Sobre el feriado del 1 de diciembre
Agradecemos a los colegas del Equipo Laboral Luis Sánchez por el excelente resumen que nos compartieron sobre el Día de la Abolición del Ejército en Costa Rica y los criterios que existen sobre la forma en que debe producirse su pago al tratarse de un feriado de pago no obligatorio.
Propiamente en cuanto a su disfrute, si bien el feriado se encuentra establecido el 1 de diciembre, de acuerdo con el art. 148 del Código de Trabajo, este 2022 se traslada para el próximo lunes 5 de diciembre. A partir del 2023, su disfrute sí será el propio 1 de diciembre.
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