Notarios deberán corroborar pago de impuesto en traspasos de no domiciliados
Como habíamos indicado anteriormente en este mismo blog, con la entrada en vigencia de la Ley y Reglamento al Impuesto sobre la Renta el pasado 1 de julio, surgió para el Registro Nacional la obligación de corroborar el pago del impuesto a las ganancias de capital en casos de traspasos de bienes pertenecientes a personas no domiciliadas, como condición previa para su inscripción. Así se encuentra estipulado en el art. 28 ter de la Ley de Impuesto sobre la Renta No. 7092.
Se esperaba que en la reforma al Reglamento a dicha Ley publicado la semana pasada, se aclarara el procedimiento para el cumplimiento de este nuevo requisito tanto por parte del Registro como de los notarios e interesados en la inscripción de estos actos de traspaso. Lamentablemente en el Reglamento únicamente se estableció que será a través de una resolución conjunta de alcance general emitida por el Ministerio de Hacienda y el Registro Nacional que se definirá el procedimiento res...
