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Guía Práctica para cumplir con paridad de género en las Asociaciones

Se encuentra disponible en la página web del Registro Nacional una guía práctica para que las Asociaciones Civiles y las Asociaciones Solidaristas cumplan debidamente con la Ley N° 8901 “Porcentaje Mínimo de Mujeres que deben Integrar las Directivas de Asociaciones, Sindicatos y Asociaciones Solidaristas” y su Reglamento, en los procesos de divulgación, promoción, información y convocatorias para la elección de sus juntas directivas.

La Guía fue elaborada por el Departamento de Ciudadanía Activa, Liderazgo y Gestión Local del Instituto Nacional de las Mujeres (INAMU), la Asamblea de Trabajadores y Trabajadoras del Banco Popular y Desarrollo Comunal y su Comisión Permanente de la Mujer,  la Dirección Nacional de Desarrollo de la Comunidad (Ministerio de Gobernación y Policía), Unidad de Equidad de Género del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, el Registro de Personas Jurídicas del Registro Nacional (Ministerio de Justicia y Paz) y las Lid...

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Nuevamente a partir de mañana, sociedades y fideicomisos deberán cumplir con el RTBF

A partir de mañana inicia nuevamente el plazo para que tanto las sociedades mercantiles y civiles como los fideicomisos cumplan con la declaración anual de sus beneficiarios en el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales  (RTBF).  Y justo ayer se publicó en La Gaceta, una nueva reforma a la Resolución Conjunta de Alcance General N° DGT-ICD-R-06-2020,  que como sabemos es la norma que establece los lineamientos para el cumplimiento de esta obligación.

Mediante la resolución DGT-ICD-R-010-2022 vigente a partir de ayer, la Dirección General de Tributación y el Instituto Costarricense sobre Drogas acuerdan reformar los numerales 1°, 2°, 6° párrafo final, 13 y 24 párrafo segundo y adicionar un literal c) al artículo 6 bis y un transitorio octavo.

Nos permitimos a continuación unos breves comentarios al respecto.

En el artículo 1 relativo al ALCANCE  se adiciona el término “otras estructuras jurídicas...

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Aprobado en segundo debate proyecto que amplia plazo para declaraciones patrimoniales de sociedades inactivas

Se aprobó anoche en segundo debate el Proyecto de Ley No. 22.307  Simplificación de Trámites Tributarios para personas jurídicas sin actividad lucrativas.   Con esta norma se introducen modificaciones importantes al inciso a) del  artículo 2 de la Ley N° 7092, Ley del Impuesto sobre la Renta, con el objeto de eliminarle la condición de «contribuyentes» a las  sociedades inactivas, a fin de que pasen a considerarse meras declarantes, ya sin relación alguna con el impuesto sobre la renta.     (Al respecto puede leer más en nuestra nota en este mismo blog.)

Pero definitivamente lo que más impacto tiene en este momento es que con la aprobación de esta nueva Ley se amplía por tres meses el plazo para que las sociedades inactivas cumplan con la obligación de presentar la declaración de sus activos, pasivos y capita social dentro del sistema ATV del Ministerio de Hacienda, plazo que como ya sabemos, vencía el próximo martes 15 de marzo.

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Proyecto de ley simplificaría obligaciones tributarias de las sociedades inactivas

De ser aprobado,  prorrogaría además hasta junio,  la obligación de las sociedades inactivas de presentar las declaraciones de su patrimonio

Se aprobó este 8 de marzo en primer debate del Plenario Legislativo, el Proyecto de Ley número 22.307 denominado:  SIMPLIFICACION DE TRAMITES TRIBUTARIOS PARA PERSONAS JURIDICAS SIN ACTIVIDAD LUCRATIVA

La propuesta pretende reformar el inciso a) del  2 de la Ley N° 7092, Ley del Impuesto sobre la renta, del 21 de abril de 1988,  para eliminar la condición de "contribuyentes" a las  sociedades, de manera que pasarían a considerarse meras declarantes, ya sin relación alguna con el impuesto sobre la renta.

Así se leería el texto reformado:

Artículo 2- Contribuyentes.

Independientemente de la nacionalidad, del domicilio y del lugar de la constitución de las personas jurídicas o de la reunión de s...

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A más tardar el 15 de marzo, sociedades inactivas presentarán declaraciones patrimoniales

A partir de diciembre de 2019 se venía anunciando mediante la resolución DGT-R-075-2019 de la Dirección General de Tributación, la obligación para todas las sociedades inactivas de presentar por primera vez una declaración con el dato de sus activos y pasivos. Durante todo el 2020 y el 2021 se estuvo a la espera de que Hacienda pusiera a disposición el formulario para cumplir con esta obligación, pero fue finalmente en diciembre pasado que se emitió un comunicado señalando que a partir del 1 de enero de 2022 y hasta el 15 de marzo inclusive, podrían las sociedades inactivas cumplir con esta declaración, utilizando para ello un nuevo formulario de Declaración Simplificada del Impuesto sobre la Renta. (D-101)

Al respecto aparece el siguiente aviso en la página web del Ministerio de Hacienda:

DISPOSICIÓN DE LA DECLARACIÓN DEL IMPUESTO SOBRE LA RENTA (D-101) PARA SOCIEDADES INACTIVAS

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Nuevo Reglamento de Fiscalización de la DNN

Se publicó en La Gaceta del pasado 2 de febrero, un nuevo Reglamento de Fiscalización de la Dirección Nacional de Notariado, aprobado mediante acuerdo  2022-001-004  tomado en sesión ordinaria N° 001-2022 del Consejo Superior Notarial en fecha 12 de enero de 2022.

En los Considerandos del Reglamento se recuerda que de conformidad con los artículos 81 y 82 de los Lineamientos para el ejercicio y control del servicio notarial, la Dirección Nacional de Notariado "tiene la potestad de fiscalización de cualquier notaría, para verificar el cumplimiento de los requisitos y deberes de la función notarial que estos deben cumplir, así como la observancia de las medidas de seguridad, guarda de protocolo y papel notarial. Es obligación del Notario cooperar activamente en el proceso de fiscalización"

Nos permitimos destacar algunos de los artículos contenidos en este nueva reglamentación:

T...

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Nuevo proyecto de ley permitiría reinscripción de sociedades disueltas de oficio

Sabemos que en octubre del año 2017 entró en vigencia la Ley 9485, mejor conocida como Ley Lázaro que le permitió a las sociedades que habían sido disueltas de oficio por morosidad en el pago del impuesto a las personas jurídicas ( Ley 9024) durante los períodos 2012-2015,  pudieran solicitar su reinscripción, evitando así tener que acudir a procesos de liquidación para recuperar el control de sus bienes y activos.

Luego en setiembre de 2018, con el objeto de brindar una nueva y última oportunidad de reactivación a sociedades en esa condición, se presentó ante la Asamblea Legislativa, el Proyecto de Ley número 20.749 pero que fue dictaminado negativamente por la Comisión de Hacendarios en julio del 2019, produciéndose así el archivo definitivo del mismo.

Aparece hoy en La Gaceta,  la publicación de un nuevo proyecto de Ley 22.905 con miras a dar pie a una nueva Ley Lázaro.

Transcribimos a continuación p...

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Grupos de interés económico y responsabilidad solidaria por deudas ante la CCSS

La semana pasada tuvimos conocimiento de un caso en el que se está responsabilizando en forma solidaria a un Condominio de lotes residenciales por la deuda que tiene con la CCSS,  otra sociedad perteneciente en su carácter personal a un individuo que en su momento fue gerente de la sociedad administradora de dicho Condominio, así como propietario de algunas filiales.

Reiterada jurisprudencia ha tratado el tema de la responsabilidad solidaria de las empresas pertenecientes a un mismo grupo de interés económico de cara a los trabajadores demandantes de sus prestaciones y derechos laborales, bajo la premisa de que resulta contrario a la buena fe contractual,  obligar al trabajador a conocer con exactitud quién es su patrono.

Esta vez sin embargo la situación no tiene que ver con pretensiones de un colaborador hacia la sociedad o sociedades empleadoras sino la aplicación de la figura de la responsabilidad solidaria a un supu...

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