I. 2017

Prohibiciones de carácter político-electoral para funcionarios públicos

El Lic. Nicolás Miranda Moya, especialista en Derecho Tributario, gentilmente ha puesto a nuestra disposición el siguiente artículo de su autoría sobre un tema muy interesante dada la proximidad de las elecciones presidenciales en nuestro país.  Le agradecemos mucho su aporte a este blog.

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"Estamos en año electoral, razón por la cual, la dinámica político-electoral cobra especial importancia. Será muy común ver en los diferentes medios de comunicación, noticias relacionadas con los partidos políticos y quienes figuran como sus candidatos.

Pueden identificarse al menos dos momentos importantes en el proceso electoral, el primero relacionado con la elección de los candidatos que surgen de los partidos políticos y uno posterior que tiene que ver con la elección propiamente de los cargos de representación popular.

Actualizan límites económicos de la contratación administrativa

En cumplimiento de lo que establecen los numerales 27 y 84 de la Ley de Contratación Administrativa, el pasado 24 de febrero, se publicó en el Alcance Digital Nº 43 a La Gaceta Nº 40, la resolución R-DC-11-2017, mediante la cual la Contraloría General de la República actualizó los límites económicos de la contratación administrativa para el año 2017.

Los citados límites económicos permiten a las instituciones y empresas del Estado determinar el tipo de procedimiento de contratación administrativa que deben llevar a cabo para tramitar la adquisición de bienes y servicios necesarios para el cumplimiento de sus fines públicos; y a la vez establecen la cuantía a partir de la cual el órgano contralor es competente para conocer los recursos de apelación que se interpongan contra los actos finales emitidos en dichos procedimientos.

Cada año, normalmente en el mes de febrero, la Contraloría General de la República e...

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Implantación del expediente electrónico en los juzgados civiles

Se publicó hace unos días en La Gaceta, la Circular No. 32-2017 del Poder Judicial mediante la cual, de cara a la reforma procesal civil que entrará en vigencia el próximo año,  la Dirección de Tecnología de la Información comunica que ha iniciado un programa de implantación del escritorio virtual para la tramitación electrónica de los expedientes en los Juzgados Civiles de Mayor y Menor Cuantía del país, así como en los Tribunales de segunda instancia.

En virtud de lo anterior, se dispone:a) En los despachos que actualmente conocen la materia civil con expedientes físicos, una vez que se les implante el escritorio virtual, deberán tramitar de manera electrónica, los asuntos que ingresen a partir de ese momento.b) Los procesos que se encuentren en trámite bajo la modalidad de expediente físico, deberán seguir gestionándose de forma electrónica a partir de ese momento y hasta su finalización. Se conservará el expediente físico con la actuación procesal practicada h...

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Dan a conocer borrador de Reglamento a la Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas

En La Gaceta del viernes pasado, aparece un aviso del Ministerio de Hacienda concediendo "...   a las entidades representativas de intereses de carácter general, corporativo o de intereses difusos, un plazo de diez días hábiles contados a partir de la primera publicación del presente aviso, con el objeto de que expongan su parecer respecto del proyecto de reglamento denominado “Reglamento a la Ley del Impuesto a las Personas Jurídicas”

Si desea ver el texto completo de dicho borrador haga clic a continuación:  VER REGLAMENTO NUEVA LEY IMPUESTO A LAS PERSONAS JURIDICAS

Llaman la atención varios aspectos incluidos en la propuesta.  Nos permitimos un breve comentario.

Nuevas sociedades en trámite de inscripción.  A diferencia del procedimiento que se seguía con la anterior Ley 9024, el pago del impuesto no se hará en forma conjunta con el resto de timbres exigidos para la inscr...

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NUEVA REFORMA AL REGLAMENTO A LA LEY DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA

La materia de contratación administrativa experimenta más cambios sustanciales. La Ley Nº 9395, de "Transparencia de las contrataciones administrativas", reformó -en setiembre del año 2016- la Ley de Contratación Administrativa para establecer de forma obligatoria, el uso de medios digitales para toda la actividad de contratación pública regulada en la Ley Nº 7494 y en cualquier otro régimen especial. Igualmente, la enmienda dispuso que el “Sistema digital unificado de compras públicas” (SICOP), sería el sistema centralizado, administrado por el Poder Ejecutivo, en el cual se debe reproducir toda la información relativa a cada una de las etapas de los procedimientos de compras de todas las instituciones y entidades cubiertas por este régimen legal.

Así, con una clara intención de garantizar la congruencia normativa,  se publicó el Decreto Ejecutivo Nº 40270-H, en el Alcance Nº 68 a La Gaceta Nº 61 del pasado 27 de marzo de 2017, el cual refor...

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HISTORIAS DEL PROTOCOLO XXIV. SEGURO OBLIGATORIO DE LOS TRABAJADORES INDEPENDIENTES

El Dr. Herman Mora nos ofrece esta semana su comentario sobre un tema que sin duda ha causado, desde hace varios meses, mucha preocupación tanto en el medio notarial como en el de los colegas que se dedican a la abogacía.

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"Siempre había cumplido con sus obligaciones. Había cotizado para la Caja desde que inició su ejercicio profesional. Siempre como trabajador independiente en cuanto a su faceta de notario. Pero en estos momentos solo estaba acompañado de sus recuerdos. Se sentía tan solo como un náufrago. En frente, su vida transcurría como mirando una extensa película con un final que no le resultaba feliz. Recordaba los treinta años que tenía de ejercer, el resultado de su esfuerzo. Recordó cuando adquirió el lote. La casa que había logrado construir, las sucesivas ampliaciones conforme nacían más hijos o iban creciendo, la compra de su vehículo, el de su esposa, ratos de estr...

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Historias del Protocolo XXII. Sobre la nueva Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas

Agradecemos a don Herman Mora su oportuno comentario sobre la recién publicada Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas.

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"Actitud, básicamente humana aquella de tropezarse dos veces en la misma piedra. Como si hacerlo resultara todo un privilegio. Bueno nuestros congresistas, una vez más, lo han hecho. No me refiero únicamente a esta legislatura, sino a una vertebral práctica que adquiere niveles de leyenda.

El día de ayer (22 de marzo de 2017)  resultó publicada la Ley 9428,  es decir, la Ley al Impuesto a las Personas Jurídicas. De ahí su primer error, ya que hay personas jurídicas como una asociación o una fundación o cooperativa  que no están obligadas a realizar el pago del impuesto. De allí que debió llamarse Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas Mercantiles.  Por otra parte, se  reforma - otra vez- con idéntico texto, el art. 129 del Código Notarial, según ya fuer...

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Se publica hoy en La Gaceta, nueva Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas

Con el número 9428 se publica hoy en el diario oficial la nueva Ley de Impuesto a las Personas Jurídicas, la cual entrará a regir tres meses después de la publicación del respectivo reglamento.

Para ver su texto puede hacer clic a continuación:    DESCARGAR LEY NO. 9428Destacamos a continuación los siguientes aspectos:

1.-  Nuevas tarifas.  Su importe variará dependiendo de si las sociedades se encuentran o no inscritas en el Registro Unico de Contribuyentes del MInisterio de Hacienda, y para las que efectivamente lo estén,  de los ingresos brutos que hayan declarado en el período fiscal inmediato anterior.   Es así que:

Pagarán un impuesto equivalente al 15% del salario base según definición de la Ley 7337,   las sociedades que no estén inscritas en el RUC.  Partiendo de que dicho salario base asciende este año a  ¢426,200, el impuesto a pagar sería de ¢63,930 por año. Pagarán un 25% del  salario base (¢106,550)  ...

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