EL BLOG JURÍDICO DE COSTA RICA
Mediante la Ley No. 10181 publicada este lunes en La Gaceta, se introdujeron reformas importantes a tres normas a fin de facilitar el nombramiento de beneficiarios en caso de muerte de los titulares de cuentas bancarias, certificados de depósito, valores nominativos e individuales, cajitas de seguridad, etc. Se autoriza inclusive la posibilidad de que tal designación sea realizada a través de documentos electrónicos mediante el uso de certificados de firma digital.
Nos permitimos transcribir a continuación el texto de las tres normas reformadas:»Ley de Certificados, Firmas Digitales y Documentos ElectrónicosArtículo 5- En particular y excepcionesEn particular y sin que conlleve la exclusión de otros actos, contratos o negocios jurídicos, la utilización de documentos electrónicos es válida para lo siguiente: ( ... )
No se podrán consignar en documentos electrónicos:
a)...
Con vigencia a partir del pasado 21 de junio, la Ley 10171 autorizó a las municipalidades para que por una única vez, otorguen a los sujetos pasivos la condonación total o parcial de los recargos, los intereses y las multas que adeuden a las municipalidades por concepto de precios públicos, arrendamientos y cánones municipales, a excepción de los cánones en telecomunicaciones, en el período comprendido hasta el tercer trimestre del año 2021.
Esta condonación será efectiva solo en el caso de que los sujetos pasivos, dentro de un plazo máximo de tres meses contados a partir del acuerdo municipal indicado en el artículo 2 de esta ley, paguen la totalidad del principal adeudado o se acojan a un arreglo de pago según lo señalado en esta ley, para lo cual deberá presentarse la solicitud ante la administración tributaria del gobierno local, por parte del contribuyente.
Acuerdo municipal para la aplicación de esta leySEGUIR LEYENDO
Con vigencia a partir de hoy, aparece en La Gaceta un novedoso Reglamento de Documentos Notariales Extraprotocolares en soporte Electrónico aprobado por el Consejo Superior Notarial el pasado 18 de mayo.
"IV. La modernización en la actividad notarial implica adaptarse a los cambios jurídicos y a la realidad social imperante, con el propósito de responder a las exigencias de la sociedad y de la actividad notarial, la Dirección Nacional de Notariado y el Consejo Superior Notarial han venido promoviendo la implementación y el uso de la firma digital como herramienta de seguridad y celeridad en la función."
V.—Según el acuerdo 2020-028-004, tomado en sesión extraordinaria N° 028-2020, celebrada por el Consejo Superior Notarial el 16 de septiembre de 2020, todos los notarios públicos deben contar con firma digital a partir del 1 de enero de 2021....
A partir de hoy se encuentra disponible un nuevo servicio del Registro Nacional en convenio con Correos de Costa Rica para hacerle llegar a los notarios o a las partes interesadas, los títulos de propiedad emitidos por el Registro de Bienes Muebles así como las placas metálicas y los "stickers" (dispositivos de identificación) generados en la tramitación de documentos en Ventanilla Digital.
La siguiente explicación aparece en la página web del Registro Nacional:“ (...) El servicio de entrega a domicilio de los requisitos documentales referidos en este punto lo contrata el usuario directamente con la Entidad Autorizada, facilitando el Registro Nacional únicamente el redireccionamiento a la plataforma de esta, mediante el aplicativo de Ventanilla Digital.
En virtud de lo anterior, al contratar el servicio de entrega a domicilio, el usuario que lo solicite excluye de toda responsabilidad al Registro Nacional por cualquie...
La noticia esta mañana del reestablecimiento del Sistema de Administración Virtual (ATV) del Ministerio de Hacienda a partir del próximo lunes 13 de junio, nos hace pensar que por fin se materializará la posibilidad para las sociedades que hubieren sido disueltas por morosidad en el pago del impuesto a las personas jurídicas de tramitar sus solicitudes de cese de disolución ante el Registro Nacional.
De acuerdo con el comunicado que aparece publicado en la página de Hacienda en Facebook, a partir del lunes será posible para todos los interesados realizar el pago de sus impuestos por conectividad con las entidades bancarias que ofrecen dicho servicio. Nos parece entonces que de igual manera, el Registro Nacional recuperará la posibilidad de verificar que estas sociedades se encuentren al día con el pago del tributo, requisito indispensable para poder tramitar las reinscripciones. Sería muy conveniente que el Registro de Personas Jurídicas p...
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Se aprobó recientemente y en segundo debate, el proyecto de ley número 22.086 denominado “Reforma del artículo 27 de la ley 7933, Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio, del 28 de octubre de 1999”. Sin más preámbulo, pareciere que, lastimosamente, esta reforma es una oportunidad desaprovechada. ¿Por qué? Cuesta encontrar en este país la viabilidad política, el tiempo y las oportunidades de negociación para ponerse de acuerdo y aprobar leyes. Más aun, leyes útiles y eficientes. El régimen costarricense de propiedad en condominio, entendido como ese régimen especial de propiedad (mejor dicho, de copropiedad) lo ha pedido a gritos por años, pero no se le ha dado la importancia debida aun y cuando el sector inmobiliario ha evolucionado, siendo crucial para la economía.
¿Vence este 15 de junio el plazo para presentación de declaraciones patrimoniales?
Muchas sociedades inactivas que por primera vez deben cumplir con esta obligación, se están haciendo esta pregunta.
Como ya sabemos, en marzo pasado, la Ley 10160 para la Simplificación de Trámites Tributarios para personas jurídicas sin actividad lucrativa, mediante la adición de un Transitorio VI a la Ley de Impuesto sobre la Renta, amplió hasta el 15 del presente mes de junio, el plazo para que las sociedades inactivas presentasen por primera vez su Declaración de Patrimonio. Dicho plazo vencía originalmente el pasado 15 de marzo.
Transitorio VI- Para el cumplimiento de lo dispuesto en el inciso a) del artículo 2, referente a la declaración informativa de las sociedades inactivas, estas contarán con una prórroga de tres meses a partir de la entrada en vigencia de la presente ley.
La deshabilitación de los sistemas del ATV (Administración Tributaria Virtual), consecue...