L. 2014

Ocho días naturales (no hábiles) para presentación de matrimonios civiles al Registro Civil

A solicitud de la Dirección Nacional de Notariado transcribimos en su tenor literal el siguiente aviso:

"SOBRE LA PRESENTACIÓN DE DOCUMENTOS ATINENTES A MATRIMONIOS EN EL REGISTRO CIVIL

Se informa a los notarios y notarias públicas que los órganos jurisdiccionales disciplinarios han establecido vía jurisprudencial, que el plazo de presentación incluye los días inhábiles, por lo que la documentación dicha debe presentarse dentro de los OCHO DÍAS NATURALES siguientes a la celebración del matrimonio. Esta posición ha sido recientemente confirmada por el TRIBUNAL DISCIPLINARIO NOTARIAL del Primer Circuito Judicial de San José en el VOTO No. 73-2014, de las quince horas del treinta y uno de marzo del dos mil catorce, en el cual señalan:

“Se sigue, de esta forma, lo sostenido por las anteriores integraciones de este Tribunal, que sobre el particular razonaron: “El plazo de los ocho días para que la documentación atin...

SEGUIR LEYENDO

DNN advierte cuidados en la presentación de índices por correo postal certificado

En relación con este medio que algunos notarios utilizan todavía para remitir sus índices quincenales al Archivo Notarial, la Dirección Nacional de Notariado nos ha solicitado que retransmitamos el siguiente aviso, el cual pueden descargar haciendo clic a continuación:    AVISO DE LA DNN SOBRE INDICES PRESENTADOS VIA CORREO CERTIFICADO

Al respecto nos permitimos algunos breves comentarios.

La posibilidad de presentar índices de instrumentos públicos a través del correo certificado ha existido desde hace muchos años, sin embargo, quienes confían todavía en este mecanismo deben tener presente que la acreditación de los mismos, es decir, el que sean "recibidos conforme" por el Archivo Notarial no siempre se produce.   Causas de ello  son principalmente errores al momento de adjuntar la información que en algunos casos debe aportarse, por ejemplo, cuando se declaran testamentos o modificaciones o revocatorias de otros instrumentos públicos.  También ...

SEGUIR LEYENDO

Rigen a partir del 29 de agosto, nuevas tarifas por servicios del Registro Nacional

Se publicó en la La Gaceta de hoy,  el acuerdo firme J194 de la Junta Administrativa del Registro Nacional, mediante el cual se incrementa el costo de los diferentes servicios que brinda el Registro Nacional en sus instalaciones al público en general.   El incremento en los diversos servicios va desde los ¢100 hasta los ¢500 colones.

Según se señala en este acuerdo, el aumento rige a  los quince días hábiles de su publicación, lo que significa que empezarán a aplicarse las nuevas tarifas el viernes 29 del presente mes de agosto.

Para su mejor conocimiento transcribimos de La Gaceta, cuadro con el detalle de los diversos documentos o servicios y sus nuevos costos:

Tipo de Servicio Nueva tarifa (* incluye timbres de ley)Informes Registrales ¢2.800,00 c/uCertificación Literal ¢3.100,00 c/u *Certificación de Índice ¢2.900,00 c/u *Documentos y planos digitalizados o micr...

SEGUIR LEYENDO

Prórroga para extranjeros indocumentados solamente aplica a trabajadores agrícolas

Se publicó el lunes de esta semana en La Gaceta, el Decreto Ejecutivo No. 38541-GOB-MTSS-MAG, que concede un plazo de seis meses para los patronos de extranjeros que trabajen en labores agrícolas, a fin de que se inscriban en un registro de regularización extraordinario.

La inscripción en dicho registro, la cual concluye el 31 de enero de 2015, le permitirá a los empleadores contar con un plazo extraordinario para acreditar aquellos extranjeros que requieran en sus actividades agrícolas, cumpliendo con los requisitos que para la respectiva categoría migratoria se requiera y los perfiles ocupacionales que recomiende el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social.

Durante el plazo de vigencia de ese proceso extraordinario de acreditación, el cual concluirá el 31 de diciembre de 2015,  no correrán las multas dispuestas en el artículo 177 de la Ley General de Migración y Extranjería, pero únicamente  para los patronos que...

SEGUIR LEYENDO

Los derechos laborales también se acaban

Transcribimos del Dr. Alfonso Carro para todos los interesados en temas del Derecho Laboral:-------------------------------------------------------------------

"Las cosas no pueden quedar sin resolverse para siempre; esa incertidumbre y falta de solución crearían un estado de inseguridad que no es ni aceptable ni conveniente. De ahí que desde tiempos de los romanos se concibió el instituto de la prescripción como una de las formas de extinguirse los derechos por el transcurso del tiempo.

La prescripción extintiva, -como lo dice su nombre-, extingue el derecho de su titular por la falta de ejercicio durante un determinado periodo de tiempo. Prácticamente todos los derechos están sometidos a prescripción, y los derechos laborales no son la excepción.

Dichosamente se han venido simplificando las cosas en materia de plazos de prescripción. La Sala Constitucional, primero con el voto 5969 del año 1993 y luego la reform...

SEGUIR LEYENDO

Nuevas reglas sobre las incapacidades

El Dr. Alfonso Carro, especialista en Derecho Laboral,  nos instruye sobre este importante tema:

------------------------------------------------

El 29 de mayo pasado se publicó en el Diario Oficial La Gaceta el nuevo Reglamento para el otorgamiento de incapacidades y licencias a los beneficiarios del Seguro de Salud. Independientemente del momento en que entran a regir -a las puertas del Mundial de Fútbol,- y del propósito de reducir la infinidad de incapacidades que se generaron hace cuatro años, la reglamentación debe necesariamente ser revisada con lupa por quienes administran recursos humanos, y por las mismos médicos y odontólogos que las conceden. Sólo el capítulo de “definiciones” se lleva cerca de quince páginas. Yo ya lo estudié y tengo alrededor de mil preguntas.

Por lo pronto, y para complementar en un solo párrafo mi artículo de la semana pasada, si en el trabajo no se autorizó al personal a ver los...

SEGUIR LEYENDO

Multarán patronos que empleen extranjeros indocumentados

De conformidad con lo dispuesto en el transitorio único del Reglamento de Control Migratorio No. 36769-G, rigen a partir del próximo 1 de agosto, las multas establecidas en varios numerales de la Ley General de Migración y Extranjería para los extranjeros indocumentados así como para los patronos que los contraten o mantengan su contratación.  Se trata de multas, que en el caso de los empleaores, podrían ir desde los ¢ 800,000 a los ¢4,900,000, dependiendo de la gravedad de los hechos y la cantidad de migrantes en situación irregular

Concretamente se trata de las situaciones previstas en el inciso 3) del art. 33 y en el art. 177 de la Ley No. 8764 indicada, los cuales transcribimos a continuación para su mejor conocimiento:

"Artículo 33, inciso 3):  Las personas extranjeras tendrán la obligación de egresar del país cuando venza el plazo de permanencia autorizado por la autoridad migratoria, salvo que medie la soli...

SEGUIR LEYENDO

A tomar en cuenta en la inscripción de Asociaciones

Con la finalidad de agilizar la calificación de los documentos que se presentan ante el Departamento de Asociaciones y homologar criterios, la Dirección de Personas Jurídicas emitió la Directriz DRPJ-001-2014 con los siguientes lineamientos:

1. MULTIPLICIDAD DE DIRECTORES EN UN MISMO CARGO: Si en el nombramiento de los miembros de una junta directiva existen varios de un mismo cargo, deberá establecerse, mediante subordinación numérica, la posición que ocupan; por ejemplo: vocal 1, vocal 2, vocal 3. Si por el contrario existe un único cargo con determinada nomenclatura y los asociados deciden numerarlo, no existe fundamento alguno para consignar el defecto, debiendo el registrador a cargo, permitir tal circunstancia (Ejemplo: vocal 1, aunque no existan más).

2. AUTENTICACION DE FIRMAS POR ABOGADO O POR NOTARIO Expresamente se autoriza que la autenticación de firmas sea realizada por un abogado, bastando en ese caso, c...

SEGUIR LEYENDO