Consejo Superior Notarial invita a opinar sobre lineamientos y directrices en materia de notariado
A solicitud del Lic. Rogelio Fernández Moreno, Presidente del Consejo Superior Notarial, hacemos de su conocimiento, la invitación a todos los notarios del país para que participen del proceso de revisión de cinco normas regulatorias de aspectos varios del notariado. Más abajo ofrecemos el detalle de cada una con su respectivo link al texto completo.
Los comentarios y sugerencias deberán ser enviados a la siguiente dirección de correo electrónico: dnn@abogados.or.cr
El Licenciado Rogelio Fernández fundamenta esta iniciativa en el hecho de ser la actividad notarial, un servicio público que como tal, debe ser eficiente y en forma especial debe adaptarse a todo cambio en el régimen legal y a las necesidades sociales que satisface.
“La Dirección Nacional de Notariado es un colaborador y generador de mecanismos que hagan más eficiente la función notarial, para garantizar, con transparencia, la seguridad jurídica preventiva mediante la validez y la eficacia de la función notarial para el fortalecimiento de la paz social.
Dentro de estos conceptos, el Consejo Superior Notarial ha considerado oportuno llevar a cabo una revisión de los Lineamientos y Directrices vigentes, a fin de que sean un instrumento jurídico que facilite y enaltezca la función notarial.” (Tomado textual de la invitación enviada)
Se ofrece, de esta forma, una oportunidad muy valiosa a todos los notarios del país para que remitan sus comentarios y opiniones sobre los siguientes textos:
Lineamientos para el ejercicio y control del servicio notarial vigentes desde mayo de 2007.
Directriz 0006-98 Establece monto de la cuota obligatoria mensual para el Fondo de Garantía Notarial
Directriz 0007-98 Subsana omisión formal presente en el art. 10 del Código Notarial en cuanto a no exigirse la presentación del título de Notario entre los requisitos de habilitación en el ejercicio notarial.
Directriz 004-99 Fundamenta fijación de cuota máxima legal durante los primeros dos años de creación del Fondo Notarial
Acuerdo 2010-012-006: Se deroga de los requisitos para solicitar la devolución de los dineros del fondo de garantía, la publicación de un edicto en el “Boletín Judicial.
Maria Lourdes Delgado fuentes • 23 febrero, 2011
He externado por todos los medios ante la DNN, que cuando un Notario emite un poder especial de venta, deba de indicar su numero de telefono para poderlos localizarlos, esto por cuanto es muestra obligacion de verificar si el poder fue emitido por ellos, pero resulta que no indican nada, y el unico lugar visible y accesible es la pagina del Colegio de Abogados, pero en su mayoria los numeros de telefono no sirven. En cuanto a los HONORARIOS cobrados por algunos notarios son risibles, poniendo nuestra profesion casi como de uso domestico, y dando lugar a que los clientes casi nos exigen igualarnos a los profesionales que se dignan a cobrar montos que no cubren ni los gastos de papeleria, qudando la responsabilidad de forma gratuita.