M. 2012

DNN advierte cuidados en la presentación de índices por correo postal certificado

En relación con este medio que algunos notarios utilizan todavía para remitir sus índices quincenales al Archivo Notarial, la Dirección Nacional de Notariado nos ha solicitado que retransmitamos el siguiente aviso, el cual pueden descargar haciendo clic a continuación:    AVISO DE LA DNN SOBRE INDICES PRESENTADOS VIA CORREO CERTIFICADO

Al respecto nos permitimos algunos breves comentarios.

La posibilidad de presentar índices de instrumentos públicos a través del correo certificado ha existido desde hace muchos años, sin embargo, quienes confían todavía en este mecanismo deben tener presente que la acreditación de los mismos, es decir, el que sean "recibidos conforme" por el Archivo Notarial no siempre se produce.   Causas de ello  son principalmente errores al momento de adjuntar la información que en algunos casos debe aportarse, por ejemplo, cuando se declaran testamentos o modificaciones o revocatorias de otros instrumentos públicos.  También ...

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Traspasos de inmuebles destinados a vivienda ya pueden ser calculados en TASABAN

Se elimina de esta forma el inconveniente que enfrentaban los usuarios del sistema TASABAN al momento de requerir la tasación de traspasos de viviendas.   La nueva opción se encuentra de última dentro de la sección de BIENES INMUEBLES y se denomina VENTA DESTINADA A VIVIENDA.

Esta adición es importante pues en este tipo de traspasos, aplican tarifas más reducidas de timbre agrario que las que corresponden ser pagadas cuando los inmuebles tienen otra naturaleza.   Dependiendo del valor del inmueble, la diferencia puede ser incluso de hasta  ¢27,000.

De manera que quienes requieran calcular este tipo de traspasos, incluyendo donaciones, daciones en pago, etc no tendrán ya que requerir la confección de un entero  específico al funcionario en  ventanilla o completarlo ellos mismos en www.bancobcr.com

También sobre el sistema TASABAN, constatamos que si bien sigue apareciendo dentro...

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Registro Nacional define procedimiento para legalización de libros

El Registro de Personas Jurídicas emitió ayer la Circular Administrativa No. D.R.P.J. -010-2012  en la que instruye a los coordinadores y registradores  sobre el procedimiento que a partir del próximo 7 de enero deberán seguir para la legalización de los libros de actas de Asamblea de Socios, de Registro de Socios y de Consejo de Administración, éstos últimos en caso de sociedades anónimas.

Es así que dentro del plazo conferido al efecto, el Registro Nacional asume esta nueva función según le fuera encomendada mediante reforma introducida al artículo 263 del Código de Comercio por la Ley de Fortalecimiento de la Gestión Tributaria No. 9069.

Si desea conocer el texto de la Circular así como del Reglamento que sirve de fundamento a la misma, descárguelos  haciendo clic sobre sus nombres:  CIRCULAR D.R.P.J-010-2012 y Reglamento para la legalización de libros emitido por la Junta Administrativa del Registro Nac...

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Definidas también tarifas del impuesto a las personas jurídicas a pagar en enero de 2013

Con la determinación del salario base del Auxiliar Administrativo 1 por parte del Consejo Superior del  Poder Judicial en la suma mensual de ¢379,400 colones, resulta posible establecer las sumas que deberán pagar por concepto de este nuevo impuesto  tanto las sociedades mercantiles  ya existentes como las sociedades nuevas que se constituyan a partir del próximo año.

Si desea ver nuestro comentario sobre este particular haga clic a continuación:  DEFINEN SALARIO BASE PARA APLICACION DE PENAS, MULTAS E IMPUESTOS EN EL 2013

EN EL CASO DE LAS SOCIEDADES YA CONSTITUIDAS

De conformidad con el art. 3 de la Ley 9024, corresponde a las sociedades ACTIVAS pagar un importe equivalente al 50% del salario indicado, el cual quedaría por consiguiente en la suma de  ¢189,700 colones.  Las sociedades INACTIVAS pagarán la cantidad de ¢94,850 equivalente al 25% de ese mismo salario base.

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Definen salario que servirá de referencia para aplicación de penas,multas e impuestos en el 2013

Mediante Circular 191-2012 se comunica a todas las autoridades judiciales del país, abogados y público en general que el Consejo Superior del Poder Judicial estableció en la suma de ¢ 379.400.00 (trescientos setenta y nueve mil cuatrocientos colones  exactos), el salario base que servirá como parámetro durante el 2013 para la determinación  de diversas penas establecidas en el Código Penal, así como otras multas e impuestos contenidos en normas que utilizan este mismo salario como referencia.

El acuerdo se tomó en la sesión 107, este martes 11 de diciembre y se encuentra pendiente de publicación en La Gaceta.  Tiene como fundamento lo dispuesto en el artículo 2° de la Ley N° 7337 de 5 de mayo de 1993, que transcribimos a continuación para su mejor conocimiento:

Artículo 2.- La denominación "salario base", contenida en los artículos 209, 212, 216 y 384 del Código Penal, corresponde al monto equivalente al ...

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También el Registro de Personas Jurídicas emite circular sobre el timbre agrario

El Registro de Personas Jurídicas emitió la Circular DRPJ-008-2012 sobre la aplicación de las nuevas regulaciones contenidas en el artículo 14 reformado de la Ley de Creación del Timbre Agrario, No. 5792.

Si desea conocer su contenido descárguela a continuación:   CIRCULAR DRPJ-008-2012Nos permitimos resumir algunos aspectos que sobre este tema nos parece importante destacar.FECHA A PARTIR DE LA CUAL APLICAN NUEVAS DISPOSICIONES

Se establece como fecha de entrada en vigencia, el viernes 30 de noviembre, es decir, al día siguiente  de publicación de la Ley No. 9036 de Transformación del IDA en el INDER, y no el propio 29 de noviembre como lo definen tanto el Registro Inmobiliario como el de Bienes Muebles.

En segundo término se establece que por la naturaleza constitutiva del Registro de Personas Jurídicas,  el hecho generador a partir del cual corresponde la aplicación de las reformas al timbre agrario, l...

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Registro Inmobiliario emite circular sobre nuevas regulaciones del timbre agrario

Como ya es del conocimiento de todos, entraron a regir la semana pasada nuevas regulaciones relativas al pago del timbre agrario en actos registrales tanto de bienes muebles, como inmuebles y de personas jurídicas.

Ya les habíamos informado las disposiciones particulares tomadas por el Registro de Muebles en cuanto a estas modificaciones (Ver nota de la semana pasada). Ahora lo ponemos al tanto de los resuelto por el Registro Inmobiliario. En comentario aparte nos referimos a lo regulado por el de Personas Jurídicas.

En una completa circular de más de siete folios, el Registro Inmobiliario se refiere a muchos aspectos que los registradores deberán tomar en cuanta ahora: desde la necesidad de tener por sustituido el nombre del IDA por el nuevo INDER en todos los bienes y obligaciones pertenecientes a dicha institución como el procedimiento para la inscripción de trámites mediante exhorto.

Mencionaremos a continuació...

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Aparentemente no aplicarán más descuento del 6% al timbre agrario

CComo ya es conocido, desde ayer jueves, aumentaron las tarifas que corresponde pagar por concepto de timbre agrario en varios actos registrales.

Sin embargo, existe en este momento la inquietud en cuanto a la no aplicación que en el sistema TASABAN se está haciendo del 6% de descuento contemplado en el artículo 3 de la Ley Arancel de REgistro Público, No. 4564, que transcribimos a continuación para su mejor conocimiento:Artículo 3.- Anotación e inscripción Todos los actos o contratos inscribibles en el Registro Público deberán cancelar, al ser presentados, todos los tributos, timbres e impuestos respectivos, los cuales se cancelarán mediante entero bancario. A los tributos y timbres podrá aplicárseles un descuento de un seis por ciento (6%).En conversación telefónica con funcionarios del INDER nos señalaban que después de un análisis de la norma indicada así como de la Ley de Expendio de Timbres No. 5790, llegaron a la conclusión de que el descuento del 6% no correspon...

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