Ya no será necesario “aceptar” las facturas electrónicas
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EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
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Buenos días
Consulta: si bien es cierto que los comprobantes recepcionados no deben ser confirmados a hacienda, la obligatoriedad de si subirlos al sistema electrónico, continua vigente: es decir que si yo tengo un sistema electrónico con un proveedor privado en dicho sistema deben estar las facturas de venta y las de compras.
Hola buenas tengo una consulta en 2014 me hicieron una multa la apele y m lo ganaron y fui a pagar los dos partes y solo m sale uno pero a los de caja del banco nacional no sale en la computadora lo único que sale una infracción pero no le sale el monto y no puedo renovar licencia hasta que se elimine ese parte
Buenos días si por alguna razón, las facturas electrónicas no llegaron en momento indicado ya que el sistema del proveedor no las envió, y se le piden hasta ahora, ellas pueden ser deducible aunque sean de meses desde octubre a la fecha, pueden ser deducible de renta y realizar rectificación de la declaracion del iva
Muchas gracias
Buenas tardes, si rechazo una factura electrónica es o no necesario la emisión de la nota de crédito por parte del emisor de la factura electrónica?
Eso aplica para comprobantes emitidos después de la modificación? o también aplica para los emitidos y no confirmados anteriormente?
Encontre esto en una de sus respuestas… ¨ Solamente cuando una factura no corresponda ser aplicada a la renta, por no tratarse de un gasto deducible, tendré que rechazarla en forma expresa para evitar que el día de mañana Hacienda me pregunte la razón de que yo lo haya hecho.¨
Consulta. si se han aceptado facturas que no son gastos deducibles,ante Hacienda, pero el contador no los incluyo como gasto deducible en el calculo de impuestos, hay algun problema con Hacienda…? o no, porque al final no se tomaron en cuenta… Muchas gracias
Efectivamente ya confirmamos que sería indispensable que las facturas no rechazadas y que por ende quedaron como “aceptadas”, sean reportadas expresamente como gasto deducible de la renta al momento de presentar dicha declaración, de lo contrario simplemente no se toman en cuenta.
Buenas! Quisiera saber si ¿aún aplica esto de que ya no es necesario aceptar los archivos xml de las facturas en la plataforma ATV del Ministerio de Hacienda? Y qué respaldo puedo utilizar. Muchas gracias
Muchas gracias, por compartir este blog.
Doña Silvia yo tengo una tienda de cómputo. Si yo compro un disco duro (pago iva), y despues lo vendo con una utilidad (recaudo el iva). Yo normalmente rebajo a lo recaudado lo pagado en la declaración del iva. Esa factura de compra del disco duro tengo que aceptarla por ser una factura que uso el iva como crédito para no pagar todo el iva recaudado sino la diferencia, o no tengo que aceptarla sino que entra dentro de esta modificación que es automática la aceptación de ese iva sino respondo nada.? Gracias.
Con la modificación ya usted no tiene que aceptar la factura de compra del disco duro pues en forma automática se tendrá por aceptada. Más bien lo que tiene que estar atento es a rechazar aquellas facturas que no constituyen gastos deducibles de la renta.
Buen día Hilder
No es obligación (si quiere lo puede seguir haciendo) aceptar todas las facturas en Hacienda, cuando no lo hace se da por aceptada en su totalidad de forma automática, solo debe subir si la va a rechazar la factura total o parcialmente, además, tiene obligación de aceptar las facturas cuando se goza de un beneficio fiscal.
Creo q debería ACLARAR q las q se van a incluir en IVA para efectos de crédito fiscal sí deben ser aceptadas obligatoriamente… al menos así lo entiendo yo… y he visto abogados confundidos en cuanto a ello,… PV. GRACIAS x su blog.
Estimado señor Baltazar: ¿Se refiere usted a las facturas por servicios o insumos que adquirí y que necesito aplicar como gastos deducibles de la renta, de manera que disminuyan mis ingresos gravables y con ello, el impuesto sobre la renta que me corresponderá pagar al final del período? Anteriormente esas facturas tenían que ser efectivamente aprobadas por la persona interesada en aplicarlas según lo indicado. Ello resultaba muy engorroso y hasta riesgoso ante la posibilidad de omitir la aceptación de esas facturas electrónicas y no poder luego aplicar esos gastos totalmente justificables a mi renta. Por ello es que Hacienda revirtió ese proceso estableciendo más bien que ahora TODAS las facturas se van a tener por aprobadas (tácitamente) es de decir sin necesidad de que los interesados tengan que realizar una gestion específica para ello. Solamente cuando una factura no corresponda ser aplicada a la renta, por no tratarse de un gasto deducible, tendré que rechazarla en forma expresa para evitar que el día de mañana Hacienda me pregunte la razón de que yo lo haya hecho.
Buenas tardes, es correcto que el correo que se debe indicar al proveedor para que nos envíe la factura electrónica debe estar en nuestros datos en el RUT?
Gracias.
muy interesante su blog, porfa incluirme en su lista de envíos, gracias!
Que excelente noticias, asi se nos hará el proceso mucho mas rapido y eficiente, bien por hacienda.
Por otro lado quisiera saber si la Lic. Silvia Pacheco tiene algun medio para contactarla por sus servicios notariales.
Muchas gracias por informar a la población con este excelente blog.
Nos complace mucho que encuentre de utilidad nuestro blog. Nuestra empresa se dedica a la producción de software para la comunidad jurídica del país (abogados y notarios), no brindamos asesorías legales, ni servicios notariales. De lo contrario, con mucho gusto trataríamos de ayudarle.
Muchas gracias por su pronta respuesta.
Luis • 28 julio, 2022
Muchas gracias