Aclaran obligación de propietarios de declarar valor de bienes inmuebles antes del 3 de abril
» Plazo establecido en transitorio de Ley 9071 rige únicamente para propietarios de terrenos de uso agropecuario
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De parte de la Dirección General de Tributación, recibimos el día de ayer, explicaciones muy completas y detalladas a importantes interrogantes que en las últimas semanas surgieron en relación con el plazo conferido en el transitorio IV de la Ley No. 9071 para que los propietarios que nunca hubieren realizado sus declaraciones de bienes inmuebles, se aprestaran a cumplir con esta obligación, so pena de ser sometidos a procedimientos de actualización de oficio de dichos valores por parte de las municipalidades respectivas, así como de ser condenados al pago de las multas correspondientes.
Agradecemos a la Lic. San...
