Sobre la obligación de los profesionales de facturar electrónicamente
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EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
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Buenas tardes, licenciada Pacheco, hay algun comunicado reciente sobre la obligatoriedad de la factura digital para los profesionales. Gracias
No tenemos conocimiento de ningún comunicado reciente, pero vamos a investigar para comentarles en caso de que así sea.
Me llegó este correo hoy de la factura digital, pero el problema con este sistema es que NO PUEDE HACERSE OBLIGATORIO hasta que la Tributación Directa emita programas utilizables también con Mac. Tengo una Mac y no puedo accesar a su sistema. NO SIRVE.
Si usted compra un vehículo, el que sea, la agencia le cobra los gastos de inscripción y los honorarios de notario completos. Sabe usted si a ese Notario le pagan los honorarios completos o solo le pagan una suma X por su trabajo…con ese método se acaba ese enriquecimiento ilícito de las agencias de vehículos porque nadie va a hacer una factura digital por un dinero que no ha recibido…
Adicionalmente se me olvido, y en una ocasion en una polemica con TD, les comentaba: nosotros los profesionales en derecho y notarios nos cancelan no solo los honorarios sino los derechos del registro, gaceta y otros, TD, en aquel entonces me dijo ,cosa que es irracional ,que se tributa por el total del recibo o dinero recibido, sera que ahora tambien pretenden eso o tendremos que tener doble facturacion.
Como Contador Privado aprovecho los anteriores comentarios para analizar varios aspectos positivos y negativos, positivos, porque cuando estamos acostumbrados a confeccionar el Respectivo Recibo de Honorarios para que nos paguen, tendrán que ir los datos de la persona física ó jurídica que nos paga, y supongo que eso irá creando una base de datos tributaria que nos quitará de encima el peso de confeccionar la Declaración D-151. Negativa porque estamos claros que la confección de dicho Recibo de Dinero según los procedimientos contables y de Auditoría se realiza en el mismo momento en que recibimos el Dinero, pero que pasa si el Cliente no realiza el pago sea en efectivo ó por transferencia, como tantas veces nos sucede, estaríamos reportando ingresos irreales, y claro queda el recurso de la Nota de Crédito, pero creo que no es lo ideal. Por otra parte, y de acuerdo a comentario en esta sección, que sucede si nuestro cliente no cuenta con dirección electrónica, y más, desconoce el uso y manejo de los procesos informáticos. Estimo que este proyecto tiene que estudiarse más a fondo, pues si se trata de evitar la evasión en el caso de los abogados y mejorar el control, como comentó anteriormente un profesional en Derecho lo mejor es un control cruzado con el Registro Nacional, pero en los demás casos no creo que eso vaya a mejorar, ya que primeramente existe la buena voluntad y el deseo de llevar nuestras cuentas correctamente, y que pasa cuando un profesional de mutuo acuerdo con el cliente deciden no confeccionar el Respectivo Recibo, pues no existen forma ni manera de comprobarlo. Esperemos que se inventen algo mejor.
No entiendo porue tanta alaraca, la solucion es simple y se las voy a dar y gratis: Desde siempre para evitar la evasion fiscal lo que debe hacer TD, es un control cruzado con el Archivo Notarial, jalar toda la informacion de la cantidad de escrituras que hizo durante el periodo cada notario y cobrar los impuestos sobre el monto minimo regulado en el arancel, despues de todo ya sera mucho, y como en su mayoria y con la competencia desleal no cobran ni el minimo, en problemas estaran si no cobran el minimo por lo menos que paguen por el minimo. Entonces TS, sabra cuanto facturo el Profesional y cuando presentemos la declaracion debera indicar el monto igual o muy semejante nunca menos, y rebajados los gastos eso sera la renta. Asi de facil no se porque tanto problema, la facturacion igual, quien me va a controlar que yo emita o no factura, y en mi caso no me importa facturar no evado ni me dedico a la competencia desleal pero los que lo hacen como controlar, seguira el desorden. Gracias
Sí. Que obliguen a todos por parejo. Arquitectos, Ingenieros: civiles, informáticos, topógrafos, etc,
A todos por igual. Eso es igualdad ante la Ley, lo demás es una discriminación odiosa. Que no tiene asidero legal. Esperemos que el Colegio de Abogados se pronuncie en defensa de los derechos de sus agremiados.
Gracias.
Colegas no ven ustedes que Tributación nos obliga solo a médicos, abogados y contadores a implementar la factura electrónica lo cual nos aumenta los costos, los controles y el estrés, simplemente porque Tributación está partiendo del principio de que los abogados son un montón de ladrones y evasores? No creen que es ofensivo? y se lo digo al Colegio de Abogados: que hay violación constitucional por ir en contra del principio de igualdad? Nos obligan a nosotros porque nos dicen evasores, nos dicen deshonestos. Yo sí me siento agraviada con las razones de TD para obligarnos. Que la Ley sea pareja para todos, entonces sí.!!
A mí me parece que debería ser voluntario su uso. Yo facturo 1 hora antes de las firmas. Imagínense las carreras para los Notarios de Bancos: facturar enviar al cliente por correo, (hay clientes que no tienen correo) enviar a Tributación por la web que seguro se queda pegado el archivo como suele suceder con las declaraciones digitales de Tributación y las demandas digitales de Tribunales, y luego esperar a que Tributación mande su visto bueno o correcciones 3 horas después para q la factura sea válida!!! Y eso si la manda en el plazo y si no le llega nada? Luego resulta que el acto notarial se hace por otro monto y ya no es solo llevar una factura extra sino hacer todo el procedimiento de nuevo.
Si pretenden frenar la competencia desleal mediante la factura digital son optimistas por no decir ilusos. Es información sobre tributos y por tanto la DNN no tendrá acceso a ella. Lo que sí puede ser es que la CCSS llegue a tener acceso a esa información y entonces colegas van a tener que cotizar a la Caja sobre los ingresos reales, y no sobre el salario mínimo de abogado, o si alguno no cotiza, vaya alistándose. Tengan presente que la prescripción de deudas con la Caja es de 10 años.
Don Róger. Yo creo que se deben considerar los gastos. Recuerde que el impuesto es sobre la renta. Y la renta es ingresos menos egresos. Así que si de una vez se rebaja lo correspondiente al impuesto sobre la renta. Donde quedan los egresos en los que se ha incurrido? Saludos.
En el mismo acto de emitirse la factura se debería de pagar lo que corresponda a impuesto sobre la renta, como se hace cuando se paga la inscripción de un bien mueble o inmueble ante el Registro.
La verdad es que aunque solemos ser reticentes a los cambios la verdad es que me parece bueno para evitar la COMPETENCIA DESLEAL de hecho me gustaría que para que una escritura sea admitida e inscrita así como se pagan los impuestos y timbres de Registro debería obligarse a pagar los honorarios vía entero y que el Registro no inscriba si no consta que se han pagado los honorarios según la tabla. Es decir que exista un verdadero control cruzado así se beneficia el gremio y el Fisco.
En lo personal creo que uno debe acostumbrarse a los cambios que día con día son más frecuentes en nuestro quehacer profesional. Sin embargo, me preocupa el hecho de que uno normalmente extiende una factura y el cliente paga tiempo después, incluso puede que no cancele total o parcialmente la misma. Mi pregunta es entonces, cómo va a funcionar esta factura ya reportada ante la Tributación Directa como ingreso, si aún no ha sido pagada?
Me parece que el Colegio de Abogados y la Dirección Nacional de Notariado, debería de aprovechar esta coyuntura para obligar a los profesionales a consignar en la factura electrónica, el valor por el cual se protocolizó el respectivo acto notarial, para luego hacer fiscalizaciones para determinar si el monto de honorarios coincide con los montos consignados para cada cada acto. Caso contrario tendrán estas entidades la posibilidad de abrir los procesos pertinentes.
Me parece interesante, es un medio idóneo para terminar con la competencia desleal en cuanto a honorarios profesionales en todos los campos y se convierte en un medio de control por parte de la Administración Tributaria para tratar de limitar la evasión fiscal. Personalmente cuento con firma digital, la cual uso para trámites bancarios y para envío de escritos judiciales y lo considero como un avance importante dentro de la tecnología, que permite una mayor facilidad para ejercer la profesión.De todos modos, ya la factura electrónica está en camino y todos debemos ajustarnos a esta modalidad.
MARIA LOURDES DELGADO JIMENEZ • 27 febrero, 2017
Muchas gracias mi estimada licenciada Pacheco, en espera de sus comentarios. De nuevo gracias