Extranjeros con residencia en trámite pueden permanecer en el país
Agradecemos al estimado colega Sebastián Vargas Roldán que nos pusiera al tanto de un importante oficio que la Dirección General de Migración emitió en respuesta a la consulta que él les formulara sobre la posibilidad de las personas extranjeras, con solicitudes de residencia en trámite, de permanecer en el país pese al vencimiento de sus visas o permisos de ingreso.
En su respuesta, la MBA Gisela Yockchen Mora, Directora General de Migración y Extranjería establece lo siguiente:"De conformidad con el artículo 91 de la Ley General de Migración y Extranjería número 8764, la persona extranjera a la que se le venza el plazo máximo de permanencia en el país, debe hacer abandono de este, sin embargo también debe tomarse en cuanto lo señalado por el artículo 89 de la ley mencionada, el cual manifiesta que quienes ingresen al territorio nacional como no residentes pueden cambiar su categoría migratoria, obviamente para ello deben cumplir con los req...
