Noticias Tirant

Evaluación de riesgos del sector notarial en el lavado de activos y financiamiento del terrorismo

A solicitud de la Dirección Nacional de Notariado nos permitimos copiar el siguiente enlace a una encuesta que tiene como objetivo evaluar los riesgos del ejercicio notarial en materia de legitimación de capitales y financiamiento del terrorismo con miras a lograr el fortalecimiento del notariado en nuestro país.   https://forms.office.com/r/Le5eNrbR1B

Transcribimos textualmente la explicación que aparece al inicio del instrumento, cuyo llenado es totalmente confidencial, sin requerirse del notario(a) que brinde datos de identificación de ningún tipo.

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Evaluación de Riesgos del Sector Notarial Costarricense La evaluación de riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento al Terrorismo (LA/FT) es una actividad intrínseca al propio desarrollo de sistemas preventivos y de lucha contra estos flagelos, estando como tal reflejada en las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financi...

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Pensionados que laboran tienen derecho a subsidios por enfermedad

Se publicó ayer en La Gaceta el acuerdo de la Junta Directiva de la Caja Costarricense que deroga el artículo 44 del Reglamento de Invalidez, Vejez y Muerte, el cual declaraba la incompatibilidad de gozar de una pensión por invalidez o vejez de este régimen con el pago de subsidios por incapacidad  regulados en el Reglamento del Seguro de Salud, para los trabajadores cotizantes, fueran asalariados o independientes.

Así reza el numeral ahora derogado:Artículo 44.- Incompatibilidad de la pensión y el subsidio por enfermedad.    No se pueden recibir subsidios por incapacidad en los términos de los artículos 29º y 34º del Reglamento del Seguro de Salud con la pensión por invalidez o por vejez

Este acuerdo se ajusta a lo resuelto por la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia en múltiples sentencias desde el año 2016, como por ejemplo en el voto 2016-013042 dictado en recurso de amparo tramitado bajo el número de expediente 16-011386-000...

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Ya es oficial: declaraciones del Registro de Transparencia hasta en octubre

De la Dirección General de Tributación y del Instituto Costarricense sobre Drogas aparece hoy la publicación en La Gaceta de la reforma al Transitorio X de la Resolución Resolución Conjunta de Alcance General para el Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales N°DGT-ICD-R-06-2020 a fin de que se lea así: 

“Transitorio X.—Los sujetos obligados a presentar la declaración ordinaria para el período 2024, en esta oportunidad, deberán hacerlo en el período comprendido entre el 01 de octubre de 2024 y hasta el 31 de octubre del 2024, ambos días inclusive, en los años subsiguientes les corresponderá declarar de acuerdo con lo dispuesto en el inciso a) del artículo 6° de la presente Resolución, es decir, en el mes de abril de cada año."

Como justificación de esta nueva prórroga se mencionan las siguientes dos razones:

1.- Entrada en vigencia en marzo de...

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Ultimas modificaciones a la Guía de Calificación del Registro Inmobiliario

Mediante Circulares DRI-005-2024 y DRI-008-2024 del Registro Inmobiliario se resumen las últimas modificaciones introducidas a la Guía de Calificación del Registro Inmobiliario.   Para ver su texto completo haga clic a continuación:  DRI-005-2024 y DRI-008-2024

Nos permitimos comentar algunas de dichas modificaciones.   (En materia de condominios los cambios introducidos fueron sustanciales.  No los abarcamos en la presente nota.)

1) Aportes de bienes inmuebles en la constitución o aumento de capital de sociedades mercantiles:  Se elimina completamente el Capítulo VI de la Guía de Calificación relativo a aportes de bienes inmuebles en la constitución o aumento de capital de sociedades mercantiles.   Lo anterior por cuanto conforme lo establece el Criterio Registral 001-2023 suscrito por la Dirección General del Registro Nacional, la registración de los documentos de constitución de sociedades...

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Unifican en un mismo Tribunal de Trabajo, conocimiento de la segunda instancia en San José

Mediante Circular N° 128-2024 publicada hoy en el Boletín Judicial se hace del conocimiento de los despachos judiciales, abogados y público en general el acuerdo tomado por la Corte Plena a fin de unificar el conocimiento de la segunda instancia en materia de trabajo del Primer, Segundo y Tercer Circuito Judicial de San José en el Tribunal de Apelación de Trabajo del Primer Circuito de San José.    La medida rige a partir del próximo 1 de julio.

Competencia territorialCantón Central de San José:  Carmen, Merced, Hospital, Catedral, Zapote, San Francisco de Dos Ríos, Uruca, Mata Redonda y Pavas. Cantones de Escazú, Desamparados, Puriscal, Aserrí, Mora, Santa Ana, Acosta y Turrubares (excepto el distrito de Carara), distritos de Hatillo y San Sebastián. Cantones de Goicoechea, Alajuelita, Vázquez de Coronado, Tibás, Moravia, Montes de Oca y Curridabat. En materia de arbitrajes de procesos colectivos de carácter económico social, abarcará todo el país. En atenci...

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Presentación de declaraciones al Registro de Transparencia será hasta octubre

Aparece publicado en el sitio web del Ministerio de Hacienda, un comunicado informando del traslado para octubre de este año del plazo para la presentación de declaraciones ordinarias del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales.   (Ver comunicado al final de esta nota)

Este plazo estaba para iniciar el próximo lunes 1 de julio.   Sería entonces la segunda vez este año que se modifica el mes de cumplimiento de esta obligación, originalmente establecido para abril.

Se señala como justificación de esta nueva prórroga:  "..  la parametrización que debe realizar el Banco Central en Costa Rica en la página Central Directo como resultado de una medida cautelar interpuesta contra el párrafo tercero del artículo 5 del Decreto Ejecutivo No. 44390-H  (Reglamento del Registro de Transparencia y Beneficiarios Finales del 13 de febrero de 2024)." 

Se  indica además que en los...

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Obligados tributarios exentos deben cumplir con declaraciones del IVA

Mediante resolución MH-DGT-RES-0013-2024 publicada en La Gaceta del día de hoy,  la Dirección General de Tributación estableció que aún aquellos sujetos que venden bienes o presten servicios exentos del pago del impuesto sobre el valor agregado, tienen el deber formal de presentar la declaración autoliquidativa D104 “Declaración jurada del Impuesto sobre el Valor Agregado”, debiendo declarar todas sus operaciones -sean sujetas gravadas, sujetas exentas; así como sus compras, según corresponda bajo la normativa del impuesto de valor agregado, ya que la norma legal de exención solamente los dispensa del pago del impuesto, no así de las obligaciones formales relacionadas.  Dicha obligación subsistirá mientras no se haya efectuado la desinscripción del  contribuyente.

La presente disposición no aplica para aquellos sujetos considerados como no sujetos del impuesto sobre el valor agregado, en cuyo caso, no deben cumplir con ninguna obligación, ni formal ni material.

Repercusiones del nuevo tope a las viviendas de interés social

En La Gaceta No. 107 del día de hoy,  aparece la publicación del acuerdo tomado por la Junta Directiva del Banco Hipotecario de la Vivienda mediante el cual se establece como nuevo tope a las viviendas consideradas de interés social la suma de ¢76.500.000,00  (setenta y seis millones quinientos mil colones).   Lo anterior de conformidad con el artículo 150 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda que faculta a dicho órgano para ajustar, al menos una vez al año, el tope para la declaratoria de viviendas de interés social.

El último tope se estableció en julio del año 2019 consistente en la suma de ¢65.801.000,00

Valor máximo de las viviendas que se acogen a la declaratoria de interés social

Esta declaratoria es importante toda vez que las inscripciones de escrituras principales, en las que se formalicen las operaciones de las soluciones individuales de vivienda declaradas de interés social, est...

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