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¿Pierden validez las certificaciones digitales cuando se imprimen?

Tanto el Registro Civil como el Registro Nacional brindan ahora el servicio de entrega de certificaciones digitales mediante correo electrónico. En el caso del Registro Nacional se trata de certificaciones generadas por un sistema automatizado donde se encuentra la información registral asociada por medio de identificadores que rescatan la información requerida, y en el caso del Registro Civil son certificaciones que requieren de un estudio especial en las bases de datos registrales, consultas en tomos, así como el análisis integral de la información por parte de un funcionario. Estos documentos son remitidos y enviados directamente a las cuentas de correo electrónico de los interesados.

Nos han estado consultando qué pasa cuando los Notarios imprimen estas certificaciones digitales para adjuntarlas a sus expedientes de actividad judicial no contenciosa. ¿Pierden su validez en el momento de ser impresas en formato papel?

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Asambleas de Accionistas no siempre pueden otorgar poderes especiales

Así lo dispuso el Tribunal de Apelaciones de lo Contencioso Administrativo y Civil de Hacienda en un reciente voto 48-2021 del pasado 8 de febrero, el cual nos permitimos transcribir parcialmente a continuación.

Con mucho gusto remitiremos el texto completo a los estimados suscriptores de Master Lex que nos lo soliciten al correo electrónico legal@masterlex.com

Adicionalmente al tema de la falta de competencia de las Asambleas de Accionistas para otorgar poderes especiales cuando existan otros órganos a los que corresponda esa función, el voto abarca también el de la defectuosa representación procesal de una persona jurídica que carece de representante legal nombrado.

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"El Tribunal, luego del análisis del asunto, coincide en general con la señora Jueza, cuando afirma que el poder especial judicial conferido al señor…, por l...

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Poderes especiales y Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales

Sabemos que los representantes legales, siempre que ostenten facultades de representación extrajudicial,  pueden presentar directamente las Declaraciones en el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.  Solamente cuando se encuentre establecido que dichos representantes están obligados a actuar en forma conjunta, resulta necesario que uno de ellos sea autorizado por los demás para cumplir con la obligación.

Pero si los representantes legales no estuvieren en condición de cumplir con esta tarea, ya sea porque no cuentan con firma digital o por cualquier otro motivo,  las sociedades pueden nombrar para ello un apoderado especial.   El mandato deberá otorgarse necesariamente en escritura pública, y el Notario tendrá que acreditarlo dentro del sistema, como paso previo para que el apoderado pueda cumplir el encargo.

Muchos nos han estado consultando si los apoderados especiales que de setiembre del 2019 a abril 2...

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Registro de Transparencia 2021 : nuevas funcionalidades

Por fin fueron habilitadas dentro del sistema del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales en la plataforma Central Directo, nuevas funcionalidades que le permiten a los obligados cumplir con la presentación de Declaraciones Extraordinarias y   Declaraciones Correctivas, así como la posibilidad para las sociedades nuevas que recién se inscriban en el Registro Nacional o sociedades extranjeras a las que les sea asignada cédula jurídica nacional,  de presentar su primera declaración ordinaria en los veinte días siguientes que la norma les confiere al efecto.

Si bien estas obligaciones se encontraban previstas desde la primera Resolución Conjunta emitida por el Ministerio de Hacienda y el Instituto Costarricense sobre Drogas en marzo del 2019,  hasta ahora el sistema ofrece a los usuarios la posibilidad técnica de cumplir con ellas.

Por este motivo, en la resolución DGT-ICR-R-19-20 del 06 de agosto del 2020 que reformó la resolución DGT-ICD...

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Ya se puede presentar la Declaración Registro de Transparencia 2021

Se encuentra habilitada desde este 1 de abril, en la plataforma Central Directo (www.centraldirecto.fi.cr), la posibilidad para las sociedades civiles y mercantiles que se encuentren inscritas en el Registro Nacional con plazo vigente, de cumplir con la Declaración 2021 del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.   Cuentan con plazo para ello hasta el 30 de este mes.

Según recordaremos, en setiembre del 2019 inició por primera vez esta obligación.  En aquella oportunidad, se estableció todo un calendario para  motivar el cumplimiento gradual,  de manera que las sociedades terminadas en 0 y en 1 tenían que presentar su declaración en ese mes de setiembre; las terminadas en 2 y en 3 contaban con el mes de octubre para hacerlo,  4 y 5, el mes de noviembre y así  sucesivamente hasta completar en enero del 2020, las cédulas jurídicas terminadas en 8 y en 9.   Luego se indicó sin embargo que no era obligatoria la presentación específicament...

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Trato desigual de la CCSS hacia los trabajadores independientes

Agradecemos al Dr. Rubén Hernández Valle, reconocido especialista en Derecho Constitucional, profesor universitario, conferencista y autor de gran cantidad obras,  este interesante análisis sobre el Proyecto de Reglamento de Afiliación de Trabajadores Independientes  que fuera publicado la semana pasada en La Gaceta.  (Al respecto puede ver también nuestra nota en este mismo blog.)

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"El anteproyecto de reglamento para la afiliación de trabajadores independientes, publicado en La Gaceta del 17 de marzo, constituye un abuso de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS).

Para comenzar, el artículo 1 inventa una definición de trabajador independiente, inexistente jurídicamente, a saber: «Toda persona física que desarrolla de forma autónoma una actividad o trabajo generador de ingresos de carácter no salarial es la propietaria que ejerce el control de las actividades y sin subor...

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A los notarios que otorguen traspasos de no domiciliados

El colega Eduardo Rodríguez Bolaños, socio de la firma Grupo Camacho Internacional,  hace una importante recomendación a los notarios al  momento de autorizar escrituras de traspaso de bienes pertenecientes a personas no domiciliadas en Costa Rica.  Le agradecemos su participación en este foro.

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"Hoy en día cuando un no residente genera una ganancia de capital por la venta de bienes inscribibles, el comprador debe hacer una retención del 2,5% según se encuentra establecido en el artículo 28 ter de la Ley de Impuesto Sobre la Renta:

“Artículo 28 ter- Retención en ganancias de capital obtenidas por no domiciliados. Tratándose de transmisiones de bienes inmuebles situados en territorio nacional propiedad de un no domiciliado, el adquirente estará obligado a retener e ingresar el dos coma cinco por ciento (2,5%) de la contraprestación total acordada, en con...

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Diseccionando a fondo el Proyecto de Empleo Público

Les compartimos el nuevo episodio del podcast LexTalk dirigido por Mauricio París,  en el que dos expertos laboralistas, Judith Corella y Daniel Valverde, diseccionan a fondo el proyecto de Ley de Empleo Público, para descubrir lo bueno, lo malo y lo feo del texto, que promete seguir dando de qué hablar.

Los invitamos a escuchar las dos partes que componen este episodio en los siguientes enlaces:Spotify: https://open.spotify.com/episode/4siYYN1RM70FJX0hTO3h2l?si=dPbboFm1QkuhNfj3S-VgzgApple Podcast https://podcasts.apple.com/cr/podcast/lextalk/id1467478668#episodeGuid=tag%3Asoundcloud%2C2010%3Atracks%2F1010848654Soundcloud https://soundcloud.com/lex-talk/empleo-publico-parte-1...

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