Noticias Tirant

Cambia horario de atención de consultas en el Registro Nacional

La Junta Administrativa del Registro Nacional ha comunicado mediante Circular No. DGL-004-2025  que el horario para la atención presencial de consultas sobre verificación de defectos en los documentos en trámite, por parte de los Coordinadores de los Registros Inmobiliario, Bienes Muebles y Personas Jurídicas, en Sede Central,  será de lunes a viernes, de 8:00 de la mañana a 12:00 medio día.

Notarios y topógrafos deben tomar en cuenta que a partir de hoy las consultas sobre defectos anotados en los documentos en trámite únicamente serán atendidas en horas de la mañana.

Se mantiene la alternativa de remitir consultas sobre defectos en los documentos a través de las siguientes direcciones de correo electrónico.  En el caso de defectos relacionados con documentos del Registro Inmobiliario, las consultas deben formularse necesariamente a través del sistema SIRI.   Al respecto puede leer nuestra nota en este mismo b...

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La múltiple carga tributaria del empresario: una realidad impositiva

Agradecemos al Dr. Juan Diego Sánchez, asesor y analista financiero, abogado y profesor, este artículo que estamos seguros será del interés de muchos de los estimados lectores de este blog.

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"La figura de la empresa es un elemento fundamental para definir la dinámica económica en la generación de riqueza y el ejercicio del derecho a la propiedad privada. A efectos de este análisis, la empresa se define como una unidad económica y jurídica con capacidad de actuar y sujeta a derechos derivados de su existencia. Su función es transformar recursos económicos –mediante procesos de producción o servucción (producción de servicios)– en bienes y servicios para su venta o prestación. En esta dinámica, ejerce una función lucrativa al ofrecer al mercado una gama diversa de alternativas de c...

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Sobre los agentes residentes y los correos electrónicos de las sociedades

Agradecemos a la Dirección del Registro de Personas Jurídicas que con prontitud y claridad atendió varias inquietudes relacionadas con la aplicación de las nuevas disposiciones sobre  incorporación de correos electrónicos a las sociedades y la eliminación del cargo de agente residente.

Las resumimos a continuación:

1.-  Innecesaria revocatoria de los nombramientos existentes de agentes residentes:   La Ley 10597 derogó el inciso 13 del art. 18 del Código de Comercio que obligaba al nombramiento de agentes residentes cuando ninguno de los representantes de la sociedad tuviera domicilio en el país.  Surgió la duda entonces de si al momento de solicitarse la inclusión de una cuenta de correo electrónico en la sociedad, convenía solicitar, adicionalmente, la revocatoria del agente residente, en aquellas sociedades que lo tuvieren nombrado.  Nos indicaron en el Registro de Personas Jurídicas que al derogarse la figura del agente residente,  se dero...

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Cambios en CrearEmpresa a partir de hoy. Cuidado con las razones sociales

A partir de hoy, las sociedades que se constituyan en la plataforma CrearEmpresa/Trámite Ya deberán completar un espacio más para  brindar la dirección de correo electrónico.  Se da cumplimiento, de esta forma, a lo dispuesto en la Ley 10597 que reformó el Código de Comercio para obligar a todas las sociedades mercantiles a establecer una cuenta de email en la cual  recibir notificaciones judiciales y administrativas.

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¿Tribunal Constitucional o Contraloría de Servicios?

De don Alex Solís Fallas, abogado constitucionalista y Excontralor General de la República, nos permitimos transcribir el siguiente interesante artículo que gentilmente ha puesto a nuestra disposición:

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¿Tribunal Constitucional o Contraloría de Servicios? La Sala ha adoptado una postura de activismo judicial que la lleva a intervenir en casi todos los aspectos de la vida jurídica y administrativa del país

Desde su creación en 1989, la Sala Constitucional ha contribuido al fortalecimiento del Estado democrático y social de derecho. No obstante, prácticas internas y decisiones de sus magistrados han desviado su función esencial, haciéndola parecer más una “ventanilla de reclamos” o “contraloría de servicios” que un verdadero tribunal constitucional.

Activismo judicial y desnaturalización de funcionesLa Sala ha adoptado una postura de activismo judicial que la l...

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Registro confirma que a partir de hoy sociedades no podrán tener razón social

Sobre la nota que enviamos hace algunos minutos relativa a la Ley 10729 que elimina la posibilidad de asignar razones o denominaciones sociales a las sociedades anónimas y de responsabilidad limitada en vías de constitución, nos confirmaron vía telefónica en la Dirección del Registro de Personas Jurídicas que a partir de hoy estarían exigiendo esta medida para los nuevos trámites que sean presentados.    (Para descargar el texto de la Ley 10729 haga clic aquí.)

No se señalará este defecto en los documentos que se hubieren presentado el viernes pasado, sea a través de Trámite Ya/CrearEmpresa o en Ventanilla Digital.  Tampoco tendrán problema aquellas constituciones de sociedad que ya se encuentren en trámite, y que sean devueltas con algún otro defecto.

Importante por lo tanto que si hoy va presentar la constitución de una sociedad anónima o sociedad de responsabilidad limitada, tome en cuenta este cambio tan ...

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Sociedades anónimas y S.R.L ya no tendrán razón social

Con vigencia a partir de hoy, aparece en la Ley 10729 publicada en el Alcance No. 69 a La Gaceta del pasado viernes por la tarde,  la reforma de varios artículos del Código de Comercio con el objetivo de eliminar la posibilidad de que las sociedades anónimas y las sociedades de responsabilidad limitada obtengan una razón o denominación social al momento de su constitución registral.

Como justificación a esta medida transcribimos de la Exposición de Motivos del Proyecto de ley 23.810 que diera origen a esta reforma normativa:

"En síntesis, ante la pérdida de distintividad de las denominaciones y razones sociales de los entes capitalistas, convirtiéndose únicamente en el cumplimiento de un requisito registral sin utilidad en el mercado, así como el alto grado de probabilidad de consignar el defecto por existir nombres sociales previamente inscritos, retrasando el nacimiento de la persona jurídica para el inicio de las actividades comerciales, así como ...

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Conozca el procedimiento para el registro de correos electrónicos societarios

Mediante la Directriz DPJ-002-2025 de la Dirección del Registro de Personas Jurídicas se establece el procedimiento que deberán seguir a partir del próximo 4 de junio,  tanto las sociedades existentes como las que se constituyan a partir de esa fecha para establecer una dirección de correo electrónico en cumplimiento de lo dispuesto en la Ley 10597.

Puede ingresar al texto completo de la Directriz en su plataforma Prime haciendo clic aquí.Nos permitimos resumir a continuación: SOCIEDADES EXISTENTESLa solicitud de inclusión de la dirección de correo electrónico podrá rogarse de dos maneras:1- Protocolización de acta de asamblea o reunión de socios en la que tomen el acuerdo de reformar el pacto constitutivo para incluir la dirección de correo electrónico.

2.- Solicitud formal en escritura pública.  Presentada directamente ante notario público por los representantes legales o por los apoderados generales o generalísimos de la so...

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