto la DNN no produce las propias directrices.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-55244">E JIMENEZ</a>.</p>
<p>En el Decreto Ejecutivo 41016, Reglamentación de los artículos 15 bis y 15 ter de la Ley de Estupefacientes publicado en abril del 2018, se dispone que la Dirección Nacional de Notariado dictará las medidas de debida diligencia que deberán cumplir los notarios en relación a los usuarios o personas requirentes de sus servicios para:</p>
<p>a) Identificar sin lugar a dudas a todo usuario o requirente de los servicios notariales con base en los documentos legalmente previstos para el efecto.</p>
<p>b) Acreditar la representación cuando el usuario o requirente de los servicios notariales actúe en nombre de otra persona, física o jurídica, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 84 del Código Notarial.</p>
<p>c) Identificar al beneficiario final, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley N° 9416, “Ley para Mejorar la Lucha contra el Fraude Fiscal” del 30 de diciembre de 2016, y sus reglamentos.</p>
<p>d) Asegurar y mantener los documentos, datos o información recopilada en virtud de un proceso de debida diligencia del usuario o persona requirente de conformidad con lo establecido en los lineamientos relacionados con el archivo de referencias, emitidos por la Dirección Nacional de Notariado.</p>
<p>A la fecha no tenemos conocimiento de que se hayan producidos esas directrices por parte de la DNN.<br />
Lo que se publicó hace unos días fue el borrador de una resolución del BCCR en el que sí se detallan los cuidados que deben tener los abogados y otras personas obligadas a cumplir con la Ley de Estupefacientes para llevar a cabo esa debida diligencia.  Estamos por publicar una nota en este mismo blog sobre el particular.  Si bien dichas disposiciones, una vez que sean oficialmente publicadas en La Gaceta, no aplicarán a los notarios, sí podrían servir de orientación, por lo menos , en tanto la DNN no produce las propias directrices.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: E JIMENEZ		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-55244</link>

		<dc:creator><![CDATA[E JIMENEZ]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 25 Mar 2019 23:13:09 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=9410#comment-55244</guid>

					<description><![CDATA[Consulta, uno de los temas que no he visto desarrollado en ningún lado es el de CONOZCA A SU CLIENTE o formulario de Debida diligencia.  De hecho se dice que tenemos obligación de cumplir con esto:
&quot;a) La identificación de clientes y la debida diligencia del cliente cuando establezcan relaciones comerciales con este.&quot;
Alguien tiene algún tipo de referencia o indicación ya sea de SUGEF o DNN sobre que debe contener esa debida diligencia?  Existe la posibilidad de que Master Lex incluya un machote de formulario básico al respecto.
Sinceramente, la desafortunada redacción de la Ley 8204 más la incapacidad de la DNN de darnos directrices y lineamientos claros de nuestras obligaciones al respecto obligan a que estemos dando tumbos.
Sería más fácil si nos marcaran las obligaciones con claridad y no estar en esta incertidumbre.
Aparte de identificar al cliente qué más debemos incluir en esa debida diligencia? Algún aporte de los Colegas al respecto?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Consulta, uno de los temas que no he visto desarrollado en ningún lado es el de CONOZCA A SU CLIENTE o formulario de Debida diligencia.  De hecho se dice que tenemos obligación de cumplir con esto:<br />
&#8220;a) La identificación de clientes y la debida diligencia del cliente cuando establezcan relaciones comerciales con este.&#8221;<br />
Alguien tiene algún tipo de referencia o indicación ya sea de SUGEF o DNN sobre que debe contener esa debida diligencia?  Existe la posibilidad de que Master Lex incluya un machote de formulario básico al respecto.<br />
Sinceramente, la desafortunada redacción de la Ley 8204 más la incapacidad de la DNN de darnos directrices y lineamientos claros de nuestras obligaciones al respecto obligan a que estemos dando tumbos.<br />
Sería más fácil si nos marcaran las obligaciones con claridad y no estar en esta incertidumbre.<br />
Aparte de identificar al cliente qué más debemos incluir en esa debida diligencia? Algún aporte de los Colegas al respecto?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53060</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 16 Feb 2018 19:24:45 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=9410#comment-53060</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53040&quot;&gt;Manfred Pinnock&lt;/a&gt;.

Don Manfred,  Ya publicamos un pequeño comentario en este blog sobre este proyecto que se encuentra en consulta Pública relativo a la inscripción de abogados ante la SUGEF en cumplimiento de lo que dispone el art. 15 bis de la Ley 7786.  Puede verlo en el siguiente link: 	&lt;li&gt;https://puntojuridico.com/consulta-publica-proyecto-inscripcion-sugef-abogados-actividades-ley-de-estupefacientes/&lt;/li&gt;]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53040">Manfred Pinnock</a>.</p>
<p>Don Manfred,  Ya publicamos un pequeño comentario en este blog sobre este proyecto que se encuentra en consulta Pública relativo a la inscripción de abogados ante la SUGEF en cumplimiento de lo que dispone el art. 15 bis de la Ley 7786.  Puede verlo en el siguiente link: 	</p>
<li><a href="https://puntojuridico.com/consulta-publica-proyecto-inscripcion-sugef-abogados-actividades-ley-de-estupefacientes/" rel="ugc">https://puntojuridico.com/consulta-publica-proyecto-inscripcion-sugef-abogados-actividades-ley-de-estupefacientes/</a></li>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53053</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Fri, 16 Feb 2018 00:13:35 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=9410#comment-53053</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53050&quot;&gt;Carlos&lt;/a&gt;.

Estimado don Carlos-  Hoy salieron publicados en La Gaceta, estos Lineamientos.  Por consiguiente, su cumplimiento por parte de los notarios es ahora obligatorio.  Aún no tenemos respuesta del Consejo Superior Notarial a la consulta que formulamos.  Esperamos obtenerla muy pronto para poder aclarar varios aspectos que consideramos no están claros. Les pondremos al corriente tan pronto la recibamos.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53050">Carlos</a>.</p>
<p>Estimado don Carlos-  Hoy salieron publicados en La Gaceta, estos Lineamientos.  Por consiguiente, su cumplimiento por parte de los notarios es ahora obligatorio.  Aún no tenemos respuesta del Consejo Superior Notarial a la consulta que formulamos.  Esperamos obtenerla muy pronto para poder aclarar varios aspectos que consideramos no están claros. Les pondremos al corriente tan pronto la recibamos.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Carlos		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53050</link>

		<dc:creator><![CDATA[Carlos]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 15 Feb 2018 17:51:57 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=9410#comment-53050</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-52935&quot;&gt;Lic. Silvia Pacheco. Editora General&lt;/a&gt;.

Buenos dias, licenciada tiene noticias acerca de lo que ha dicho la DNN al respecto. Gracias. Bendiciones.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-52935">Lic. Silvia Pacheco. Editora General</a>.</p>
<p>Buenos dias, licenciada tiene noticias acerca de lo que ha dicho la DNN al respecto. Gracias. Bendiciones.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53045</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Thu, 15 Feb 2018 13:22:13 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=9410#comment-53045</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53040&quot;&gt;Manfred Pinnock&lt;/a&gt;.

Estimado don Manfred,  Muchas gracias por su comentario.  Definitivamente como usted bien lo señala, resulta de mucha importancia para nuestro gremio notarial tener conocimiento y revisar con cuidado el texto de este proyecto de la SUGEF. Confiamos salir a la mayor brevedad con la nota sobre este tema, así como el texto de la propuesta, para que todos los interesados puedan hacer sus observaciones dentro del plazo de los 10 días concedidos al efecto.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53040">Manfred Pinnock</a>.</p>
<p>Estimado don Manfred,  Muchas gracias por su comentario.  Definitivamente como usted bien lo señala, resulta de mucha importancia para nuestro gremio notarial tener conocimiento y revisar con cuidado el texto de este proyecto de la SUGEF. Confiamos salir a la mayor brevedad con la nota sobre este tema, así como el texto de la propuesta, para que todos los interesados puedan hacer sus observaciones dentro del plazo de los 10 días concedidos al efecto.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Manfred Pinnock		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53040</link>

		<dc:creator><![CDATA[Manfred Pinnock]]></dc:creator>
		<pubDate>Wed, 14 Feb 2018 17:50:56 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=9410#comment-53040</guid>

					<description><![CDATA[Buenos días estimada licenciada Pacheco,

Dado que no encontré un medio mediante el cual comunicarme de una manera menos publica con usted, procedo a valerme de este medio para hacer de su conocimiento que el día de ayer fue publicadoen la Gaceta para consulta pública según consta en el Alcance número 32, el proyecto de reforma al Acuerdo SUGEF 11-06, Normativa para la inscripción ante la SUGEF de
personas físicas o jurídicas que realizan algunas de las actividades descritas en el
artículo 15 de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no
autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al
terrorismo, Ley 8204, para adecuarlo a las disposiciones que establece la reforma legal.

Dicho texto contiene las modificaciones de interés para el gremio en lo que respecta a: i) el proceso de inscripción derivado de la obligatoriedad de que se desprende de lo dispuesto en los artículos 15 y 15 bis de la Ley 7786, para el caso de los abogados que presten servicios fiduciarios o se dediquen al mercado inmobiliario; y, ii) crea elÁrea de Prevención de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva en la Dirección Nacional de Notariado.

El plazo para remitir las observaciones al proyecto es de 10 días, por lo que agradecería cualquier tipo de colaboración en torno a difusión de dicho proyecto; lo anterior, por cuanto el nuevo provedimiento es de interés para la comunidad forense nacional.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenos días estimada licenciada Pacheco,</p>
<p>Dado que no encontré un medio mediante el cual comunicarme de una manera menos publica con usted, procedo a valerme de este medio para hacer de su conocimiento que el día de ayer fue publicadoen la Gaceta para consulta pública según consta en el Alcance número 32, el proyecto de reforma al Acuerdo SUGEF 11-06, Normativa para la inscripción ante la SUGEF de<br />
personas físicas o jurídicas que realizan algunas de las actividades descritas en el<br />
artículo 15 de la Ley sobre estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no<br />
autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al<br />
terrorismo, Ley 8204, para adecuarlo a las disposiciones que establece la reforma legal.</p>
<p>Dicho texto contiene las modificaciones de interés para el gremio en lo que respecta a: i) el proceso de inscripción derivado de la obligatoriedad de que se desprende de lo dispuesto en los artículos 15 y 15 bis de la Ley 7786, para el caso de los abogados que presten servicios fiduciarios o se dediquen al mercado inmobiliario; y, ii) crea elÁrea de Prevención de Legitimación de Capitales, Financiamiento al Terrorismo y la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva en la Dirección Nacional de Notariado.</p>
<p>El plazo para remitir las observaciones al proyecto es de 10 días, por lo que agradecería cualquier tipo de colaboración en torno a difusión de dicho proyecto; lo anterior, por cuanto el nuevo provedimiento es de interés para la comunidad forense nacional.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53031</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Feb 2018 20:50:32 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=9410#comment-53031</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53023&quot;&gt;Lic Vargas&lt;/a&gt;.

Los presentes Lineamientos no han salido publicados aún en La Gaceta, por consiguiente no se encuentra vigentes.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53023">Lic Vargas</a>.</p>
<p>Los presentes Lineamientos no han salido publicados aún en La Gaceta, por consiguiente no se encuentra vigentes.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Lic. Silvia Pacheco. Editora General		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53029</link>

		<dc:creator><![CDATA[Lic. Silvia Pacheco. Editora General]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Feb 2018 20:24:13 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=9410#comment-53029</guid>

					<description><![CDATA[En respuesta a &lt;a href=&quot;https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53027&quot;&gt;Ana Isabel&lt;/a&gt;.

EStimada doña Ana Isabel.-  Aún estos lineamientos del Consejo Superior Notarial no han salido publicados en La Gaceta.  De hecho hace unos días elevamos varias consultas ante dicho órgano solicitándoles la aclaración de varios aspectos contenidos  de estas regulaciones. En este momento no estaría aplicando por consiguiente el límite de los $10,000   Estaremos al pendiente para informarles tan pronto tengamos alguna respuesta, o tan pronto se produzca la publicación correspondiente en el Diario Oficial.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>En respuesta a <a href="https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53027">Ana Isabel</a>.</p>
<p>EStimada doña Ana Isabel.-  Aún estos lineamientos del Consejo Superior Notarial no han salido publicados en La Gaceta.  De hecho hace unos días elevamos varias consultas ante dicho órgano solicitándoles la aclaración de varios aspectos contenidos  de estas regulaciones. En este momento no estaría aplicando por consiguiente el límite de los $10,000   Estaremos al pendiente para informarles tan pronto tengamos alguna respuesta, o tan pronto se produzca la publicación correspondiente en el Diario Oficial.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Ana Isabel		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/csn-emite-lineamientos-sobre-regulaciones-ley-de-estupefacientes/#comment-53027</link>

		<dc:creator><![CDATA[Ana Isabel]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 13 Feb 2018 19:21:39 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">https://www.puntojuridico.com/?p=9410#comment-53027</guid>

					<description><![CDATA[Buenas. Necesito que me aclaren si el monto de los $ 10,000 en adelante para bienes inmuebles ya está aplicando, o debe realizarse la declaración jurada independientemente del monto de la venta?. Gracias.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Buenas. Necesito que me aclaren si el monto de los $ 10,000 en adelante para bienes inmuebles ya está aplicando, o debe realizarse la declaración jurada independientemente del monto de la venta?. Gracias.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
	</channel>
</rss>

<!--
Performance optimized by W3 Total Cache. Learn more: https://www.boldgrid.com/w3-total-cache/

Almacenamiento en caché de páginas con Disk: Enhanced 
Red de entrega de contenidos mediante www.puntojuridico.masterlex.cr
Minimizado usando Disk
Caché de base de datos 609/618 consultas en 0.086 segundos usando Disk

Served from: puntojuridico.com @ 2026-04-16 18:28:25 by W3 Total Cache
-->