Inquietudes surgidas a raíz del nuevo procedimiento de legalización de libros
A raíz del comentario que remitimos el miércoles de esta semana sobre el tema de la referencia, se generaron en nuestro blog, interesantes opiniones de distinguidos colegas sobre la forma de implementación de las disposiciones reformadas así como las consecuencias que algunas de ellas podrían tener para el otorgamiento de protocolizaciones de actas.
En primer lugar, preocupa cómo podrán los notarios asegurarse que el "número de autorización" que aparezca consignado en la razón de apertura de un libro de actas, sea en físico o digital, que un cliente les presente para protocolizar, haya sido verdaderamente otorgado por la DGT. Hasta ahora el sello y timbres de Tributación en el primer folio de los libros legalizados ha brindado esa certeza. También, surge la inquietud en cuanto a quién o quiénes corresponde consignar dichas razones de apertura: ¿Al representante legal de la sociedad, a los socios, al presidente y secret...
