Consulte los listados de sociedades disueltas en su sistema Master Lex
Durante el mes de diciembre pasado, se publicaron en La Gaceta, varios listados con el nombre y número de cédula jurídica de sociedades que adeudaban tres o más períodos del impuesto a las personas jurídicas. Expresamente se indicó que las sociedades incluidas en dichos listados se encontraban disueltas de pleno derecho. De acuerdo con el artículo 207 del Código de Comercio, dentro del plazo de treinta días hábiles, los interesados podían presentar las consideraciones del caso ante la autoridad jurisdiccional competente. Transcurrido dicho plazo, el Registro procedería a la cancelación de la inscripción de las entidades y a la respectiva anotación de las hipotecas legales preferentes o prendas preferentes en el caso de sociedades con bienes inscritos.
De esta forma, el Registro Nacional dio cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 6 de la Ley 9024 de Impuesto a las Personas Jurídicas en cuanto dispone:Artículo 6.- Disolución y cancelaci...
