Publican listados de sociedades disueltas por morosidad en el impuesto a las personas jurídicas
En varios Alcances a La Gaceta publicados en estos días, incluyendo el día de hoy, han venido apareciendo listados con el nombre y número de cédula jurídica de sociedades que adeudan tres o más períodos del así llamado, impuesto a las sociedades. Se señala expresamente en estas publicaciones que las sociedades mencionadas se encuentran disueltas de pleno derecho. Se indica además que de acuerdo con el artículo 207 del Código de Comercio, dentro del plazo de treinta días hábiles, los interesados que lo tengan a bien, pueden presentar las consideraciones del caso ante la autoridad jurisdiccional competente. Transcurrido dicho plazo se procederá a la cancelación de la inscripción de las entidades y a la respectiva anotación de las hipotecas legales preferentes o prendas preferentes en los Registros respectivos, para que procedan conforme corresponda.
El Registro Nacional cumple de esta forma con lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 9024...
