I. 2017

Solo falta una semana para que venza plazo para el pago de impuesto a las personas jurídicas 2017

Nos referimos al tributo que entró en vigencia con la Ley 9428 el pasado 1 de setiembre.  Muchos nos han estado consultado sobre este pago pues manifiestan que al ingresar al sistema de conectividad bancaria, y digitar el número de cédula jurídica de la sociedad, no les aparece ningún monto al cobro.

Hemos comprobado que el problema radica en que se intenta realizar el pago ingresando al mismo ícono de IMPUESTO A LAS PERSONAS JURÍDICAS que sirvió para el pago del impuesto del período 2012-2015 bajo la anterior Ley 9024.

No hay que olvidar que ahora corresponde al Ministerio de Hacienda la administración y cobro de este tributo. Por consiguiente, se debe ingresar a las opciones de pago de tributos de ese Ministerio, exactamente en la misma forma como se pagan el impuesto sobre la renta, el de ventas, etc.  En el listado que aparece, se elige el IMPUESTO A LAS PERSONAS JURÍDICAS y se digita el número de cédula jur...

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MIVAH debe publicar mensualmente ajuste máximo en alquileres de vivienda

Hace unos meses publicamos del señor Róger Corrales un interesante artículo intitulado:  "Sobre la anomia arrendaticia".    Esta semana, don Róger gentilmente nos hizo llegar un criterio reciente de la Procuraduría General de la República sobre la Ley 9354 que reformara el art. 67 de la Ley de Arrendamientos Urbanos y Suburbanos, relativo al reajuste de precios en los alquileres de vivienda.

"La reforma introducida al art. 67 fijó las reglas a las que queda sujeta la posibilidad de aumentar el monto correspondiente en este tipo de arrendamientos para vivienda, estableciendo dos supuestos distintos, dependiendo de si la tasa de inflación acumulada de los doce meses anteriores al vencimiento de cada año del contrato es menor al 10% o bien cuando dicha tasa sobrepasa ese 10%.  

Si la tasa de inflación acumulada de los doce meses anteriores al vencimiento de cada año del contrato es menor o igual al 10% el arrendador p...

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Corrupción de funcionarios públicos (cohechos)

Del Dr. Pablo Solano transcribimos una nueva entrega esta vez sobre un delito que lamentablemente se produce con bastante frecuencia en nuestra sociedad.

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"Siguiendo el análisis de algunos delitos, en la serie de artículos sobre la delincuencia en la función pública, hoy se abordará la figura del cohecho. Nuestra legislación penal establece dos modalidades de cohecho, el impropio y el propio y son definidas en los artículos 347 y 348.

Por cohecho se deben entender las conductas de los funcionarios públicos corruptas, que al recibir un soborno ejercen sus funciones públicas de forma contraria a los principios de legalidad, buena fe e imparcialidad. En este tipo de delincuencia es necesario que además del funcionario público también intervenga otra persona que desempeñe el papel de sujeto corruptor, es decir, quien hace la promesa de retribución, ofrece la...

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Sí deben cobrarse honorarios en las declaraciones juradas exigidas por la Ley de Estupefacientes

Con la aprobación de la reforma introducida por la Ley 9449 a la Ley de Estupefacientes en mayo del presente año, se estableció la obligación de cumplir con el requisito de las declaraciones juradas en todos los actos o contratos en los que medien pagos entre las partes.

De inmediato surgió la duda en cuanto a si debían los notarios cobrar honorarios por ese acto, tanto en los casos en los que la declaración se otorga como parte del acto principal o bien cuando se otorga en escritura aparte.

El tema fue analizado por la Comisión de  Competencia Leal y Aranceles del Colegio de Abogados.

Nos permitimos copiar aviso que publicó el Colegio sobre el particular:

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COLEGIO DE ABOGADOS Y ABOGADAS DE COSTA RICA

INFORMA QUE:

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Cobros de la CCSS a los trabajadores independientes. Medidas que se están tomando.

A solicitud de varios estimados colegas y con la autorización del Máster en Matemática Actuarial, señor Rodrigo Arias López, quien fuera el promovente de la acción de inconstitucionalidad, que se encuentra en curso contra varios acuerdos de la Junta Directiva de la CCSS, nos permitimos poner a su disposición el texto completo del escrito de interposición del recurso.  Suscriptores de Master Lex nos lo pueden solicitar al correo electrónico legal@masterlex.com

Importante tomar en cuenta que el primer aviso de esta acción se publicó en el Boletín Judicial el pasado 1 de setiembre.    Por consiguiente interesados en presentar  coadyuvancias disponen de plazo hasta el 25 de este mes de setiembre para hacerlo.

Informarles además que después del conversatorio que se llevó a cabo en el Colegio de Abogados hace algunos días,  varios colegas, entre ellos los señores José María Oreamuno, Adrián Torrealba y Juan ...

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Sobre la renuncia de personeros en la nueva Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas

De conformidad con el Transitorio  IV de la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas 9428,  que entró en vigencia el pasado viernes 1 de setiembre, podrán renunciar  a sus cargos, por un plazo de dos años, de manera unilateral, los representantes legales, los miembros de la Junta Directiva y el fiscal de las sociedades mercantiles, mediante la presentación de la respectiva carta de renuncia en el domicilio social registrado.

Para que la renuncia sea eficaz, la carta debe ser protocolizada e inscrita en el Registro de Personas Jurídicas.  El interesado deberá manifestar ante el notario la adecuada recepción de la comunicación en el domicilio social respectivo.

En caso de que el domicilio social ya no exista en la dirección registrada, corresponderá al notario levantar la respectiva acta notarial a fin de hacer constar tal circunstancia.  El acta notarial deberá mencionarse en la protocolización de la carta de ren...

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DNN avala liquidación en sede notarial de sociedades disueltas por morosidad impuesto a las personas jurídicas

Nos permitimos copiar comunicado de la Dirección Nacional de Notariado sobre el tema de la referencia.

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LA DIRECCIÓN NACIONAL DE NOTARIADO

COMUNICA:

Que en sesión ordinaria No.022-2017, celebrada el 31 de agosto de 2017, el Consejo Superior Notarial adoptó el acuerdo firme No. 2017-022-009 que dispuso lo siguiente: "Determinar que para llevar a cabo liquidaciones de sociedades disueltas, de conformidad con la ley No. 9428 "Impuesto a las Personas Jurídicas" que reforma el artículo 129 del Código Notarial, en donde se le otorga competencia material al notario público para tramitar liquidación de sociedades mercantiles, se entiende que si los socios optan por este proceso, los notarios públicos están facultados para tramitar la liquidación de sociedades mercantiles en sede notarial."

San José,...

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Circular de la Dirección General del Registro sobre Ley de impuesto a las personas jurídicas

Con fecha del 31 de agosto,  la Dirección General del Registro Nacional emitió la Circular 0007-2017 con el objeto de dar algunos lineamientos sobre la aplicación que deben hacer los distintos Registros: Inmobiliario, Muebles, Personas Jurídicas, Derechos de Autor y conexos, Propiedad Industrial y Servicios Registrales,  de las disposiciones contenidas en la ley Impuesto a las Personas Jurídicas No. 9428 y su Reglamento.

Resumimos a continuación algunos de los aspectos más destacados de la circular:

I. Verificación del pago del Impuesto a las personas jurídicas

En atención de lo que dispone el artículo 5 de la Ley 9428, en cuanto sanciona a las sociedades morosas con la no emisión registral de  certificaciones de personería jurídica, ni de certificaciones literales, ni  la inscripción de documentos otorgados a su favor, se dispone que los funcionarios estarán obligados a consultar una base de datos creada...

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