Entidades financieras deberán retener 2% de pagos a profesionales externos
Con vigencia a partir del próximo 1 de octubre, se publicó ayer en La Gaceta, la resolución Nº DGT-R-035-2014, que obliga a las entidades financieras a retener el 2% de cualesquiera pagos que tengan derecho a percibir aquellos profesionales que vendan sus servicios para la formalización de operaciones relacionadas con productos financieros de dichas entidades, incluyendo profesionales externos pagados directamente por clientes con la intermediación de los Bancos. No será excusa para realizar la retención el que dichos profesionales no se encuentren inscritos ante la Administración Tributaria.
Para conocer su texto completo descárguelo a continuación: Resolución Nº DGT-R-035-2014
Las sumas retenidas serán consideradas como un pago a cuenta del impuesto sobre la renta que le corresponda cancelar al prestatario del servicio profesional, quien podrá solicitar la compensación. Para esta compensación deberá indicar...
