Contingencia fiscal: Se congelan las contrataciones del Poder Ejecutivo
La Lic. Marcela Palma Segura, especialista en Derecho Público, Administrativo y Constitucional, con más de quince años de laborar para instituciones como el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Instituto Nacional de Aprendizaje, la Contraloría General de la República, la Superintendencia de Telecomunicaciones, gentilmente nos pone al tanto de las implicaciones del Decreto Ejecutivo que se publicara en La Gaceta hace unos días en relación a esta problemática que tanta preocupación ha generado a nivel nacional.
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«Tal y como lo comunicó el Presidente de la República la semana anterior, a raíz de la falta de liquidez que enfrenta la Tesorería Nacional para el pago de las obligaciones básicas del Estado, mediante el Decreto Ejecutivo Nº 40540-H, publicado el lunes 7 de agosto pasado, el Poder Ejecutivo impuso una serie de medidas de contingencia fiscal que en principio, vendrían a congelar los procedimientos de compra de bienes y servicios.
El artículo 2 del citado Decreto Ejecutivo, ordena a las dependencias del Gobierno Central no iniciar procesos de contratación que conlleven nuevas obligaciones para el Gobierno Central salvo casos derivados de un estado de emergencia así declarado.
Los procedimientos de contratación administrativa ya iniciados, pero no adjudicados, deberán ser sometidos a valoración de los jerarcas para verificar si pueden ser desestimados.
Se exceptúan de la disposición normativa, las contrataciones existentes en las cuales haya una necesidad subsistente que obligue a su renovación o sustitución, así como las contrataciones necesarias para el próximo proceso electoral nacional, pero todo sujeto a que existan condiciones de liquidez suficientes.
Otras medidas incluyen la imposibilidad de realizar modificaciones presupuestarias en el Presupuesto Nacional que impliquen nuevas erogaciones o gastos; como también nuevas solicitudes de avalúo de propiedades para efectos de compra o alquileres de inmuebles con cargo al mismo Presupuesto Nacional, con excepción de los casos relativos a expropiaciones necesarias para proyectos de infraestructura vial, aeroportuaria o portuaria.
Se establece también una moratoria para la declaratoria de interés público de actividades deportivas, culturales que impliquen el otorgamiento de beneficios fiscales y se autoriza el uso de recursos de superávit libre para financiar gastos operativos.
Finalmente, el Gobierno Central insta a las instituciones autónomas, semi autónomas, a sus órganos adscritos y a otros Poderes de la República, a aplicar las mismas medidas.
El Decreto Ejecutivo Nº 40540-H salió publicado en el Alcance Digital Nº 191 a La Gaceta Nº 148 del 7 de agosto de 2017.»
Lic Rafael Lizano • 07 octubre, 2017
Comparto el comentario del sr Quesada , la famosa contención del gasto es mas una estrategia política de entorpecer a las instituciones en su desarrollo ; a las puertas de una salida de este ineficiente gobierno del Sr Sólis.
Desde su llegada a zapote el panorama estaba mas que claro, los numeros estaban a la vista y sencillamente se hicieron de la vista gorda como dice ell dicho popular