Noticias Tirant

Ya es Ley, la posibilidad para las sociedades disueltas de solicitar su reinscripción

Conocida como la Ley Lázaro, se publicó ayer por la tarde en La Gaceta,  la Ley 9485 que reforma el Transitorio II de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, para darle la posibilidad a las sociedades disueltas de solicitar su reinscripción.

A través de esta reforma las sociedades que hubieren sido disueltas de pleno derecho por acumulación de tres o más períodos del impuesto que rigió con la Ley 9024 durante los años 2012-2015, podrán - si lo desean- solicitar al Registro de Personas Jurídicas, su reinscripción.

Como requisito deberán encontrarse al día en el pago de dicho tributo, teniendo plazo para realizar esa cancelación total hasta el 15 de diciembre del presente año 2017.

Propiamente las solicitudes de cese de disolución podrán tramitarse en el Registro hasta el 15 de enero de 2018 "... quedando dichas personas jurídicas en la misma condición jurídica en que...

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Sobre la corrupción de jueces

De la colección de artículos Dr. Pablo Solano en materia penal,  ofrecemos esta semana una nueva entrega relativa esta vez a la corrupción de jueces.

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"En la serie de artículos sobre la delincuencia en la función pública, hoy se abordará la figura de la Corrupción de Jueces. Nuestra legislación penal establece en el artículo 351:  “En el caso del artículo 348, la pena será de cuatro a doce años de prisión, si el autor fuere Juez o un árbitro y la ventaja o la promesa tuviere por objeto favorecer o perjudicar a una parte en el trámite o la resolución de un proceso, aunque sea de carácter administrativo. Si la resolución injusta fuere una condena penal a más de ocho años de prisión, la pena será de prisión de cuatro a ocho años.”

Lo primero que se debe explicar, es la remisión expresa que se hace al artículo 348 que regula el delito de cohecho propio y que lo analiz...

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Empieza a escasear la estampilla de timbre fiscal

En mayo del 2016, el Ministerio de Hacienda publicó el Decreto Ejecutivo No. 39529-H mediante el cual dispuso la eliminación de la estampilla de timbre fiscal y consolidación del cobro electrónico como único medio para su recaudación.  (Ver nota)

Para tal efecto el Ministerio de Hacienda indicó que se formalizarían con los bancos recaudadores de impuestos,  mecanismos electrónicos que permitieran "... el pago de dicho tributo de forma simple y unificada, aceptable y comprensible para todas las instancias obligadas a exigir el pago de timbres fiscales en sus trámites."

Se indicó en aquel momento que la venta física del timbre se mantendría hasta el 31 de diciembre del 2016 o hasta agotar las existencias de especies físicas, en el entendido de que no se elaborarían más timbres físicos.

Finalmente se instruía a la Dirección General de Hacienda para que realizase, en un plazo ...

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Nueva consulta sobre traspasos exentos en portal del Registro Nacional

Se habilitó en estos días una nueva consulta sobre traspasos exentos en el portal del Registro Nacional.   Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el Transitorio III de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas que empezó a regir el pasado 1 de setiembre:

"Transitorio III.- A partir de la entrada en vigencia de esta ley y por un plazo de doce meses, estarán exentos del respectivo impuesto sobre el traspaso y del pago de timbres y derechos registrales los traspasos de bienes muebles e inmuebles que se realicen de sociedades mercantiles que hayan estado inactivas ante la autoridad tributaria por al menos veinticuatro meses con anterioridad a la vigencia de esta ley a otras personas físicas o jurídicas, lo anterior por una única vez."

Según el Reglamento a esta nueva Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas:  "Para los efectos del Transitorio lII de la Ley, se entenderán "inactivas" aquellos obligados tributar...

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Registro emite circulares sobre renuncia de personeros y otros a las sociedades

El Registro de Personas Jurídicas emitió recientemente dos circulares sobre la renuncia que distintos personeros y otros funcionarios pueden presentar a las sociedades mercantiles, sucursales extranjeras y empresas individuales de responsabilidad limitada.  Se trata de las Circulares D.P.J.-011-2017 y D.P.J-012-2017.

La primera de ellas regula las renuncias contempladas en el Transitorio IV de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, N° 9428.  Este transitorio concede un plazo de 24 meses para que los gerentes, miembros de la Junta Directiva o con cargos de administración, así como los fiscales renuncien de manera unilateral a sus puestos.  Expresamente se señala en la Circular 011-2017 que en estos casos,  deberán los registradores verificar que las entidades se encuentren al día en el pago del impuesto regulado por la Ley 9024, es decir el que estuvo al cobro durante el período 2012-2015,  según lo establece el Reglamento a la Ley del Impue...

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Registro sí inscribe documentos y emite certificaciones de sociedades morosas Ley 9024

Con motivo de la nueva funcionalidad que el Ministerio de Hacienda habilitó en su página web para verificar el cumplimiento  del impuesto a las personas jurídicas al cobro con la Ley 9428 vigente a partir del 1 de setiembre de este año, publicamos ayer una nota en este mismo blog.     (Ver nota)

Indicamos en nuestro comentario que esta nueva herramienta de consulta resultaba importante para los notarios que tienen ahora obligación de consignar la morosidad de las sociedades en las certificaciones literales y de personería.  Señalamos además que  para verificar lo concerniente al impuesto al cobro con la anterior Ley 9024,  tendrían los notarios que buscar la información en la página web del Registro Nacional.

En nuestra opinión esta obligación notarial debía abarcar tanto el impuesto adeudado con la Ley 9024 como con la nueva Ley vigente este año, y argumentamos para ello, que el Registro Nacional no inscribÃ...

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Ministerio de Hacienda habilita consulta impuesto a las personas jurídicas

El Ministerio de Hacienda habilitó en su portal, una nueva funcionalidad denominada CONSULTA IMPUESTO A LAS PERSONAS JURIDICAS

Puede ingresar a ella haciendo clic en el siguiente vínculo:

 https://www.hacienda.go.cr/ATV/frmConsultaImpPerJuridicas.aspx

Esta nueva aplicación permite establecer si una sociedad se encuentra o no morosa en el impuesto al cobro este año 2017 según Ley 9428 que entrara en vigencia el pasado 1 de setiembre.

La posibilidad de hacer esta consulta es importante para los notarios toda vez que el artículo 5 de la  Ley 9428 dispone:

"De igual manera, los notarios públicos que emitan certificaciones de personería jurídica y certificaciones literales de sociedad a los contribuyentes que no se encuentren al día con el pago de este impuesto deberán consignar su condición en el documento re...

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Directriz del Poder Judicial en relación a la tormenta tropical Nate

Copiamos a continuación Circular 162-2017 del Poder Judicial en relación a la emergencia nacional que estamos viviendo estos días.

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CIRCULAR No.162-2017

Asunto : Atención de emergencia nacional por tormenta tropical Nate

A LAS OFICINAS JUDICIALES DEL PAÍS

SE LES HACE SABER QUE :

El Consejo Superior del Poder Judicial en sesión No. 91-17 celebrada el 5 de octubre de 2017, artículo único, ante la declaratoria de emergencia emitida por la Comisión Nacional de Emergencias, y el decreto de asueto por parte del Poder Ejecutivo los días 5 y 6 de octubre de 2017 (CP-376-2017), acordó lo siguiente:

Suspender las diligencias judiciales y evacuar totalmente los edificios de forma inmediata, los días 5 y 6 de octubre de 2017, en todo el país. No deben permanecer personas detenid...

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