K.2015

Posición de la DNN sobre obligatoriedad de CrearEmpresa

Relacionado con nuestra nota anterior, relativa al recurso de amparo  que se encuentra en trámite ante la Sala Constitucional en contra del uso de CrearEmpresa como único medio para la constitución de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada, resulta importante conocer la postura que el Consejo Superior Notarial de la Dirección Nacional de Notariado tiene en torno a dicha obligación. (Ver nota anterior)

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Por consiguiente, nos permitimos transcribir en su tenor literal los acuerdos tomados por dicho órgano en sesión ordinaria del 29 de enero de 2014.

a) Tener por recibido el oficio JARN-623-12-2013 de fecha 02 de diciembre del 2013, suscrito por el Sr. Osman Díaz Mendoza, Asistente Administrativo de la Junta Administrativa del Registro Nacional.

b) Favorecer la presentación de documentos mediante el uso de formularios digita...

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Tramitan recurso de amparo contra obligatoriedad en uso de CrearEmpresa

El Lic. Marco Vinicio Chinchilla Víquez nos remitió ayer copia de la resolución de la Sala Constitucional del 29 de junio del año en curso mediante la cual se confiere audiencia al Director General y al Director de Personas Jurídicas del Registro Nacional para que informen sobre el recurso de amparo que se tramita  en el expediente 15-009018-0007-CO contra la obligación de utilizar la plataforma de CrearEmpresa para la constitución de sociedades anónimas y de responsabilidad limitada.

El Lic. Chinchilla alegó en su recurso que en dos oportunidades le fue cancelada la presentación al Diario de un testimonio de constitución de sociedad anónima que presentó para su inscripción ante el Registro de Personas Jurídicas.  Lo anterior por cuanto el Reglamento para el funcionamiento y utilización del portal CrearEmpresa y la Circular No. 001-2014 establecen la obligación de utilizar dicho portal digital como único medio para la constitución de sociedades ...

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Acuerdos de la DNN sobre certificación de copias y autenticación de firma en poderes especiales judiciales

Relacionado con la nota que publicamos hace unos días en este blog sobre una sentencia del Tribunal Contencioso Administrativo que confirmó la facultad de autenticación de los abogados (VER NOTA) , nos permitimos  comentar ahora el acuerdo 2015-006-007 del Consejo Superior Notarial.

Partiendo de lo dispuesto en el art. 118 del Código Procesal Civil, concluye  este órgano colegiado que la voluntad del legislador fue que la autenticación de firmas en  poderes especiales judiciales fuera realizada por abogados.   Sin embargo, el art. 34 del Código Notarial faculta al notario para realizar autenticaciones de firma, sin que la norma haga distinción alguna.

Por consiguiente, existiendo una norma de igual rango que lo habilita, es posible que el notario realice la autenticación de firma de quien otorga un poder especial judicial, pero debiendo, en ese caso, cumplir con las formalidades que tanto legal como reglamentari...

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Nuevas disposiciones sobre inscripción de actos de fundaciones y asociaciones

Mediante la Circular D.R.P.J.-005-2015 del 30 de abril del año en curso, la Dirección del Registro de Personas Jurídicas aclara aspectos varios sobre inscripción de actos relacionados con asociaciones y fundaciones.

Para descargar el texto completo de la circular haga clic a continuación:  CIRCULAR DRPJ-005-2015.

Nos permitimos destacar a continuación algunos de los temas analizados:1.- IMPROCENDENTE MODIFICACIÓN DE ESTATUTOS DE UNA FUNDACIÓN

El artículo 3 de la Ley de Fundaciones, N° 5338 dispone expresamente que: “Las fundaciones se constituirán por escritura pública o por testamento. El fundador no podrá cambiar ninguna disposición constitutiva de la fundación, una vez que ésta haya nacido a la vida jurídica”. (El subrayado es propio)

En concordancia con la norma anterior, el artículo 16 del mismo cuerpo legal, dispone:

“Si la Junta Administrativa considera qu...

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Facultad de autenticación de los abogados y poderes en materia administrativa

Agradecemos al Lic. Mariano Castillo Bolaños que nos remitiera copia de la resolución número 44-2015-VII de la sección novena del Tribunal Contencioso Administrativo dictada a las 14:50 hrs del pasado 8 de mayo, mediante la cual se reconoce a los abogados la facultad de autenticación de firmas en determinados supuestos, en contradicción de la tesis que defiende que solamente los notarios, como depositarios de la fe pública, tienen dicha potestad.

Se analiza además en profundidad lo dispuesto en el art. 283 de la Ley General de la Administración Pública sobre los poderes otorgados para efectos administrativos, los cuales pueden constituirse mediante simple carta autenticada por un abogado, quien puede ser -incluso- el propio apoderado.

El Tribunal Contencioso no solo da la razón al Lic. Castillo en su pretensión de que se reconociera la validez del poder otorgado por su cliente para realizar trámites ante el ...

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Sociedades deberán llenar vacantes de junta directiva para lograr inscripciones

Muchos directores con facultades de representación renunciaron unilateralmente a sus cargos durante el período que confirió el transitorio IV de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, a saber del 1 de abril de 2012 al 1 de abril de 2014.

Esta situación provocó que muchas sociedades quedaran con vacantes en su órgano directivo.

El Registro de Personas Jurídicas emitió el pasado 26 de marzo la Circular D.R.P.J -004-2015 que en su tenor literal establece lo siguiente:

"Con la finalidad de brindar seguridad jurídica ante terceros y ante la gran cantidad de renuncias al cargo que se presentaron en meses anteriores, conforme a lo estipulado en el Transitorio IV de la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas, N°9024, esta Dirección establece lo siguiente:

Conforme a lo estipulado en el artículo 182 del Código de Comercio, mismo que dispone:SEGUIR LEYENDO

Menores de 25 que trabajen sí podrán recibir pensión por orfandad

Mediante voto Nº 2015-01617 de la Sala Constitucional dictado el pasado cuatro de febrero se declara la inconstitucionalidad de la frase “no asalariados ni trabajadores independientes”  contenida en el artículo 12, inciso b), del Reglamento del Seguro de Invalidez, Vejez y Muerte de la Caja Costarricense del Seguro Social.

Como razones de impugnación se señaló que la norma objetada establecía el derecho a pensión por orfandad solo los menores de 25 años de edad, que fueran estudiantes, solteros, no asalariados, ni trabajadores independientes estableciéndose una limitación genérica e inconstitucional al derecho al trabajo y al desarrollo personal.

Para conocer el texto completo del voto en comentario haga clic a continuación:  DESCARGAR TEXTO RESOLUCIÓN 

En lo que interesa nos permitimos transcribir  lo siguiente:

"En consecuencia, procede declarar con lugar el recurso...

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DNN publica acuerdos sobre Archivo de Referencias y otros

En La Gaceta de ayer se publicaron cuatro acuerdos del Consejo Superior Notarial de la Dirección Nacional de Notariado.

Dos de ellos los habíamos comentado la semana pasada.  Se trata de los lineamientos que deberán cumplir los notarios en relación al Archivo de Referencias, el cual podrán llevar en soporte papel o en formato digital.

Si desea conocer más al respecto ingrese a nuestra nota:http://www.puntojuridico.com/sobre-el-archivo-de-referencias-tanto-en-soporte-papel-como-en-formato-digital/

Mediante el acuerdo 2014-019-008, el Consejo Superior Notarial declara el 22 de noviembre de cada año como Día del Notario Costarricense, autorizándose a la Dirección Nacional de Notariado para realizar y organizar actividades en homenaje y celebración de dicho día.

Finalmente, se publica el acuerdo 2014-022-002 denominado: DIRECTRIZ SOBRE EXIGENCIA DE PERITAJES EN PROCESOS SUC...

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