Sobre la condonación de intereses y multas por parte de las Municipalidades

El pasado 9 de octubre se publicó en La Gaceta, la Ley N° 9587  con el objeto de brindarle a la totalidad de municipalidades del país, un marco jurídico que les permita, en caso de estimarlo conveniente,  condonar intereses, recargos y multas en relación al pago del impuesto sobre bienes inmuebles, tasas y servicios municipales, etc.  […]

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Abogada y notaria. Especialista en administración de bases de datos de información jurídica, investigaciones jurisprudenciales y editora de contenidos legales. Consultora en proyectos de informática jurídica en la región centroamericana. Colaboradora del sitio www.leylaboral.com Encargada de la administración y actualización de Master Lex Cálculos Legales: timbres, honorarios profesionales, patentes, prestaciones laborales y otros. Moderadora del blog www.puntojuridico.com

12 de 12 Comentarios

  1. Maria Nuñez • 04 enero, 2019

    Pregunto, al dia de hoy 04 de enero 2019 en la Municipalidad de Corredores está ejecutandose ella nueva ley de condonacion? Y es cierto que son 8 meses despues de publicado en la gaceta?

    • Silvia Pacheco • 07 enero, 2019

      En relación a la Municipalidad de Corredores el caso es diferente al resto de Municipalidades pues se aprobó en noviembre una Ley especial que estableció lo siguiente: “ARTÍCULO 1- Se autoriza a la Municipalidad de Corredores para
      que condone a los sujetos pasivos del pago de los intereses y las multas sobre impuestos, tasas, servicios y demás obligaciones
      de carácter municipal, que se adeuden a la fecha de entrada de la presente ley. ARTÍCULO 2- Se autoriza, además, a la Municipalidad de
      Corredores para que condone a los sujetos pasivos del pago de los intereses y las multas del impuesto de bienes inmuebles.
      ARTÍCULO 3- Esta condonación se aplicará cuando los sujetos cancelen la totalidad del principal adeudado. ARTÍCULO 4- El cobro de la deuda se podrá cobrar en tractos, durante el período de la condonación. ARTÍCULO 5- El plazo de eficacia de la condonación será de ocho
      meses, que empezará a contabilizarse tres meses después de la entrada en vigencia de esta ley. Rige a partir de su publicación.

  2. Elizeth Camacho Montes • 22 noviembre, 2018

    Buenas noches! Y la de Puntarenas cantón Central no tienen información todavía? Gracias

    • Silvia Pacheco • 22 noviembre, 2018

      Acabamos de entrar a la página web de la Municipalidad de Puntarenas y no aparece nada sobre el inicio de un período de condonación de intereses, ni multas. Pero mejor será que llame por teléfono directamente a averiguar.

      • Silvia Pacheco • 23 noviembre, 2018

        Se publicó hoy en La Nación, un aviso de la Municipalidad de San José estableciendo el plazo de amnistía a partir del próximo 1 de diciembre hasta el 31 de mayo de 2019, inclusive. Se condonan de forma total los recargos, intereses y multas.

      • Federico Webb • 23 noviembre, 2018

        Estimada Licenciada.

        Me informa por favor, sila Municipalidad de Curridabat ya esta aplicando la amnistía ?

        Muchas gracias.

        • Silvia Pacheco • 29 noviembre, 2018

          Estimado don Federico. Propiamente en la página web de la Municipalidad de Curridabat no encontramos ninguna referencia a alguna amnistía. Ya vimos que no es obligatorio que los Concejos Municipales de los distintos cantones publiquen los acuerdos de condonar deudas en La Gaceta. Algunos lo han hecho en diarios de Circulación nacional. Por ende, deben los interesados consultar directamente en las municipalidades si existen proyectos de brindar estas amnistías a los obligados del cantón.

  3. Licda. Carla F. Vincenzi • 21 noviembre, 2018

    La municipalidad de Bagaces también lo está aplicando, empezó el 01 de noviembre 2018 hasta el 30 de abril 2019.

  4. Gustavo Barrantes • 20 noviembre, 2018

    Hay que tomar en cuenta que este año se han publicado diversas leyes de condonación para el sector municipal. San Ramón publicó una a finales de año que rige durante el 2018.

    Entonces lo primero es averiguar si la Municipalidad donde se deben cancelar los impuestos tienen su ley particular para condonar.

    Y bueno, como dice el artículo: cada Gobierno Municipal es el que tomará la decisión si acogerse o no a lo preceptuado por esta Ley.

  5. Andrea Ovares • 20 noviembre, 2018

    La Municiciplaidad de Turrialba y la del Guarco ya lo están aplicando y hay un periodo de vigencia- a apurarse!

    • Silvia Pacheco • 20 noviembre, 2018

      Muchas gracias Andrea por esta información que nos comparte. Efectivamente el plazo de vigencia no puede ser superior a los seis meses según lo dispuso la Ley marco que abrió esta posibilidad a las municipalidades, pero bien podría ser que los respectivos Consejos Municipales acuerden plazos más reducidos. Conviene, como usted lo dice, averiguar lo antes posible para aprovechar esta gran oportunidad de ponerse al día sin pago de multas, ni intereses.