Publicación de edictos en actos mercantiles
El Registro de Personas Jurídicas emitió recientemente la CIRCULAR DPJ-001-2025 sobre extinción de las sociedades mercantiles (Ver nuestra nota en este mismo blog). Adicionalmente, se abarca en ella, el tema de los edictos que deben publicarse en La Gaceta para la tramitación de los distintos actos y contratos mercantiles.
En el Reglamento, Decreto Ejecutivo No. 44648-MJP, vigente a partir de setiembre del año pasado, se regulan igualmente aspectos varios sobre los edictos.
Nos permitimos resumir a continuación la forma como debe cumplirse con este requisito dependiendo de cada acto:Constitución de sociedades: es suficiente con que el notario dé fe de que el edicto se encuentra en proceso de publicación con vista del recibo de la Imprenta Nacional. Tratándose de sociedades que se tramitan en la plataforma CrearEmpresa, la contratación del edicto se produce en forma automática, sin que deba el notario gestionarla por aparte ante la Imprenta Na...