A solicitud de la Dirección Nacional de Notariado retransmitimos este aviso que saldrá publicado a partir del próximo domingo en varios medios de comunicación colectiva.
DESCARGAR AVISO DE LA DNN
Ofrecemos a continuación un breve resumen de lo estipulado por el Director Nacional de Notariado, Lic. Roy Jiménez en relación con este importante tema.
Antes de la entrada en vigencia del Código Notarial, los notarios con puestos públicos de medio tiempo o menos, podían ejercer sin restricción alguna el notariado. A partir de la promulgación del Código Notarial en abril de 1998, se prohibió el ejercicio notarial con excepción de aquellos profesionales que reunieran todos y cada uno de los siguientes presupuestos:
1.- Estar contratados a plazo fijo.
2.- Excluidos del Régimen de Servicio Civil.
Sancionarán notarios que otorguen matrimonios simulados
Silvia Pacheco spacheco@masterlex.com
Vigente desde el pasado martes 17 de noviembre, la Ley 8781 impone sanciones tanto disciplinarias como penales a los Notario Públicos que dolosamente otorguen matrimonios simulados.
Igualmente serán sancionadas las personas que den su consentimiento para casarse, a sabiendas de que el matrimonio no tiene como propósito el cumplimiento de los fines previstos en el Código de Familia, o cuando alguno de los contrayentes otorgue al otro, por sí o por interpósita persona, un beneficio patrimonial con el fin de que brinde su consentimiento para casarse.
La pena de prisión será mayor cuando el matrimonio se celebre para obtener beneficios migratorios de cualquier tipo. (De 3 a 6 años)
La Ley 8781 define como matrimonio simulado, la unión marital que, cumpliendo con las formalidades de ley, no tenga por objeto cumplir los fines esenciales previstos ...
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Silvia Pacheco spacheco@masterlex.com
Según informamos hace alguna semanas, la Comisión de Aranceles del Colegio de Abogados y el Ministerio de Justicia se encuentran gestionando la emisión de un nuevo Arancel de honorarios profesionales de abogacía y notariado que sustituya el que fuera publicado en agosto del año 2005.
El texto de este nuevo Arancel fue enviado por el Ministerio de Justicia a la Oficina de Leyes y Decretos en Casa Presidencial para de ahí, pasar para su publicación en el Diario Oficial La Gaceta.
Sin embargo, tenemos conocimiento que hace dos semanas, el documento fue devuelto al Ministerio de Justicia para que sean subsanadas ciertas inconsistencias.
Por consiguiente se retrasa la entrada en vigencia de este nuevo Arancel de Honorarios. Consideramos difícil que pueda salir publicado en el curso de lo que resta de este año 2009. Sin embargo, en cuanto así ...
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Nos parece importante reproducir este comentario que enviamos hace algunos meses pues son frecuentes las consultas de estimados suscriptores sobre supuestas inconsistencias entre los resultados que para el pago de timbres obtienen del sistema TASABAN del BCR y los que brinda nuestro programa MASTER LEX CALCULOS.
Nos parece conveniente detallar estos casos, a fin de que al momento de utilizar el sistema TASABAN puedan elegir la opción de cálculo correcta que requieren tasar, y se eviten así el pago de sumas en exceso o bien, la devolución de escrituras por falta de pago en timbres.
Poder generalísimo de persona física a persona física
Es importante diferenciar el poder generalísimo que otorga una persona física a otra, del mandato que pueda concederse a una persona para que actúe en representación de una sociedad mercantil. En el primer caso, el total de timbres asciende a ¢2,251...
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Master Lex, una empresa al servicio del conocimiento y la difusión del Derecho, desea contribuir a la formación de opinión acerca de los temas más relevantes, que en los campos legislativo y judicial son objeto de debate público en Costa Rica.
PUNTO JURIDICO es ese espacio donde usted podrá informarse sobre los últimos acontecimientos jurídicos, reformas normativas, normas de reciente publicación, avisos de interés, y donde podrá participar con sus comentarios y opiniones en los diversos blogs que sobre temas específicos iniciemos y que serán enriquecidos con los aportes de toda la Comunidad de suscriptores Master Lex.
Lo invitamos a hacernos llegar sus artículos o comentarios sobre temas de relevancia jurídica y que desee compartir con todos, así como sus propuestas de estudio de aspectos que en el quehacer jurídico pueda resultar de interés general desarrollar. Escríbanos a legal@masterlex.com
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Silvia Pacheco legal@masterlex.com
En mayo de 2006, la Sala Constitucional declaró, mediante voto Nº 7965, que las funciones administrativas de la Dirección Nacional de Notariado, no enmarcaban dentro de las que podían concebirse como excepcionales del Poder Judicial, dirigidas a coadyuvar en la organización y funcionamiento de los juzgados y tribunales de la República. Por ello, declaró inconstitucional la permanencia de la DNN en el Poder Judicial, otorgando un plazo de tres años a la Asamblea Legislativa para que definiera el nuevo ente u órgano público al que se adscribiría esta entidad, así como para que efectuara las reformas necesarias en el Código Notarial para la definición del procedimiento de designación del Director Nacional de Notariado.
Este plazo de tres años concedido a la Asamblea Legislativa vence el próximo 18 de enero de 2010, sin que se cuente a la fecha con una Ley aprobada que resuelva la situación, con el agravante de que...
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