Ocho días naturales (no hábiles) para presentación de matrimonios civiles al Registro Civil
"SOBRE LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ATINENTES A MATRIMONIOS EN EL REGISTRO CIVIL
Se informa a los notarios y notarias públicas que los órganos jurisdiccionales disciplinarios han establecido vía jurisprudencial, que el plazo de presentación incluye los días inhábiles, por lo que la documentación dicha debe presentarse dentro de los OCHO DÍAS NATURALES siguientes a la celebración del matrimonio. Esta posición ha sido recientemente confirmada por el TRIBUNAL DISCIPLINARIO NOTARIAL del Primer Circuito Judicial de San José en el VOTO No. 73-2014, de las quince horas del treinta y uno de marzo del dos mil catorce, en el cual señalan:
“Se sigue, de esta forma, lo sostenido por las anteriores integraciones de este Tribunal, que sobre el particular razonaron: “El plazo de los ocho días para que la documentación atin...
