Litigantes que utilicen sello blanco en escritos deben especificar sus datos
Mediante Circular 43-2012 publicada en el Boletín Judicial, la Dirección Ejecutiva del Poder Judicial solicita a los abogados litigantes que cuando utilicen el sello blanco en la autenticación de escritos, poderes, certificados o cualquier tipo de gestión, indiquen, en forma expresa, su nombre y número de carné del Colegio de Abogados. Lo anterior en virtud de que con la entrada en vigencia de los Juzgados Electrónicos, al escanearse dichos documentos, el sello blanco impide conocer esa información.
Sobre este mismo tema, nos parece importante recordar lo que en el 2004 ya había dispuesto el Consejo Superior del Poder Judicial mediante Circular No. 38 de marzo de ese año:
"El Consejo Superior en sesión N° 16-04, celebrada el 04 de marzo último, artículo LXXXV, dispuso, recordarles que no hay obligación legal ni procesal para exigir el uso del sello blanco notarial, en gestiones judiciales, por lo q...
