<?xml version="1.0" encoding="UTF-8"?><rss version="2.0"
	xmlns:content="http://purl.org/rss/1.0/modules/content/"
	xmlns:dc="http://purl.org/dc/elements/1.1/"
	xmlns:atom="http://www.w3.org/2005/Atom"
	xmlns:sy="http://purl.org/rss/1.0/modules/syndication/"
	
	>
<channel>
	<title>
	Comentarios en: Comunicado oficial del Registro Nacional sobre inconstitucionalidad impuesto a las personas jurídicas	</title>
	<atom:link href="https://puntojuridico.com/comunicado-oficial-del-registro-nacional-sobre-inconstitucionalidad-impuesto-a-las-peronas-juridicas/feed/" rel="self" type="application/rss+xml" />
	<link>https://puntojuridico.com/comunicado-oficial-del-registro-nacional-sobre-inconstitucionalidad-impuesto-a-las-peronas-juridicas/</link>
	<description>EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA</description>
	<lastBuildDate>Wed, 08 Jul 2015 17:36:50 +0000</lastBuildDate>
	<sy:updatePeriod>
	hourly	</sy:updatePeriod>
	<sy:updateFrequency>
	1	</sy:updateFrequency>
	
	<item>
		<title>
		Por: Edgardo Campos		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/comunicado-oficial-del-registro-nacional-sobre-inconstitucionalidad-impuesto-a-las-peronas-juridicas/#comment-44262</link>

		<dc:creator><![CDATA[Edgardo Campos]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Feb 2015 21:41:33 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=5204#comment-44262</guid>

					<description><![CDATA[Pagar o no pagar es un tema que ha de sopesarse, pero seguiré pensando que es mejor esperar el voto completo.

Sobre el tema de la prescripción, la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, número 9069, en vigencia desde setiembre del 2012, modificó el término de la prescripción ampliándolo a 4 años.

&quot;“Artículo 51.-  Términos de prescripción

La acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación prescribe a los cuatro años.  Igual término rige para exigir el pago del tributo y sus intereses&quot;.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Pagar o no pagar es un tema que ha de sopesarse, pero seguiré pensando que es mejor esperar el voto completo.</p>
<p>Sobre el tema de la prescripción, la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria, número 9069, en vigencia desde setiembre del 2012, modificó el término de la prescripción ampliándolo a 4 años.</p>
<p>&#8220;“Artículo 51.-  Términos de prescripción</p>
<p>La acción de la Administración Tributaria para determinar la obligación prescribe a los cuatro años.  Igual término rige para exigir el pago del tributo y sus intereses&#8221;.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Mari		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/comunicado-oficial-del-registro-nacional-sobre-inconstitucionalidad-impuesto-a-las-peronas-juridicas/#comment-44261</link>

		<dc:creator><![CDATA[Mari]]></dc:creator>
		<pubDate>Tue, 03 Feb 2015 00:23:26 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=5204#comment-44261</guid>

					<description><![CDATA[Pagar o no pagar, esa es la cuestión, no me veo pagando este año un impuesto ilegítimo, inconstitucional y que luego cómo me lo van a cobrar?? Qué opinan los estimables juristas? Pagar o no pagar? Si en tres años se prescribe o me equivoco?]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Pagar o no pagar, esa es la cuestión, no me veo pagando este año un impuesto ilegítimo, inconstitucional y que luego cómo me lo van a cobrar?? Qué opinan los estimables juristas? Pagar o no pagar? Si en tres años se prescribe o me equivoco?</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: Edgardo Campos		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/comunicado-oficial-del-registro-nacional-sobre-inconstitucionalidad-impuesto-a-las-peronas-juridicas/#comment-44260</link>

		<dc:creator><![CDATA[Edgardo Campos]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 02 Feb 2015 22:56:15 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=5204#comment-44260</guid>

					<description><![CDATA[No hay duda de que la prudencia adoptada por el Registro es la que debe mediar en todo este complejo asunto. El &quot;por tanto&quot; del fallo no nos aclara todos los aspectos derivados de la inconstitucionalidad declarada. Obordar por el fondo lo resuelto por la Sala Constitucional sin conocer la integralidad del Voto 1241-2015 me resulta apresurado; mucho más lo sería si el Registro, definido como la AdministraciónTributaria del tributo, resolviese adoptar medidas administrativas sin conocerse lo considerado en el fallo.]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>No hay duda de que la prudencia adoptada por el Registro es la que debe mediar en todo este complejo asunto. El &#8220;por tanto&#8221; del fallo no nos aclara todos los aspectos derivados de la inconstitucionalidad declarada. Obordar por el fondo lo resuelto por la Sala Constitucional sin conocer la integralidad del Voto 1241-2015 me resulta apresurado; mucho más lo sería si el Registro, definido como la AdministraciónTributaria del tributo, resolviese adoptar medidas administrativas sin conocerse lo considerado en el fallo.</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
		<item>
		<title>
		Por: MARIA MORA		</title>
		<link>https://puntojuridico.com/comunicado-oficial-del-registro-nacional-sobre-inconstitucionalidad-impuesto-a-las-peronas-juridicas/#comment-44259</link>

		<dc:creator><![CDATA[MARIA MORA]]></dc:creator>
		<pubDate>Mon, 02 Feb 2015 21:58:25 +0000</pubDate>
		<guid isPermaLink="false">http://www.puntojuridico.com/?p=5204#comment-44259</guid>

					<description><![CDATA[Muchas gracias licenciada.
Saludos,]]></description>
			<content:encoded><![CDATA[<p>Muchas gracias licenciada.<br />
Saludos,</p>
]]></content:encoded>
		
			</item>
	</channel>
</rss>

<!--
Performance optimized by W3 Total Cache. Learn more: https://www.boldgrid.com/w3-total-cache/?utm_source=w3tc&utm_medium=footer_comment&utm_campaign=free_plugin

Almacenamiento en caché de páginas con Disk: Enhanced 
Red de entrega de contenidos mediante www.puntojuridico.masterlex.cr
Minificado usando Disk
Caché de base de datos 742/751 consultas en 0.163 segundos usando Disk

Served from: puntojuridico.com @ 2026-09-20 08:28:59 by W3 Total Cache
-->