Noticias Tirant

El “solve et repete” en el Código Tributario costarricense

Del Licenciado Alex Rojas Ortega, Máster en Derecho Constitucional, nos permitimos transcribir el siguiente artículo que gentilmente puso a disposición de toda nuestra estimada comunidad de suscriptores.

------------------------------

"El “solve et repete” en materia tributaria. El principio “solve et repete” o pago previo en materia tributaria, en su versión clásica, consiste en la exigencia del pago de la obligación tributaria como condición para el cuestionamiento en sede administrativa o judicial de la determinación tributaria, es decir, de la conducta administrativa que imponga la obligación de pagar una suma de dinero por concepto de deuda tributaria.

La moderna doctrina tributaria ha señalado que la regla “solve et repete” se presenta no solo cuando se impide impugnar la conducta tributaria sin que se haya efectuado previamente el pago del adeudo tributario (“solv...

SEGUIR LEYENDO

Gestionan ante la CCSS aclaración de dudas y aplicación de amnistía en aseguramiento masivo de profesionales en Derecho

En enero de este año, la Lic. Sara Montero Castrillo y un grupo de colaboradores iniciaron gestiones ante la Caja Costarricense de Seguro Social relacionadas con la obligación que tienen tanto los notarios como los abogados de afiliarse  en su condición de trabajadores independientes.

Además de la formulación de varias dudas, los promoventes solicitan a las autoridades de la CCSS que se les exima de cualquier pago retroactivo de cuotas atrasadas y sus intereses a partir de la vigencia del Reglamento de Trabajadores Independientes que data del año 2005, y que independientemente de si dicha deuda se encuentra o no prescrita, se conceda amnistía a los que en forma voluntaria se presenten a cumplir con su afiliación como trabajadores independientes.  Ello justificado en el hecho de estarse evitando a la Institución el excesivo gasto en tiempo y en dinero, que le conllevaría el aseguramiento obligatorio.

Los interesados e...

SEGUIR LEYENDO

Nuevas directrices del Registro de la Propiedad Industrial

Se publicaron en La Gaceta recientemente, dos Directrices del Registro de la Propiedad Industrial.

La primera de ellas, número DPI-001-2016 modifica parcialmente la Directriz 001-2014 relativa a la cancelación de timbre fiscal en trámites varios.

Concretamente, se reduce de seis meses a diez días hábiles el tiempo que se concederá al interesado para que complete la omisión en el pago de timbre fiscal, so pena de abandonarse los trámites relativos a marcas y otros signos distintivos. En el caso de los trámites de patentes, dibujos, modelos industriales y modelos de utilidad, la directriz establece también un plazo de diez días hábiles, en lugar de los tres meses que antes regían, para que se subsane la prevención de falta de timbres.

La medida se toma "... a efecto de garantizar la celeridad procesal permitiendo un proceso registral sin dilaciones indebidas, y en aras de asegurar el mejor cumplimiento posible de l...

SEGUIR LEYENDO

SIETE CONSEJOS PARA INCREMENTAR LAS POSIBILIDADADES DE GANAR UNA LICITACIÓN

Agradecemos al Msc. Juan Carlos Pizarro Corrales, Máster en Derecho Comercial y especialista en contratación administrativa y en regulación de servicios públicos, este interesante artículo sobre un tema de mucho interés para nuestros suscriptores empresarios así como para los colegas que se dedican a la asesoría de procesos licitatorios.

 --------------------------------

"No hay fórmulas mágicas para ganar una licitación y tampoco se pueden ganar todas, pero sí es posible presentar ofertas sólidas y competitivas con mayores posibilidades de que su empresa resulte adjudicada del contrato deseado si se prepara a través un proceso bien pensado y eficiente.

¿Se ha puesto a pensar cuántas veces participa en licitaciones y cuántas veces gana? ¿Cuántas veces ha visto que la adjudicación de un contrato importante se le ha ido de las manos por una apelación? ¿Cuántas veces su ofe...

SEGUIR LEYENDO

Propiedad en condominio. Adquisición de bienes comunes.

Agradecemos al Lic. Carlos Cartín Feoli,  este valioso aporte sobre un tema de frecuente consulta dentro del Régimen de la Propiedad en Condominio, que conviene abrir al intercambio de ideas y de posibles soluciones.

--------------------

"El artículo 27 de la ley 7933 del 28 de octubre de 1999, conocida como Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio, establece dentro de su numeral 27, el número de votos necesarios para adquirir nuevos bienes comunes. Según el inciso b).3 de dicho artículo, para “adquirir nuevos bienes comunes, variar el destino de los existentes o disponer en cualquier forma el modo en que pueden aprovecharse” se hace necesario contar con los votos que representen al menos dos terceras partes del total del valor del edificio. Dicho de otro modo, se requieren dos terceras partes del valor porcentual de la totalidad del condominio.

Ni la ley 7933 ni su Reglamento, e...

SEGUIR LEYENDO

Historias del Protocolo V. Las fiscalizaciones notariales

Nos complace ofrecerles a continuación una nueva entrega de la colección de Historias del Protocolo del Dr. Herman Mora Vargas.

LAS FISCALIZACIONES NOTARIALES

"Para los griegos, era el castigo por anhelo de burlar a Hades y pretender sortear la muerte. Para nosotros, pienso, que es un tema de sortear los días. Lo cierto es que como Sísifo, seguimos dentro de nuestra vertiginosa cotidianeidad, la eterna tortura de empujar la piedra hasta la cima de la montaña, solo para ver como se desliza nuevamente hacia abajo, y así proseguir la repetición absurda de la existencia. Y es que iniciamos la faena el lunes para llegar el fin de semana, alcanzando la cima con la roca, que nuevamente caerá al vacío el domingo, para volver el próximo lunes a empujar la piedra.

Este sombrío escenario, se agrava bajo la óptica del eterno trajín de las jornadas, como si la vida fuera una fábrica de hacer días.  Resulta aún mas funesto, den...

SEGUIR LEYENDO

Pago anticipado de la cuota al Fondo Notarial

La Dirección Nacional de Notariado nos solicita retransmitir el presente comunicado oficial:

PAGO ANTICIPADO DE LA CUOTA MENSUAL

DEL FONDO DE GARANTÍA NOTARIAL

La Dirección Nacional de Notariado le recuerda a toda la comunidad notarial que el pago de la cuota del Fondo de Garantía Notarial debe realizarse antes del inicio de cada mes, lo cual es requisito indispensable para mantenerse habilitado en el ejercicio de la Función Notarial.  (Artículo 112 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial.)   (VER AVISO)

---HASTA AQUÍ AVISO DE LA DNN----

Sobre este mismo tema es importante recordar que a partir del 1 de enero del presente año la cuota del Fondo Notarial se fijó en la suma de ¢12,500 según estudio actuarial que se llevó a cabo el año pasado. La cuota no había sufrido  modificación desde la creación del Fondo en el año 1998.

“Doble cotización” a la CCSS de los notarios pensionados y asalariados

Hace unos meses se comentó mucho en este blog sobre la obligación que tienen los pensionados de cotizar para el seguro de salud cuando realizan actividades remuneradas, ello a pesar de  contar ya con su derecho a gozar de los servicios de salud en virtud, justamente, de su condición de pensionados.  Igualmente muchos colegas,  asegurados como asalariados, se cuestionaban la razón de tenerse que asegurar - otra vez - como trabajadores independientes, y finalmente no faltaron los que cuestionaban en sí misma,  la constitucionalidad de las normas que obligan a todos los trabajadores liberales,  a  asegurarse ante la CCSS.

La discusión surgió con motivo de una directriz de la DNN sobre la obligación de los notarios de asegurarse ante la CCSS  como trabajadores independientes.  http://www.puntojuridico.com/notarios-deben-estar-inscritos-ante-la-ccss-para-ejercer-el-notariado/

Agradecemos a la Lic. Vilma Camacho por re...

SEGUIR LEYENDO