¿Conviene aplicar circular que elimina edicto en constitución de sociedades denominadas con número de cédula jurídica?
El viernes pasado se publicó en La Gaceta, la Circular DRPJ-006-2011 que elimina el requisito de publicación del edicto de constitución de aquellas sociedades cuya denominación social sea el propio número de cédula de persona jurídica.
Argumenta la Dirección del Registro de Personas Jurídicas que: "En virtud de que el número de cédula de persona jurídica es único e irrepetible, no existe la posibilidad de que dicha denominación tenga similitud con otra entidad o marca comercial previamente inscritas, por lo que resulta innecesaria la publicación del edicto que establece el artículo 19 del Código de Comercio, pues dicha publicación se realiza con la intención de dar publicidad a la denominación de la nueva entidad, a efecto de que quienes consideren que dicha denominación es similar con otra o con una marca comercial previamente inscrita, se apersonen ante el Registro a hacer valer sus derechos, todo de conformidad con lo dispuesto en los a...