Inició el pasado 26 de enero, el traslado de oficinas de los 18 despachos que brindarán sus servicios en el nuevo edificio conocido como Torre Judicial, el cual se ubica al costado norte del Edificio de la Corte Suprema de Justicia en San José.
"En materia civil funcionarán los Juzgados Primero, Segundo y Tercero Civil, los Tribunales Primero y Segundo Colegiados de Primera Instancia Civil y los Tribunales Primero y Segundo de Apelación Civil, así como el Juzgado Concursal, los Juzgados Primero, Segundo y Tercero Especializados de Cobro Judicial.
En el caso de la materia laboral, se concentrarán los cuatro despachos que integran la Jurisdicción en el I Circuito Judicial de San José, como lo son la Sección Primera y Segunda del Juzgado de Trabajo, el Tribunal de Apelación Laboral y la Sección Especializada de Asistencia Social de la Defensa Pública, así como el Juzgado de Seguridad Social y la Unidad Médico Legal de Seguridad Social.
Nueva Guía del Poder Judicial para abordaje de menores en procesos judiciales
"Con el fin de cumplir con la resolución de la Sala Constitucional número 2019-015639, se diseña este folleto, como uno de los indicadores del cumplimiento de las políticas institucionales del Poder Judicial señaladas en el considerando VI de la sentencia mencionada, en la que se fija el interés superior de la persona menor de edad y el enfoque de género, como pautas para todos los asuntos que tienen relación con gestiones y actuaciones de personas menores de edad ante instancias judiciales, aunado a valorar, la repercusión que tienen las actuaciones judiciales en esa población. propiciando una respuesta efectiva a sus necesidades jurídicas y al ejercicio de sus derechos. A su vez como un instrumento que permita reforzar la observancia y el cumplimiento por parte de los operadores y las operadoras de justicia de las directrices que otorgan trato preferencial a la niñez y la adolescencia, y desarrollar medidas para su cumplimiento."
Así inicia la Justif...
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Vence el próximo lunes 31 de enero, el plazo para pagar sin recargos, ni multas el impuesto a las personas jurídicas correspondiente al periodo fiscal 2022.
Como ya indicamos a inicio de mes, en virtud de no haberse producido variación alguna en el parámetro que sirve anualmente para la definición de este tributo, a saber el salario base del Oficinista 1 en la relación de puestos del Poder Judicial, según se encuentra establecido en la Ley 7337, los montos a pagar este 2022 son los mismos que las sociedades mercantiles, debieron cancelar durante el 2021. Puede conocer las tarifas en nuestra nota en este mismo blog.
Deben cumplir con este deber las sociedades mercantiles, las sucursales de una sociedad extranjera o su representante, las empresas individuales de responsabilidad limitada, las casas extranjeras, las sociedades anónimas, las sociedades de responsabilidad limitada, en comandita o colectivas.
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Nos permitimos retransmitir AVISO de la Dirección Nacional de Notariado:
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La DNN informa a la comunidad notarial que:
1.- A partir del 16 de febrero de 2022 se iniciará la recepción de solicitudes de devolución del Fondo de Garantía Notarial (FGN).2.- Los requisitos para la devolución del FGN serán:Solicitud escrita mediante el Formulario Oficial debidamente completado Comprobante de la suscripción del seguro de Responsabilidad Civil Profesional.
3.- El formulario oficial estará a disposición en nuestro sitio web, a partir de la fecha anteriormente señalada y podrá ser tramitado en forma totalmente electrónica (con firma digital); o bien de manera presencial en los lugares que oportunamente se indicará.
4.- Una vez aprobado el trámite, la DNN remitirá la resolución final al solici...
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