Registro Inmobiliario confirma que traspasos otorgados el próximo lunes también gozarán exención del transitorio V
En relación con el vencimiento del plazo de seis meses para el traspaso exento de bienes pertenecientes a sociedades inactivas conferido por el Transitorio V de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas surgía la duda en cuanto a si dicho plazo debía considerarse que concluía el último día del mes de setiembre o si podía extenderse al próximo lunes 1 de octubre. La segunda inquietud era en relación con el significado de la frase "traspasos que se realicen" contenida en dicho transitorio, en el sentido de si implicaba la obligación de PRESENTAR al Diario las respectivas escrituras de traspaso o si lo que debía tomarse en cuenta para efectos de la aplicación de la exoneración era la fecha de OTORGAMIENTO de los actos de traspaso.
Elevamos la consulta tanto al Registro de Bienes Muebles como al Registro Inmobilario pero a esta fecha únicamente hemos obtenido respuesta del segundo.
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