Nuevo Reglamento para la prevención de la Legitimación de Capitales
Se publicó en La Gaceta el pasado 19 de noviembre, una nueva Reglamentación de los artículos 15 bis y 15 ter de la Ley 7786, Ley sobre Estupefacientes, sustancias psicotrópicas, drogas de uso no autorizado, actividades conexas, legitimación de capitales y financiamiento al terrorimos. Se trata de una resolución tomada por el Consejo Nacional de Supervisión del Sistema Financiero en sesión número 1542-2019 del 4 de noviembre.
Esta nueva reglamentación tiene por objeto definir las responsabilidades y las obligaciones, con base en riesgo, según el tipo de sujeto obligado, para la prevención del riesgo de Legitimación de Capitales, Financiamiento del Terrorismo y Financiamiento de la Proliferación de Armas de Destrucción Masiva (LC/FT/FPADM), o de cualquier otra actividad ilícita determinada por la Ley 7786 y sus reformas. Aplica a los sujetos obligados, que realicen alguna o algunas de las actividades descritas en los artículos 15 y 15 bis de l...
