a. Agosto

Comunicados de interés en la página web de la DNN

Encontramos en  la página web de la Dirección Nacional de Notariado (http://consulta.dnn.go.cr/consultapublica/) varios comunicados de interés para los notarios públicos en ejercicio.  De momento, nos permitimos comentar los siguientes dos:

OBLIGACION DE INFORMAR SALIDAS DEL PAIS:  Según lo dispuesto en los artículos 53 del Código Notarial y 34 de los Lineamientos para el Ejercicio y Control del Servicio Notarial, toda salida del país por parte de un notario público debe ser informada con antelación a la DNN.   Solamente en casos excepcionales y con la debida justificación se permitirá al notario informar sobre su salida, en un plazo no mayor a dos días después de su regreso.

Todas las comunicaciones deberán hacerse por escrito directamente en la DNN, o bien mediante el fax 2528-5752 o a la cuenta de correo electrónico salidadelpais@dnn.go.cr

Cuando la salida del país sea p...

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Actual sitio web del Registro dejará de funcionar en setiembre

 Se informa hoy en La Nación, página 8A, que a mediados del próximo mes de setiembre .. "Consultar en forma electrónica el detalle de propiedades y gravámenes en el Registro Nacional dejará de ser gratuito".   Según este artículo, los usuarios deberán pagar la suma de 2,500 para acceder a la información registral, la cual deberán requerir en el nuevo sitio oficial del Registro www.rnpdigital.com  toda vez que el actual www.registronacional.go.cr quedará fuera de servicio a partir de ese momento.    Aparentemente, seguiría sin costo, la obtención de algunos pocos datos básicos de bienes como por ejemplo nombre de propietarios, número de finca y valor fiscal.   Se comenta, finalmente, que el Colegio de Abogados  "levantó la voz al considerar que la disposición del Registro se contraponía a la política de acceso a la información pública gratuita, propuesta en el proyecto de Gobierno Digital."  En principio, el Colegio de Abogados estaría formulando un recurso ...

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Teletrabajo de colaboradoras embarazadas

-Deberán contar en sus hogares con equipos que permitan teletrabajo -Instituciones públicas y privadas deben respetar medida -Quedan excluidas colaboradoras, cuyas funciones requieran necesaria presencia en lugar de trabajo.

Se publicó el 20 de agosto del año en curso, en el Diario Oficial La Gaceta, el Decreto Ejecutivo No. 35434-S-MTSS, denominado: Implementación del teletrabajo en mujeres que se encuentren en estado de embarazo que presten servicios en instituciones públicas y empresas públicas del estado y todas las empresas del sector privado.

La medida es decretada en conjunto por la Presidencia de la República, el Ministerio de Salud y el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social con el objeto de disminuir el riesgo en que se encuentran las trabajadoras embarazadas ante la influenza pandémica AH1N1, por cuanto su condición las hace más propensas a infecciones y enfermedades que pueden tener...

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Avalúo Pericial en los Procesos Sucesorios

En atención de la consulta que formulamos a la Dirección Nacional de Notariado sobre la facultad que tienen los notarios en la tramitación de procesos sucesorios,  de elegir libremente los peritos que puedan requerirse para la valoración del haber hereditario, el Licenciado Roy Jiménez, actual Director de la DNN,  confirmo que efectivamente existe esa posibilidad, siempre que la elección se realice de la lista de profesionales debidamente incorporados al Colegio respectivo.  Además, deberá cumplirse con lo dispuesto en el numeral 136 del Código Notarial, que transcribimos a continuación para su mejor conocimiento:

 Artículo 136.- Nombramiento de peritos y honorarios

 El nombramiento de peritos por parte de los notarios, no podrá recaer en empleados ni allegados suyos, tampoco en ninguna persona de las referidas en el inciso c) del artículo 7.

 El notario deberá designar a pe...

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Cobro de tarifas distintas a las establecidas en el arancel de honorarios

En junio pasado iniciamos un FORO MASTER LEX sobre la posibilidad de los abogados y notarios  de cobrar tarifas distintas a las establecidas en el Arancel de Honorarios Profesionales, norma que la Junta Directiva del Colegio de Abogados con la aprobación del Ministerio de Justicia y Gracia, promulga vía decreto ejecutivo de tiempo en tiempo.

 Se produjeron al respecto interesantes opiniones de los distinguidos colegas Federico Gutiérrez Madrigal, Alfonso Romero Coto, Didier Mora Calvo, Rolando Brenes Vindas, Ana Lía Cabezas, Yohanka González, Bernal Arrieta, Marvin Solano Delgado, Luis Fernando Moya Mata, Vilma Cordero, Jorge Sibaja, José Pablo Acosta, Erick Barrios y Manfred Sáenz; a todos los cuales agradecemos muy sinceramente su participación en nuestro Foro.

 Ante la divergencia de opiniones, decidimos elevar el tema a conocimiento de la Comisión de Competencia Leal y Aranceles del Colegio de Abogados, la cual a s...

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Sobre la notificación por notario público

En relación con la figura de la NOTIFICACIÓN POR NOTARIO PUBLICO regulada en el artículo  29 de la Ley de Notificaciones Judiciales No. 8687, vigente a partir del  29 de enero del año en curso, consultamos a la Dirección Nacional de Notariado, si existía algún impedimento legal para que el abogado director de un proceso, nombrase como notario encargado de llevar a cabo algún acto de notificación,  a un familiar  o allegado suyo.

 La inquietud surgió a raíz de la consulta que nos planteó un estimado suscriptor a quien se le había presentado la duda de si podía nombrar a su esposa, notaria, para efectuar una notificación dentro de un proceso que él se encontraba patrocinando.

 El Licenciado Roy Jiménez, Director de la Dirección Nacional de Notariado, respondió así nuestra consulta:

 “En el caso planteado, en opinión de esta Dirección no se está ante la prohibición...

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