Mediante Circular Nº 36-2014 de la Corte Plena se recuerda a los servidores judiciales que para asegurar una eficiente prestación del servicio en caso de que la afluencia del público o complejidad de sus trámites lo justifique, que se refuerce el personal dedicado a la atención al público una hora antes del cierre de cada media jornada, con el fin de que todas las personas usuarias que hayan ingresado con anterioridad al cierre y se encuentren a la espera de ser atendidas, efectivamente lo sean.
En el caso de que, pese a que se haya tomado esta medida, personas que ingresaron con anterioridad, permanezcan sin atender al momento del cierre, si es a la hora del almuerzo, deberá el juez coordinador o tramitador, según corresponda, autorizar a un servidor para que continúe brindando el servicio por el tiempo estrictamente necesario, debiendo quien fue asignado, disfrutar de su hora de almuerzo, en cuanto termine la labor.
Estatus migratorio de los extranjeros con “papeles en trámite”
Agradecemos a la Lic. Andrea Ovares la sugerencia que nos hiciera de abordar este tema que tantas inquietudes suscita siempre entre los colegas dedicados a la materia migratoria.
Nos permitimos transcribir a continuación la completa respuesta que sobre el particular gentilmente nos hizo llegar el Licenciado Marco Badilla Chavarría, exdirector de Migración, a quien expresamos nuestro sincero agradecimiento. Sabemos que será muy apreciada por todos los interesados en este tema.
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"Con mucho gusto me dispongo a darles mi criterio en cuanto a la condición jurídica que asume un extranjero cuando presenta solicitud de residencia ante las autoridades migratorias, en tanto dicha petición le es resuelta. Debo comenzar indicando que en principio, todo extranjero que solicita una cond...
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El pasado 29 de enero, el Consejo Superior Notarial aprobó en firme los Lineamientos Deontológicos del Notariado Costarricense, entendidos como principios éticos y reglas jurídicas, sobre los que se fundamenta el ejercicio profesional del notario en aras del orden, la seguridad, la paz, la solidaridad, la equidad y la justicia.
Algunas de las razones que se mencionan para la aprobación de estos nuevos Lineamientos son:
• El Estado otorga al notario un ministerio de confianza pública que debe corresponder en beneficio de la sociedad, contribuyendo a la paz social. • Desde el punto de vista del Derecho de las Obligaciones: el notariado público constituye una obligación profesional de resultados y no de medios. • El correcto ejercicio del notariado es fundamental para la seguridad jurídica de la sociedad y para el desarrollo de la economía y el progreso general del país. • El notario debe buscar la mejor soluci...
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