Modifican mecanismo para la declaración y pago del impuesto solidario a las casas de lujo
El transitorio único de la resolución DGT-029-2009 establecía que todos aquellos sujetos pasivos del impuesto solidario para el fortalecimiento de programas de vivienda, creado mediante Ley No. 8683, que tuvieran domiciliada una cuenta cliente en el sistema conocido como Tribunet debían realizar el pago en forma electrónica a través de ese medio.
Sin embargo, aclara la Dirección General de Tributación que habiéndose presentado en los últimos días, situaciones de fuerza mayor que demoran y en algunos casos impiden el acceso de los interesados a este mecanismo de pago, se establece que hasta tanto no se comunique una forma única de presentación de declaraciones y de pago, los contribuyentes de este impuesto podrán declarar y cancelar su importe utilizando los formularios en documento físico, D179 y D-110. Ambos documentos estarán disponibles en todas las administraciones tributarias territoriales y en todas las entidades recaudadoras autorizad...