Conozca los lineamientos para la afiliación a la CCSS de los profesionales en derecho

Como ya es de su conocimiento, en setiembre del 2015, la Dirección Nacional de Notariado envió varios avisos recordando la obligación que tienen los notarios, como profesionales liberales, de inscribirse ante la CCSS  así como de mantenerse al día en el pago de las cotizaciones respectivas.  (Acuerdo 2015-022-003, tomado en la Sesión 022-2015)   (VER […]

Para ver el texto completo se debe estar suscrito.

SEGUIR LEYENDO

Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

9 de 9 Comentarios

  1. kika • 18 julio, 2016

    Y en el caso de notarios que están pensionados, hay algo respecto a eso?? Mi socio es pensionado y mantiene el ejercicio de notariado de manera prácticamente residual.

  2. Zully Orozco Alvarez • 03 julio, 2016

    Buenos días. Aclárame por favor, hasta cuándo hay tiempo para inscribirse en la CCSS ?, en vista de la suspensión del acuerdo 2015-022-003 . Se levantó la suspensión?

    • Silvia Pacheco • 04 julio, 2016

      Estimada doña Zully. La DNN todavía no comunica el levantamiento de la suspensión del acuerdo 2015-022-003. Pensaríamos que no lo ha hecho en virtud de que la CCSS todavía no responde adecuadamente la solicitud que le hiciera la DNN de aclarar los procedimientos y requisitos que corresponden ser cumplidos por los notarios que quieran afiliarse como trabajadores independientes. Estaremos al pendiente para informarles tan pronto sepamos sobre algún cambio en la posición de la DNN.

  3. Fernán Pacheco • 29 junio, 2016

    Bien dice el Lic. Sánchez: el reporte de ingresos se debería hacer mediante declaraciones juradas tal y como se declaran todos los impuestos. El sistema no debería ser distinto a los reportes mensuales de planillas que los patronos hacen por medios electrónicos. Si la CCSS tiene dudas de los ingresos declarados, bien puede proceder con el proceso de verificación. El pretender que los miles de trabajadores independientes nos acerquemos cada vez que nuestros ingresos varíen -que es todos los meses- a las ya colapsadas oficinas de la CCSS con todos los comprobantes de ingresos y gastos para que ellos hagan el cálculo, es un sistema totalmente impráctico y discriminatorio frente al tratamiento que se le da a los otros trabajadores.

  4. Ricardo Alberto Ugarte Mora • 29 junio, 2016

    Buenos días; desde que ustedes han venido tratando este tema, me ha surgido la duda de si esta obligación, que ustedes han venido divulgando como la obligación por parte de los “Notarios Públicos” -en particular- de afiliarse a la CCSS, recibe un trato independiente de la correspondiente afiliación como “Abogado”. Específicamente, quisiera que se me aclare si, un profesional en Derecho que ya se encuentra afiliado, desde hace varios años, a la CCSS como trabajador independiente, por su ejercicio como “Abogado y Notario Público”, deberá pasar por todo este proceso nuevamente o si ya se considera que está al día con tal afiliación, cubriendo ambas actividades profesionales.
    Muchas gracias.

    • Silvia Pacheco • 29 junio, 2016

      Estimado don Ricardo. Muchas gracias por su consulta.La afiliación que debe hacer el profesional en Derecho a la CCSS como trabajador independiente “cubre” tanto las labores que realiza en su condición de abogado como las que brinda como notario público. Si usted ya se encuentra asegurado como trabajador independiente no tendría que tramitar ninguna afiliación distinta de la que ya tiene. Tal vez la confusión surge pues dimos cobertura al tema en el momento en que la DNN emitió varios avisos recordando a los notarios su obligación de encontrarse afiliados a la CCSS. Sin embargo, es claro que los colegas abogados que no ejercen el notariado, y aquéllos que se desempeñan en ambos campos (como es su caso) tienen igualmente que encontrarse asegurados como trabajadores independientes. Pero quedando claro que solamente se aseguran una vez como profesionales en Derecho y ese seguro los cubre tanto en las funciones notariales como de abogado. Solamente me permito agregar que existe la obligación por parte del trabajador independiente de comunicar a la CCSS en caso de producirse variaciones en sus ingresos, a fin de que se produzca un reajuste del monto de cotización. Sabemos que inspectores de la CCSS han estado visitando oficinas de profesionales en Derecho para confirmar que el estudio de ingresos y egresos que originalmente sirvió de base para la fijación del monto a cotizar por cada uno no haya sufrido variaciones. En caso de comprobarse estos cambios, se redefinen las nuevas cuotas de cotización.

  5. jose juan sanchez • 29 junio, 2016

    El asunto con los indices es que la calidad y cantidad de ingresos pueden variar e incluso estar sujetos a estacionalidades o como le dicen rachas buenas o malas de trabajo, de manera que se puede estar valorando un semestre que no necesariamente es criterio objetivo. Una declaracion jurada hubiera sido mas sencillo.