Obligados tributarios que reciban pagos por Sinpe Móvil deberán registrar números telefónicos
Se ha publicado en el Alcance 139 a La Gaceta del viernes pasado, el Decreto Ejecutivo N.º 45953-H, que amplía la redacción del artículo 22 del Reglamento del Procedimiento Tributario (Decreto Ejecutivo N.º 38277-H), con el objetivo de fortalecer la trazabilidad de las operaciones económicas y la capacidad de gestión, control y fiscalización de la Administración Tributaria, en relación a los pagos que los obligados tributarios reciben por medio de la plataforma Sinpe Móvil.
De la parte CONSIDERATIVA de este nuevo Decreto Ejecutivo nos permitimos copiar lo siguiente:V.- Según las últimas estadísticas del Banco Central de Costa Rica (extraídas desde el e...
