DNN confirma nueva regulación sobre avalúo pericial de bienes en procesos sucesorios
En sesión del pasado 11 de octubre, el Consejo Superior Notarial acordó derogar el acuerdo 2014-022-002 que disponía la obligación de los notarios de realizar siempre, en todo proceso sucesorio, el avalúo pericial de los bienes inventariados.
La medida se toma con fundamento en las nuevas disposiciones del Código Procesal Civil, vigentes a partir del 8 de octubre del año en curso.
Así reza el artículo 128.3 de este nuevo Código, contenido en el Título II relativo a los Procesos Sucesorios:
"128.3 Avalúo. Cuando los inmuebles, vehículos u otros bienes tengan asignado un valor tributario o fiscal actualizado en los últimos dos años o se tratara de bienes cotizados en bolsa, ese se tendrá como valor real. En los demás casos, se nombrará perito.
Cuando se nombre perito, el dictamen se pondrá en conocimiento de los interesados por el plazo de...
