Cambios en CrearEmpresa a partir de hoy. Cuidado con las razones sociales

A partir de hoy, las sociedades que se constituyan en la plataforma CrearEmpresa/Trámite Ya deberán completar un espacio más para  brindar la dirección de correo electrónico.  Se da cumplimiento, de esta forma, a lo dispuesto en la Ley 10597 que reformó el Código de Comercio para obligar a todas las sociedades mercantiles a establecer una […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Encargada de la administración y actualización de Tirant Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

6 de 6 Comentarios

  1. CAROLINA SALAS GAMBOA • 29 julio, 2025

    Consulta, en los casos de sociedades mercantiles con razón social, es posible realizar reforma a la razón social?

    • Silvia Pacheco • 30 julio, 2025

      Es una excelente pregunta. Nos parece que con el texto reformado del inciso 6) del art. 18 del Código de Comercio, relativo a lo que debe contener toda escritura constitutiva de sociedades anónimas y sociedades de responsabilidad limitada, no sería factible ya gestionar el cambio de razón social en las sociedades que todavía cuentan con una.
      Transcribimos texto del numeral indicado:

      6- Razón social o denominación. En la sociedad anónima y en la de responsabilidad limitada, en vez de razón social o denominación, el Registro Nacional asignará de manera oficiosa y automática, al momento de la inscripción, el número de cédula jurídica; salvo lo dispuesto en leyes especiales.

      Si logramos obtener respuesta por parte del Registro de Personas Jurídicas, se las haremos saber por este medio.

  2. Sarita Castillo Saborío • 05 junio, 2025

    Acaba de hablar con la gente de crear empresa y dicen que el día de ayer ellos habilitaron en la primer pagina de los datos de la sociedad una parte que dice DIRECCION o DOMICILIO ELECTRONICO. que ahí se puede ingresar el correo.

    Por otro lado Yo los correos electrónicos y direcciones WEB, las pongo con símbolos y demás en el protocolo, porque no se pueden variar, deben ponerse como corresponde con símbolos y demás, ahora si el Registro dice que se autoriza por la misma ley, debieron haber indicado en la misma ley que los notarios quedaban autorizados a podrán insertar el correo electrónico con símbolos y demás tal y como se escriben en la web.

    • Silvia Pacheco • 06 junio, 2025

      Muchas gracias doña Sarita. Efectivamente ya en CrearEmpresa se encuentra habilitado el espacio para que las sociedades que están siendo constituidas, puedan establecer de una vez su dirección de email. Coincidimos también con usted en que la Ley que introdujo estas reformas al Código de Comercio debió autorizar expresamente a los notarios para consignar estas cuentas de correo electrónico, utilizando números y otros signos. Confiamos que la Dirección Nacional de Notariado emita pronto un comunicado sobre este particular. Cuando se los consultamos, señalaron que iban a producir un comunicado para todo el gremio.

  3. Katherine María Obregon Barrantes • 05 junio, 2025

    Hola!. Me surge la siguiente duda con respecto a la reciente reforma: ¿Las sociedades que ya fueron constituidas con una razón social antes de la entrada en vigencia de la Ley 10729 deben modificarla para ajustarse a la nueva normativa, o dicha eliminación de la razón social se aplicará de oficio por parte del Registro?

    Agradezco mucho su orientación al respecto.

    • Silvia Pacheco • 05 junio, 2025

      La eliminación de las razones sociales aplica únicamente para las sociedades que se constituyan nuevas a partir de este mes de junio de 2025. Las sociedades existentes antes de esta fecha seguirán identificándose tanto con la razón social que siempre han tenido, como con su número de cédula jurídica.