Más sobre la nueva Ley de Migración
- Contratación de ilegales. Consecuencias para el patrono - Obligación de cotizar a la CCSS - Permanencia provisional por vínculo matrimonial o unión de hecho - Multa de $100 por cada mes de estancia irregular - Aumento en montos de la pensión de rentistas y pensionados - Salario mínimo de ejecutivos y gerentes extranjeros - Posibilidad de prórroga de visa de turista
El primero de marzo pasado entró en vigencia la nueva Ley de Migración, No. 8764 que derogó la No. 8487 que entrara a regir en diciembre de 2005.
Muchos han considerado, en forma equivocada, que temas como multas a los empresarios por contratación de extranjeros en condición migratoria irregular o a los hoteleros por hospedaje de migrantes ilegales son temas novedosos anteriormente no regulados. Lo cierto, sin embargo, es que muchas de estas regulaciones sí se encontraban contempladas en la anterior Ley pero carecían de consecuencias claramente ...