Mañana vence plazo para presentación de disoluciones sin pago de nuevo impuesto
De conformidad con lo establecido en el Transitorio II de la Ley 9024, los interesados en disolver sociedades mercantiles, sin tener que realizar el pago del impuesto a las personas jurídicas, cuentan hasta mañana viernes a las 3:00 p.m. para presentar al Diario del Registro, los respectivos testimonios de disolución.
Es importante recordar que en la tramitación de estos actos, el notario debe dar fe de la publicación del aviso de disolución con vista en la publicación efectiva del mismo en La Gaceta, y no con vista del recibo de contratación del mismo con la Imprenta Nacional.
Estos días se han producido largas filas tanto en las instalaciones de la Imprenta Nacional en el Registro como en La Uruca, de personas que equivocadamente consideran que deben dar fe de la contratación del aviso como requisito de admisibilidad de las disoluciones de sociedad.
En la Coordinación del R...